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Aprobación de modelo de certificaciones de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación - Tablón

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Aprobación de modelo de certificaciones de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación

11·05·2023

La Junta de Gobierno Local de fecha 11 de mayo de 2023 adoptó el siguiente acuerdo:

El Anexo XI del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, recoge el modelo de Certificación ordinaria, anticipada o final, que conforme a la disposición final primera de la citada norma no tiene carácter básico.

La ausencia de un modelo aprobado de certificación de obras de obligada aplicación para los contratos de obra tramitados en este Ayuntamiento, determina la falta de homogeneidad de las certificaciones de obra emitidas por los directores de obra de los contratos municipales.

Por otro lado, la reciente doctrina de la Dirección General de Tributos y de la Intervención General de la Administración del Estado en relación al tratamiento fiscal, presupuestario y contable de las penalidades por demora e incumplimiento recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público, aconseja clarificar el modo de incluir las mismas en las certificaciones de obra emitidas por este Ayuntamiento.

Visto que el artículo 22.6 de las vigentes Bases de Ejecución del Presupuesto general establece que “En los contratos de obra, la aprobación de cada certificación de obra expedida por el director de la misma implica el reconocimiento de la obligación. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá acompañar la factura.”

Visto que el artículo 21 de las Bases de Ejecución del Presupuesto establece que el reconocimiento de obligaciones es competencia del Alcalde y por delegación de este del Concejal de Gobierno que ostente las competencias en materia de Hacienda.

Considerando que la disposición adicional segunda de la Ley de Contratos del Sector Público otorga a la Junta de Gobierno Local las competencias en materia de contratación en este Ayuntamiento,

Esta Concejalía de Gobierno de Economía y Transformación Digital PROPONE: 

PRIMERO.- Aprobar el modelo de certificación de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación, que se recoge como Anexo a este  acuerdo.

SEGUNDO.- Las certificaciones de obra emitidas por los directores de los contratos de obra adjudicados por el Ayuntamiento de Oviedo se ajustarán al modelo del anexo I que será de uso obligatorio.

TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BIM.

CUARTO.- En los contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo, el modelo del Anexo I tendrá carácter potestativo