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La atención presencial para trámites del Padrón de Habitantes, cuando estos no se puedan realizar por vía telemática, se realizará en la Sección de Estadística, previa extracción del número en el gestor de colas que hay en dicha Sección, para el trámite que se precise.

  • La atención presencial se realizará en horario de atención al público, de 9:00 a 14:00 horas, días laborables.
  • La extracción de números para ser atendido se realizará en horario de 9:00 a 12:00 horas y se deberá extraer el número, con carácter previo, para poder ser atendido.

En las dependencias municipales sólo podrán permanecer las personas que estén siendo atendidas y las siguientes en ser requeridas deberán estar pendientes de la pantalla del gestor de colas, para cuando sean llamadas por el/la empleado/a municipal.

El resto permanecerá fuera de las dependencias municipales, hasta que sean llamadas para ser atendidas.

Volante de empadronamiento colectivo

Objeto

El trámite permite solicitar el Volante de Empadronamiento Colectivo, documento que demuestra dónde está empadronada una persona el día en que se expide dicho volante, así como la del resto de personas inscritas en ese domicilio.

Destinatarios

Aquellos ciudadanos que necesiten demostrar dónde y con quién constan empadronados actualmente. Para obtener el Volante, el solicitante debe figurar o haber figurado empadronado en algún periodo en el Municipio de Oviedo.

Documentación a presentar

  • Solicitud debidamente cumplimentada
  • DNI o Documento Oficial Identificativo del solicitante (Original)
  • Si la solicitud la formula el representante legal de la persona cuyos datos se desean rectificar, deberá presentar su DNI o Documento Oficial Identificativo, junto con el escrito de autorización para gestiones padronales. Puede descargar el documento de Autorización, cuya validez se limita a la solicitud, en esta misma ficha.
  • Si la solicitud la formula un extranjero, su documento identificativo puede ser bien el documento oficial expedido por las autoridades españolas (Tarjeta de Extranjero) o bien el expedido por las autoridades del país de origen (Pasaporte o, en el caso de nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, Tarjeta de identidad vigente).

Información relacionada

Para la generalidad de trámites en que se requiere una acreditación del domicilio, el Volante de Empadronamiento es suficiente. El Certificado de Empadronamiento sólo es necesario en situaciones en que se solicita expresamente, por lo general, en trámites consulares, los realizados en otras administraciones o en el extranjero o que requieran acreditarse notarialmente.

Si desea que sólo figuren los datos personales del/de la solicitante, debe solicitar el Volante de Empadronamiento Individual, indicándolo con una X en el documento de solicitud. Para más información sobre este volante, debe acudir a la ficha específica “Volante de Empadronamiento Individual ”.

Si necesita acreditar o demostrar que ha estado empadronado/a en un domicilio donde hoy ya no está, o si desea conocer su historia de empadronamiento desde la última renovación padronal de 1 de mayo de 1996, debe solicitar un Volante de Empadronamiento Histórico, para lo que debe acudir a la ficha específica “Volante de Empadronamiento Histórico”, donde encontrará información detallada acerca del mismo.

¿Cómo se hace el trámite?-¿Qué necesita?

Debe cumplimentar el documento de solicitud indicando con una X la clase de Volante de Empadronamiento que se necesita, (en este caso el Colectivo), en el que figurarán los datos personales de todas las personas empadronadas en el domicilio.

Normativa

  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

Si no desea desplazarse a las oficinas y realizar el trámite presencialmente puede hacerlo por correo electrónico

Solicitud a través del e-mail estadistica@oviedo.es, adjuntando solicitud firmada y copia escaneada del documento identificativo. Se remitirá el documento solicitado por correo, firmado electrónicamente, al correo electrónico facilitado por el interesado

Responsable
Estadística y Padrón de habitantes
Lugares y modos de presentación
Estadística y Padrón de habitantes