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Solicitud general

Descripción

Trámite que permite a cualquier persona, física o jurídica, efectuar una solicitud de carácter general ante el Ayuntamiento, cuando no exista un formulario específico para ello o no sepa a quién dirigirla. La solicitud será enviada desde el Registro a la unidad competente para su tramitación.

Destinatarios

Personas físicas y jurídicas, o sus representantes legales.

Requisitos

Presentar la solicitud presencial, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como la acreditación de la representación en su caso; o bien mediante la solicitud electrónica a través del trámite existente en el Portal del Ciudadano. 

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
Mail registrogeneral@oviedo.es 
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).
La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Solicitud presencial

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

Solicitud electrónica

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Art. 62: denuncia.
  • Art. 66: solicitudes de iniciación.
  • Art. 67: solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.

Descripción

Trámite que permite a cualquier persona, física o jurídica, efectuar una solicitud de carácter general ante el Ayuntamiento, cuando no exista un formulario específico para ello o no sepa a quién dirigirla. La solicitud será enviada desde el Registro a la unidad competente para su tramitación.

Destinatarios

Personas físicas y jurídicas, o sus representantes legales.

Requisitos

Presentar la solicitud presencial, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como la acreditación de la representación en su caso; o bien mediante la solicitud electrónica a través del trámite existente en el Portal del Ciudadano. 

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
Mail registrogeneral@oviedo.es 
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).
La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Solicitud presencial

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

Solicitud electrónica

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Art. 62: denuncia.
  • Art. 66: solicitudes de iniciación.
  • Art. 67: solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.