Saltar al contenido

Cerrar Cerrar Botón

Participación en el Mercado para la Feria de la Ascensión

Objeto

Es objeto de las presentes bases y convocatoria la regulación de la autorización administrativa y funcionamiento para el ejercicio de la actividad de venta en casetas instaladas en la Plaza de la Catedral, Plaza de Porlier y calle Eusebio González Abascal con motivo de la Feria de la Ascensión 2024 durante los días 10, 11 y 12 de Mayo de 2024.
La autorización de venta de acuerdo, con lo establecido en las presentes bases, no prejuzga cualquier otra autorización o licencia que sea preceptiva.

Adjudicación de casetas Mercado Ascensión 2024  10/04/2024

Una vez resuelta la adjudicación de casetas del Mercado y de acuerdo con lo previsto en el artículo 7º de las bases reguladoras, los adjudicatarios deberán presentar:

  • Certificado de suscripción de póliza de seguros de RC de acuerdo al modelo que figura como Anexo III.

Se utilizará el modelo proporcionado que deberá remitirse con todos los datos cubiertos, fechado y firmado por la compañía aseguradora.

  • Justificante del pago de la tasa de ocupación y depósito de fianzas sin perjuicio de que sean comprobadas de oficio por el Ayuntamiento de Oviedo:
    • Tasa de ocupación: 17,64 €
    • Fianza de daños: importe 250 €
    • Fianza de limpieza: 50 €.

Los pagos podrán realizarse:

Esta opción permitirá realizar los pagos en línea o la descarga de carta de pago para realizar el mismo en una entidad bancaria.

Para el pago de la tasa deberán escoger la opción de la Ordenanza  121. Para el depósito de las fianzas deberán escoger “Ordenanzas Reguladoras – Fianzas” y luego cada uno de los tipos: daños y limpieza.

  • En la Oficina municipal de Recaudación (Plaza de la Constitución, 1) en horario de 9 a 14 horas. El pago podrá realizarse únicamente mediante tarjeta de crédito o débito.

La documentación solicitada deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, a través de los medios telemáticos habilitados en el portal web https://sede.oviedo.es/ o a través del registro oficial de cualquier administración. En este último caso, el solicitante deberá comunicar, en la misma fecha en la que presente la documentación, mediante correo electrónico remitido a festejos@oviedo.es , la presentación de la documentación cursada.

Conforme a lo previsto el art.14 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento administrativo común, estarán obligados a relacionarse a través del portal web del Ayuntamiento de Oviedo los solicitantes que sean personas jurídicas.

El plazo de presentación finaliza el Miércoles 17 de Abril.

Así mismo, por parte del Ayuntamiento se procederá a recabar los certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Conforme a lo señalado en el artículo 7º, en caso de resultar alguno de ellos negativo, el adjudicatario quedará excluido y se procederá a la ocupación del puesto por el orden señalado en la lista de reserva.

En caso de que el adjudicatario no haya otorgado autorización al Ayuntamiento para la consulta, los certificados deberán ser presentados por el adjudicatario junto con el resto de documentación en este mismo plazo, hasta el miércoles 17 de Abril.

En caso de no presentar la documentación requerida en el tiempo y forma estipulados la solicitud quedará excluida y se procederá a la ocupación del puesto por la solicitud correspondiente en lista de reserva.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6º de las bases reguladoras de la convocatoria, la publicación de la resolución de adjudicación tendrá a todos los efectos el carácter de notificación.

NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN, LISTAS DE RESERVA Y EXCLUSIÓN

Listado provisional de solicitudes admitidas y ponderación

20/03/2024  LISTADO 

El plazo de alegaciones es del 21 al 27 de Marzo

Espacios del mercado

Zona 1- Plaza de la Catedral: Quesos artesanos. 32 Casetas destinadas a productores de quesos artesanos. Cada solicitante deberá indicar la variedad de quesos a vender en la caseta debiendo ser una entre las siguientes opciones: 

  • Cabrales
  • Gamoneu
  • Casín
  • Vidiago
  • Afuega´l pitu
  • Beyos 
  • Otra variedad de quesos artesanos distinta a las anteriores (especificar)

Zona 2.- Calle Eusebio González Abascal y Plaza de Porlier: Productos agroalimentarios. 36 Casetas destinadas a empresas productoras del sector agroalimentario. Cada solicitante deberá indicar la variedad de productos a vender en la caseta debiendo ser una entre las siguientes opciones:

  • Sidra, licores, cervezas artesanas, vinos, destilados
  • Embutidos, salazones, cárnicos
  • Miel, polen
  • Yogures, requesón, arroz con leche, helados
  • Panadería, repostería, cafés, cereales, harinas,
  • Mermeladas, zumos naturales
  • Conservas
  • Fabes
  • Productos frescos de la huerta, sales, especias y condimentos
  • Productos ecológicos
  • Productos sin gluten ni alérgenos

Contacto e Información

Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Oviedo:

Fecha y lugar de presentación

Las solicitudes podrán presentarse desde el 6 al 19 de Marzo de 2024, de acuerdo con los modelos adjuntos en aparatado ANEXOS.
No se admitirán solicitudes con posterioridad a la fecha anteriormente referida.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, a través de los medios telemáticos habilitados (portal.oviedo.es) o a través del registro oficial de cualquier administración. En este último caso, el solicitante deberá comunicar, en la misma fecha en la que presente la solicitud, mediante correo electrónico remitido a festejos@oviedo.es, la presentación de la solicitud cursada.
Conforme a lo previsto el art.14 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento administrativo común, estarán obligados a relacionarse a través del portal web del Ayuntamiento de Oviedo los solicitantes que sean personas jurídicas
Sólo podrá realizarse una solicitud por cada interesado. 
Podrán ser adjudicatarios las personas físicas o jurídicas. Quedan excluidas las comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones y otras organizaciones sin ánimos de lucro y otras entidades sin personalidad jurídica.

Documentación

  1. Modelo de solicitud cumplimentado de acuerdo al modelo que figura como Anexo I
  2. Declaración responsable de acuerdo al modelo que figura como Anexo II.
  3. DNI, NIE/TIE/ Certificado comunitario-UE del solicitante en caso de personas físicas y CIF del solicitante en caso de personas jurídicas.
  4. Memoria lo más detallada posible de los productos objeto de venta, detallando en su caso el origen de los procedimientos de elaboración en el caso de productos artesanales.
  5. Certificado actualizado de la Agencia Tributaria en el que se acredite que el solicitante está dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponde para la actividad de producción y/o de elaboración de quesos, del producto agroalimentario correspondiente o de artesanía, según el caso.
  6. Certificado actualizado de estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como autónomo/empresa.
  7. En el caso de solicitudes de empresas de alimentación: 
    • Documento que acredite el Número de Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias o Alimentos (R.D. 191/2011 de 18 de febrero) o Número de Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias (RPAEA) según Decreto 21/2013 de 17 de abril.
    • Certificado de formación en higiene alimentaria (Carnet de Manipulador) anexo II, capítulo XII del reglamento (CE) 852/2004 y 853/2004 anteriormente mencionados- de las personas que estarán en la caseta realizando la actividad de venta. En caso de tener que contratar personal, se aportará una vez sea adjudicada la caseta.
    • Todos los documentos deben presentarse actualizados y por tanto encontrarse vigentes en el momento de la presentación y durante el periodo de celebración de la Feria de la Ascensión.
  8. A efectos de ponderación de la solicitud de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 8º, certificados que acrediten la participación en otros mercados o ferias, certificaciones de D.O.P, I.G.P., producción ecológica o sello de calidad. En caso de no presentar esta documentación en el momento de la solicitud, no será objeto de requerimiento posterior ni de valoración en el proceso de admisión y de ponderación.

Tasas y fianzas

El pago de las tasas de ocupación y el depósito de las fianza se realizará únicamente por las personas que resulten adjudicatarios.
La tasa de ocupación a satisfacer conforme a la Ordenanza Fiscal nº 121 será de 0,98 € por metro cuadrado o fracción y día, lo que hace un cálculo total de 17,64 € por caseta. (0,98 € x 6m cuadrados de caseta x 3 días).
Cada adjudicatario deberá responder de los daños al dominio público municipal puesto a disposición por el Ayuntamiento de Oviedo para el desarrollo de estas actividades, así como de su limpieza. Para ello, depositarán las fianzas recogidas en el artículo 8 de la ordenanza Municipal reguladora de las ocupaciones de espacios Públicos, cuya cuantía, se fijará conforme al baremo recogido en el anexo a la misma: de limpieza por importe de 50 € y de daños por importe de 250 €.

Responsable
Festejos
  • Plaza del Fresno S/N, Auditorio Príncipe Felipe, Oviedo
  • 985 272 111
  • De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.