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Resolución del Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos - Tablón

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Resolución del Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos

24·11·2022

Resolución del Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos sobre autorización específica y excepcional para la utilización de aparatos reproductores de imágenes con sonido en las terrazas de hostelería durante la retransmisión de los partidos de la Copa Mundial de Fútbol 2022, exclusivamente para partidos de España, semifinales y final

El Primer Teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos por Resolución 2022/17902, de 21 de noviembre, dispuso lo siguiente: 

== “Vista solicitud de la entidad OTEA, Hostelería y Turismo de Asturias, de fecha 10/11/2022.

Visto informe de la Concejalía de Gobierno de Hostelería, Turismo y Congresos, de fecha 18/11/2022. 

Visto informe de la Dirección General de Urbanismo, de fecha 18/11/2022.

SE DISPONE:

PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 14.5 de la vigente Ordenanza Reguladora de la Instalación de Terrazas de Hostelería en la Vía Pública, AUTORIZAR, de manera específica y excepcional, la utilización de aparatos reproductores de imágenes con sonido en las terrazas de hostelería durante la retransmisión de los partidos de la copa mundial de fútbol 2022, exclusivamente para partidos de España, semifinales y final.

La autorización se somete a las siguientes condiciones, según lo dispuesto en el informe del Director General de Urbanismo de fecha 18/11/2022:

  • La autorización específica estará en vigor, exclusivamente, entre el domingo 20 de noviembre y el domingo 18 de diciembre de 2022, durante el tiempo de duración de los partidos en los que uno de los equipos que se enfrenten sea la selección española. También se concede autorización durante el tiempo de duración de los partidos de semifinales y final, aun cuando la selección española no sea uno de los equipos que los disputen. Tanto antes como después de los partidos los televisores se reproducirán sin sonido.
  • Solo podrán hacer uso de la citada autorización los titulares de licencias de terrazas válidamente concedidas y en vigor.
  • En todo caso, se cumplirá la normativa de ruido, y en concreto, lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, en relación con los valores límite de inmisión contemplados en la tabla B1 del Anexo III de dicha norma; así como la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones.

Esto implica que, de conformidad con la Zonificación Acústica aprobada por el Ayuntamiento de Oviedo en sesión de la Junta de Gobierno de 8 de julio de 2021, atendiendo al horario de tarde celebración del partido, los equipos de sonido no excederán los siguientes valores límite de inmisión del Real Decreto 1367/2007 de las 7 a las 23 horas:

  1. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 50 dB. 
  2. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 55 dB.
  3. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos: 63 dB. 
  4. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en c: 60 dB.
  5. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 65 dB. 

Así mismo, los equipos de sonido tampoco excederán los siguientes valores límite de inmisión* de la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones de las 7 a las 22 horas:

  1. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 45 dB. 
  2. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 55 dB.
  3. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del recreativo o de espectáculos: 65 dB.
  4. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 70 dB.

* En las vías con tráfico rápido o muy intenso (según Anexo I de la Ordenanza), los límites citados de la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones se podrán aumentar en 5 dBA y en las de tráfico pesado y muy intenso (según Anexo I de la Ordenanza) en 15 dBA de las 7 a las 22 horas. 

Los titulares de las autorizaciones de terrazas que deseen hacer uso de la autorización específica deberán comprobar en el documento de Zonificación Acústica aprobado por el Ayuntamiento de Oviedo el límite máximo aplicable al lugar de ubicación de su terraza y dotarse de los medios técnicos necesarios para garantizar el cumplimiento de los valores máximos indicados. El incumplimiento de dichos valores máximos será sancionado conforme a lo establecido en la normativa de ruido.

El documento de la Zonificación Acústica definitivamente aprobado puede consultarse en:

https://transparencia.oviedo.es/documents/25053/1515329/T-20-289-02_ZONIFICACION_ACUSTICA-OVIEDO_COMPR.PDF_10562773_EXTRA.pdf/0089b999-4a8a-4636-a009-7b89f706a5b3).

  • Los agentes del Servicio de Policía Local comprobarán el cumplimiento de las condiciones expuestas y elevarán acta de denuncia en caso de observar cualquier desviación, para su posterior sanción por el Servicio de Licencias Urbanísticas.
  • No será posible la reproducción de aparatos de imágenes con sonido en el futuro sino es previa obtención de una nueva autorización excepcional con valoración técnica de las circunstancias concurrentes. 

SEGUNDO.- Ordenar la publicación de esta Resolución en la página web municipal y Boletín de Información Municipal (BIM), así como su comunicación al Servicio de Policía Local, al Servicio de Licencias Urbanísticas y a las Concejalía de Turismo, Hostelería y Congresos, y su difusión por parte de esta última a las asociaciones de hostelería del municipio para su conocimiento y difusión” ==

Oviedo, a 23 de noviembre de 2022. El Primer Teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos. Fdo.: Ignacio Cuesta Areces.