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Régimen de Personal Eventual 10·07·2023

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado 29 de junio adoptó el siguiente acuerdo sobre régimen de personal eventual:

==”1º.- Autorización de nombramiento de personal eventual de acuerdo con la siguiente distribución:

Asesores/as de Alcaldía: tres a jornada completa:

  • Asesor/a de Alcaldía en materia de urbanismo.
  • Asesor/a de Alcaldía en materia de Infraestructuras.
  • Asesor/a de Alcaldía en materia de comunicación.
  • Asesores/as del Grupo Popular: diez a jornada completa, tres a jornada parcial 75% y uno a jornada parcial 50%.
  • Asesores/as del Grupo Socialista: cuatro a jornada completa.
  • Asesores/as del Grupo Vox: dos a jornada completa y uno a media jornada (50%).
  • Asesores/as del Grupo IU-Convocatoria por Oviedo: uno a jornada completa y dos a jornada parcial 75%.

2º.- Las retribuciones del personal eventual en términos anuales y englobando todos los conceptos retributivos se establecen en los siguientes importes referidos a jornada completa:

  • Asesores de Alcaldía en materia de urbanismo y en materia de infraestructuras: 50.000 euros/año.
  • Resto de personal eventual: 42.000 euros/año.

Los efectos económicos lo serán a la fecha de los diferentes nombramientos salvo el personal eventual que realice funciones secretaría/coordinación en los grupos municipales que, atendiendo a las tareas desarrolladas de apoyo al proceso de constitución y organización de la Corporación, será, a determinar en el Decreto de nombramiento, con efectos desde la constitución de la actual Corporación.

Las retribuciones del personal eventual serán objeto de actualización anual en los mismos términos e importes que se establezcan para el resto del personal municipal.

3º.- El nombramiento y cese de este personal, dentro de los límites señalados en el punto anterior, corresponde al Alcalde a propuesta, en su caso, de los respectivos grupos municipales. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

4º.- Este acuerdo, así como los nombramientos que en ejecución del mismo se realicen, se publicarán en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo Municipal y en la página web municipal. Se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.”==

Oviedo a 10 de julio de 2023. El Secretario de la Junta de Gobierno Local. Fdo.: Ignacio Cuesta Areces.

Régimen de Dedicación y Retributivo de Concejales 10·07·2023

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el pasado 4 de julio adoptó el siguiente acuerdo sobre régimen de dedicación y retributivo de Concejales:

==”1º.-Se autorizan, conforme a los artículos 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, los siguientes cargos con dedicación exclusiva o parcial, con las retribuciones que respectivamente se indican;

  • Ocho Concejales de Gobierno con dedicación exclusiva. Retribución de 62.000 euros brutos/año.
  • Tres concejales/as delegados/as con dedicación exclusiva. Retribución de 54.000 euros brutos/año.
  • Concejales/as de los grupos municipales de la oposición con la siguiente distribución:

a) Grupo Municipal Socialista: un concejal/a con dedicación exclusiva y cuatro concejales/as con dedicación parcial al 75%.

b) Grupo Municipal Vox: una concejala con dedicación exclusiva y una concejala con dedicación parcial al 75%.

c) Grupo Municipal Izquierda Unida-Convocatoria por Oviedo: un concejal/a con dedicación exclusiva, un concejal/a con dedicación parcial al 75% y un concejal con dedicación parcial al 50%.

Retribución de 52.000 euros brutos/año jornada completa y parte proporcional en caso de dedicación parcial.

Estas retribuciones serán objeto de actualización automática anual en los mismos porcentajes que se fijen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, o norma que la sustituya a estos efectos, para los empleados públicos.

Los decretos de la Alcaldía de nombramiento de concejales/as habrán de precisar las responsabilidades que asumirán los designados, en el caso de dedicación se determinará, además, su régimen de dedicación.

Este acuerdo tendrá efectos desde la fecha de constitución de la Corporación o, en su caso, desde la toma de posesión del cargo, cuestión a precisar en el Decreto de nombramiento en función de las circunstancias personales y profesionales de los interesados.

De conformidad con el citado artículo 75 de la Ley 7/1985:

  • La percepción de retribuciones por el desempeño del cargo con dedicación exclusiva,  será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
  • Los miembros de las Corporaciones locales que sean personal de las Administraciones públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes solamente podrán percibir retribuciones por su dedicación parcial a sus funciones fuera de su jornada en sus respectivos centros de trabajo, en los términos señalados en el artículo 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. Para este supuesto, la Administración en la que preste sus servicios un miembro de una Corporación local en régimen de dedicación parcial y esta última deberán comunicarse recíprocamente su jornada en cada una de ellas y las retribuciones que perciban, así como cualquier modificación que se produzca en ellas. El miembro de la Corporación que se pudiera encontrar en esta situación deberá de comunicar expresamente dicha circunstancia, así como su jornada de trabajo en la Administración.

2º.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo Municipal y página web municipal.”==

Oviedo a 10 de julio de 2023. El Secretario. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.

Asignaciones a Grupos Municipales 10·07·2023

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el pasado 4 de julio adoptó el siguiente acuerdo sobre asignaciones a Grupos Municipales:

==”1º.- La dotación económica para los Grupos Municipales tendrá el siguiente importe:

Componente fijo 40.000 euros/año

Componente variable 10.000 euros/Concejal/año.

Este acuerdo tendrá efectos desde la fecha de constitución de la actual Corporación.

2º.- Esta dotación no podrá destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial. Los grupos deberán llevar una contabilidad específica de esta dotación y presentarán justificación de su aplicación ante la Intervención Municipal al final de cada año natural y a la finalización del actual mandato. Los pagos se realizarán anualmente y por adelantado al inicio de cada ejercicio presupuestario (a salvo del correspondiente al del inicio del mandato que se hará efectivo tras su aprobación por el Pleno), si bien para el primero y último de los pagos se calculará el importe por días naturales de mandato efectivo.

El régimen del destino y justificación aplicable a los fondos que reciba cada grupo político municipal será objeto de regulación conforme a las conclusiones recogidas en el informe definitivo de la Intervención General Municipal sobre control financiero permanente de las dotaciones económicas a los grupos municipales en 2021, a estos efectos se elevará al Pleno por el Concejal de Gobierno de Interior la correspondiente propuesta de acuerdo.

3º.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo Municipal y página web municipal.”==

Oviedo a 10 de julio de 2023. El Secretario. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.

Delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local en Concejales 22·06·2023

La Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 21 de junio del 2023 adoptó el siguiente Acuerdo:

==”Una vez que se ha establecido la composición de la Junta de Gobierno, correspondiente a la Corporación surgida de las elecciones locales de 28 de mayo de 2023, se considera oportuno que dicho órgano colegiado proceda a delegar en Concejales de Gobierno las competencias que tiene atribuidas para determinados asuntos, con la finalidad de dotar de eficacia y agilizar la gestión municipal, de conformidad con las previsiones que se establecen en los artículos 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 21 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Oviedo.

Por ello propongo a la Junta de Gobierno la adopción del siguiente acuerdo:

1º.- Delegar en los Concejales/as de Gobierno que se indican las siguientes competencias de la Junta de Gobierno Local, incluidas las referentes a los recursos de reposición que se planteen:

  1. En los respectivos Concejales de Gobierno por razón de la materia la concesión de cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial atribuya expresamente la competencia a un órgano distinto a la Junta de Gobierno.
  2. En el Concejal de Gobierno con competencias en materia de Economía el desarrollo de la gestión económica.
  3. En el Concejal de Gobierno con competencias en materia de Contratación el inicio de los expedientes de contratación, excepto los contratos menores en los que la aprobación del expediente y su adjudicación se delega, con sujeción a las reglas de tramitación que resulten aplicables, en los respectivos Concejales/as de Gobierno según los ámbitos materiales de sus competencias, incluyendo en la misma las incidencias que de estos expedientes se pudieran derivar y que en el caso específico de los contratos menores de obra incluye la aprobación de los planes de seguridad y salud y las certificaciones finales. Todo ello sin perjuicio de lo previsto en las bases de ejecución del presupuesto municipal en relación con las competencias sobre autorización, disposición y reconocimiento de la obligación.
  4. En el Concejal de Gobierno con competencias en materia de Personal todas las competencias en la materia, con excepción de las declaradas como indelegables en el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
  5. En el Concejal de Gobierno con competencias en materia de patrimonio las competencias de gestión del patrimonio, incluidas las autorizaciones de uso de locales no adscritos a un departamento concreto, sean o no objeto de regulación mediante Ordenanza. No se entienden incluidas y se excepcionan de la delegación (correspondiendo a esta Junta de Gobierno), las siguientes competencias en materia de patrimonio:

- Las competencias para la adquisición de bienes, sea cual sea su valor, y para la enajenación de bienes que no tengan la calificación de parcelas sobrantes o efectos no utilizables.

- Las competencias para la adjudicación de concesiones sobre los bienes.

- Los actos que finalicen la tramitación de los procedimientos, en el ejercicio por el Ayuntamiento de las potestades que se relacionan en el artículo 44.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RD 1372/1986, de 13 de junio).

  1. En los respectivos Concejales de Gobierno por razón de la materia la potestad sancionadora que corresponda a la Junta de Gobierno.

2º.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==

Oviedo a 22 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Constitución de la Junta de Portavoces 22·06·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/9560 del 19-06 dispuso lo siguiente:

==”Celebrada la sesión constitutiva de la nueva Corporación el pasado 17 de junio y una vez que, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento Orgánico del Pleno, los concejales/as han comunicado la formación de los grupos municipales, procede la constitución de la Junta de Portavoces.

Visto lo establecido al efecto en el artículo 34.2 del Reglamento Orgánico del Pleno RESUELVO:

1º.- Constituir la Junta de Portavoces que tendrá la siguiente composición:

  • Presidente; don Alfredo Canteli Fernández, Alcalde.
  • Vocales:
    • Portavoz del Grupo Municipal Popular don Mario Arias Navia; portavoz adjunto don Ignacio Cuesta Areces.
    • Portavoz del Grupo Municipal Socialista don Carlos Fernández Llaneza; portavoz adjunta doña Natalia Sánchez Santa Bárbara.
    • Portavoz del Grupo Municipal Vox doña Sonsoles Peralta López; portavoz adjunta doña Alejandra González Roque.
    • Portavoz del Grupo Municipal IU- Convocatoria por Oviedo don Gaspar Llamazares Trigo; portavoz adjunta doña Cristina Pontón García.
  • Secretario; el Secretario General del Pleno.

2º.- Dar cuenta de este Decreto, así como de la constitución de los grupos municipales, al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre y publicarlo en el BIM y web municipal.=”

Oviedo a 22 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Designación Y Delegación de competencias en Concejal de Gobierno como responsable de la Unidad Gestión de la EDUSI 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/9528 del 19-06 dispuso lo siguiente:

==”1º.- Delegar en la Concejala de Gobierno de Economía, Transformación Digital y Políticas Sociales, Doña Leticia González Álvarez, las competencias propias de la Unidad de Gestión de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado del Ayuntamiento de Oviedo, designándola responsable de la Unidad de Gestión de la EDUSI, con sujeción a las siguientes reglas: 

  • Como Concejal responsable de la Unidad de Gestión se abstendrá en todos los procedimientos relacionados con la EDUSI de Oviedo. 
  • Los asuntos relacionados con materias propias de la Concejalía de Economía, Transformación Digital y Políticas Sociales que, a su vez, tengan que ver con operaciones incluidas en la EDUSI serán asumidas, por sustitución en la delegación, por el Concejal de Gobierno de Interior, Relaciones Institucionales, Atención Ciudadana, Participación y Distritos.

2º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.==

Oviedo a 21 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Delegación de la Presidencia de la Fundacion Municipal De Cultura 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/9527 de 19-06 dispuso los siguiente:

==”1º.- Delegar la Presidencia de la Fundación Municipal de Cultura en el Concejal don David Álvarez Menéndez. 

2º.- Publicar este Decreto en el BOPA y en el Boletín Informativo Municipal, página web municipal y dar cuenta del mismo al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==

Designación y delegación de competencias de la Alcaldía en Concejales de Gobierno y Concejales Delegados 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/9521 de 19-06 dispuso lo siguiente:

==” 1º.- Delegar en los Concejales que a continuación se indican y que tendrán carácter de CONCEJALES/AS DE GOBIERNO, las competencias de esta Alcaldía, incluidas las resolutorias y las referentes a los recursos de reposición que se planteen, para las materias que respectivamente se relacionan, con excepción de las declaradas como indelegables en el citado artículo 124.5 de la Ley 7/1985:

D. Mario Arias Navia: Concejal de Gobierno de INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES, ATENCIÓN CIUDADANA, PARTICIPACIÓN Y DISTRITOS. La delegación incluye: contratación (incluida la formalización de los contratos), organización, personal, prevención de riesgos laborales, gestión del patrimonio (incluida la formalización de los contratos patrimoniales y también la firma de actas expropiatorias), cementerios, registro y estadística, archivo y documentación, transparencia, atención ciudadana, registro de parejas de hecho, protocolo y relaciones institucionales, participación y distritos.

D. Ignacio Cuesta Areces: Concejal de Gobierno de PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA, MEDIO AMBIENTE, INFRAESTRUCTURAS Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS. La delegación incluye: planeamiento y gestión urbanística, medio ambiente, planificación de la movilidad, aguas y saneamiento, vías públicas (urbanas y rurales), construcción y mantenimiento de edificios y patrimonio, alumbrado público (urbano y rural) y eficiencia energética, transportes (a excepción de taxis). Asimismo las competencias de promoción, impulso, desarrollo y, en su caso, ejecución de actuaciones o proyectos que se declaren como estratégicos en la transformación de la ciudad y que seguidamente se detallan:

  • Entorno y terrenos del antiguo HUCA en el Cristo.
  • Fábrica de Armas de la Vega.
  • Fábrica de Gas.
  • Casco Histórico.
  • Galería comercial del Calatrava.

Dña. Concepción Méndez Suárez: Concejala de Gobierno de EDUCACIÓN, DEPORTES, SALUD PÚBLICA Y CONSUMO. La delegación incluye: educación, bibliotecas, escuelas de música, centros de estudio, deportes, salud pública, consumo (OMIC). 

Doña Leticia González Álvarez: Concejala de Gobierno de ECONOMÍA, TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y POLÍTICAS SOCIALES. La delegación incluye: economía, hacienda y recaudación, presupuestos, fondos europeos, promoción económica y empleo, emprendimiento, comercio y mercados, transformación digital (en la que se incluye servicios TIC, ENS, administración electrónica), políticas sociales, migración, promoción de la igualdad, cooperación al desarrollo, familia e infancia, mayores, discapacidad y dependencia.

D. Alfredo García Quintana: Concejal de Gobierno de HOSTELERÍA, TURISMO Y CONGRESOS. La delegación incluye: hostelería, turismo, congresos.

D. José Ramón Prado Pérez: Concejal de Gobierno de SEGURIDAD CIUDADANA. La delegación incluye: tráfico y sanciones de tráfico, transportes públicos discrecionales de viajeros por carretera en turismos (taxis), servicio de extinción de incendios y salvamentos (SEIS), protección civil.

Dña. Covadonga Díaz Álvarez: Concejala de Gobierno de JUVENTUD, FESTEJOS Y CENTROS SOCIALES. La delegación incluye: juventud, fiestas (tanto las fiestas de promoción municipal como la autorización y apoyo a las fiestas de iniciativa popular), centros sociales.

D. José Ramón Pando Álvarez: Concejal de Gobierno de LICENCIAS Y DISCIPLINA URBANÍSTICA, SERVICIOS BÁSICOS. La delegacion incluye: licencias y disciplina urbanística, limpieza viaria y recogida de basuras, parques y jardines, promoción del medio rural.

D. David Álvarez Menéndez: Concejal de Gobierno de CULTURA. La delegación incluye: cultura. 

2º.- Delegar en los Concejales que a continuación se indican y que tendrán carácter de CONCEJALES/AS DELEGADOS/AS, las materias que respectivamente se relacionan, actuando bajo la dirección de la Concejalía de Gobierno que, en cada caso, se indica:

Doña Lourdes García López: Concejala Delegada de Educación, Salud Pública y Consumo. Para las materias de educación, bibliotecas, escuelas de música, centros de estudio, salud pública, consumo (OMIC). Actuando bajo la superior dirección de la Concejala de Gobierno de Educación, Deportes, Salud Pública y Consumo, que tendrá las facultades resolutorias en la materia.

Doña Adelina María Velasco Muñiz: Concejala Delegada de Políticas Sociales. Para las materias de políticas sociales, migración, promoción de la igualdad, cooperación al desarrollo, familia e infancia, mayores, discapacidad y dependencia. Actuando bajo la superior dirección de la Concejala de Gobierno de Economía, Transformación Digital y Políticas Sociales, que tendrá las facultades resolutorias en la materia.

D. Daniel Tarrio Aladro: Concejal Delegado de Servicios Básicos. Para las materias de limpieza viaria y recogida de basuras, parques y jardines, promoción del medio rural. Actuando bajo la superior dirección del Concejal de Gobierno de Urbanismo y Servicios Básicos, que tendrá las facultades resolutorias en la materia.

Doña Rosario Suárez Fernández: Concejala Delegada de Centros Sociales. Para las materias de Centros Sociales. Actuando bajo la superior dirección de la Concejala de Gobierno de Juventud, Festejos y Centros Sociales, que tendrá las facultades resolutorias en la materia.

3º.- En cuanto al régimen de las delegaciones se estará a lo dispuesto por el artículo 7 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Oviedo y resto de legislación de régimen local y estatal aplicable. Las delegaciones se entenderán vigentes mientras no sean revocadas expresamente, no se cumpla el cometido específico para el que se confirió la delegación, o el órgano delegante avoque para sí el conocimiento de algún asunto concreto según la forma dispuesta por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

4º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.==

Oviedo a 21 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Delegación de competencias de la Alcaldía en Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/9520 dispuso lo siguiente:

 ==”1º.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales de la acción de gobierno municipal y asegurar su continuidad.

b) La concesión de subvenciones, tanto en régimen de concurrencia competitiva como en el de concesión directa y, dentro de éstas, tanto aquellas en las que el procedimiento termine con la resolución de concesión como las que se instrumenten a través de un convenio. 

La delegación comprende la aprobación de la convocatoria en las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva; la aprobación de la resolución o convenio en las subvenciones de concesión directa; la aprobación y compromiso del gasto; la comprobación de la justificación de la subvención; la incoación, instrucción y resolución del procedimiento de reintegro; así como todos los demás actos del procedimiento de gestión para los que la normativa reguladora exija acuerdo o resolución del órgano concedente de la subvención, incluidos los relativos a la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra dichos a actos.

Se excluye expresamente del ámbito de la delegación a los premios (a que se refiere el artículo 4 y la Disposición Adicional Décima, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), cuya tramitación y concesión será competencia del Concejal de Gobierno al que corresponda por razón de la materia.

2º.- Delegar en el Primer Teniente del Alcalde, en su ausencia, en los siguientes por orden de nombramiento las siguientes competencias:

a) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de competencia de la Alcaldía y en caso de urgencia en materias de competencia del Pleno, dando, en este supuesto, cuenta a aquel en la primera sesión que se celebre para su ratificación.

b) Las facultades de revisión de oficio de los actos de la Alcaldía y de sus Delegados.

c) Solicitud de dictamen al Consejo Consultivo del Principado de Asturias.

d) Acceso a la información solicitada por Concejales. 

3º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==

Oviedo a 21 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Nombramiento de Tenientes de Alcalde 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/9519 de 19 de junio dispuso lo siguiente:

==”1º.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los siguientes Concejales integrantes de la Junta de Gobierno:

  • Primer Teniente de Alcalde: Don Mario Arias Navia.
  • Segundo Teniente de Alcalde: Don Ignacio Cuesta Areces.
  • Tercer Teniente de Alcalde: Doña María Concepción Méndez Suárez.

2º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==

Oviedo a 21 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Designación de miembros de la Junta de Gobierno Local, régimen de sesiones y Secretario titular y suplentes de dicho Órgano Colegiado 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nª 2023/9518 de 10-06 dispuso lo siguiente:

==”1º.- Designar inicialmente como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes Concejales/as:

  • D. Mario Arias Navia.
  • D. Ignacio Cuesta Areces.
  • Dña. María Concepción Méndez Suárez.
  • Doña Leticia González Álvarez.
  • D. Alfredo García Quintana.
  • D. José Ramón Prado Pérez.
  • Dña. Covadonga Díaz Álvarez.
  • D. José Ramón Pando Álvarez.
  • D. David Álvarez Menéndez.

Se designa como Secretario de la Junta de Gobierno Local:

  • Titular: D. Ignacio Cuesta Areces 
  • Primer suplente: Dña. María Concepción Méndez Suárez.
  • Segundo suplente: Dña. Covadonga Díaz Álvarez.


2º.- Régimen de sesiones ordinarias: una sesión ordinaria semanal a celebrar inicialmente los jueves a las 10:00 horas. La Alcaldía, en caso de festivo o por razones de agenda para procurar la mayor asistencia, podrá modificar el día y la hora de la celebración de la sesión ordinaria semanal.

3º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==

Oviedo a 21 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Convocatoria complementaria para la selección de representantes de la administración en los próximos procesos electorales. 7·06·2023

Con el fin de completar la lista conformada para las elecciones municipales y autonómicas del pasado 28 de mayo y poder trasladar a la Delegación del Gobierno una propuesta de nombramiento de REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN para que desarrollen sus funciones en las Mesas Electorales del Municipio de Oviedo en los próximos procesos electorales previstos para 2023 (elecciones generales) se abre un periodo complementario para que los interesados soliciten su inclusión en la misma.

Puesto que se trata de completar la bolsa de representantes conformada para las elecciones del 28 de mayo de 2023 NO DEBERÁN FORMULAR NUEVA SOLICITUD LAS PERSONAS QUE YA FORMAN PARTE DE LA MISMA. ESTAS PERSONAS UNICAMENTE DEBERÁN CONFIRMAR SU DISPONIBILIDAD PARA PARTICIPAR EN LAS TAREAS VINCULADAS A LA ELECCIONES GENERALES DEL 23 DE JULIO 2023. LA CONFIRMACIÓN SE REALIZARÁ CUBRIENDO EL FORMULARIO SIGUIENTE: Confirmación representantes

Los nuevos interesados que, cumpliendo los requisitos, deseen incorporarse a la bolsa de representantes de la administración deben presentar su solicitud conforme a las Instrucciones del presente documento y cumplimentando el siguiente formulario: Inscripción nuevos representantes

Presentación de solicitudes: Pueden presentar solicitudes el personal municipal del Ayuntamiento de Oviedo para ellos y/o para sus familiares. También podrá presentar solicitud emplead@s públic@s de otras Administraciones.

Para presentar las solicitudes

A. Personal municipal del Ayuntamiento de Oviedo. Pueden utilizar tres cauces:

  1. Rellenando el formulario “Solicitud Representantes del Ayuntamiento de Oviedo” desde el siguiente enlace: https://forms.gle/D9jQUYXcQ3x7crSY6  y pulsando el botón ENVIAR al final del mismo.
  2. Desde la página web https://elecciones.oviedo.es entrando en la pestaña FORMULARIOS y escogiendo “Formulario Solicitud Nuevos Representantes”. (NOTA: ACCEDER A LA PÁGINA DESDE FUERA DE LA RED MUNICIPAL)
  3. Desde el Portal del Empleado en el apartado PROCESOS ELECTORALES”.

B. Emplead@s públic@s de otras Administraciones:

Desde la página web https://elecciones.oviedo.es entrando en la pestaña FORMULARIOS y escogiendo “Solicitud Representantes de otras Administraciones”.

Plazo de presentación: hasta el día 16 de junio de 2023.

Criterios de selección: Se tendrá en cuenta en primer lugar, el número de veces que los solicitantes hayan realizado de manera satisfactoria las tareas de representante de la administración en los últimos trece procesos electorales (de los que se tiene constancia en las bases de datos de elecciones del Ayuntamiento), por el siguiente orden:

1º) Representantes que hayan participado como transmisor con dispositivo electrónico.

2º) Representantes que hayan participado sin dispositivo electrónico.

3º) Personal municipal y emplead@s públic@s de otras Administraciones sin experiencia.

4º) Familiares de personal municipal, sin experiencia, siguiendo el grado de parentesco con el solicitante a través del cual participan.

En las solicitudes presentadas por emplead@s públic@s de otras Administraciones deberá acreditarse tal condición mediante el correspondiente certificado.

Los servicios realizados anteriormente como representante en el Ayuntamiento de Oviedo se computarán de oficio. Los servicios prestados en otros ayuntamientos deberán acreditarse mediante certificado expedido por la entidad en la se realizaron las tareas a computar.

Requisitos necesarios en todos los casos:

A) El/la Representante de la Administración seleccionado deberá estar disponible para las sesiones de formación y recogida de material en las previas a la votación.

B) El/la Representante de la Administración seleccionado deberá estar libre de servicio el día de las elecciones desde la apertura de los colegios electorales y hasta que entregue la documentación y el material electoral en el Ayuntamiento.

C) No podrá encontrarse en situación de baja laboral o en suspensión de funciones.

D) Cada representante deberá disponer de teléfono móvil en el que: recibirá información sobre el proceso electoral; podrá ser requerido para recoger documentación de las Mesas y, especialmente deberá estar operativo desde la víspera de las elecciones hasta que entregue la documentación en el Ayuntamiento de Oviedo una vez finalizado el proceso electoral.

E) No podrán ser representantes de la Administración quienes formen parte de una candidatura en las elecciones o desempeñen el cargo de Interventor en las mesas electorales ese mismo día.

F) Los representantes de la Administración seleccionados que no atiendan los requerimientos para realizar sus funciones, quedarán excluidos automáticamente.

G) En el Portal del Empleado (“Procesos electorales”) y principalmente en la web https://elecciones.oviedo.es se facilitará información relacionada con las tareas asignadas a los representantes. (NOTA: ACCEDER A LA PÁGINA DESDE FUERA DE LA RED MUNICIPAL)

Nombramiento de Concejal en régimen de dedicación exclusiva 12·05·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/7038 del 11 de mayo dispuso lo  siguiente:

1º.- Nombrar Concejal en régimen de dedicación exclusiva a Don Luis Pacho  Ferreras, a propuesta del Grupo municipal de Ciudadanos siendo además Portavoz de dicho Grupo municipal, así como integrante de Comisiones Plenarias. Todo ello con efectos del día 19 de abril de 2023 y con una retribución de 46.000 euros brutos/año (correspondiente a la dedicación en jornada completa de los Concejales de los Grupos de la oposición).

2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 12 de mayo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Cuarta modificación del régimen de dedicación de concejales/as /Grupos oposición 12·05·2023

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 10 de mayo 2023, adoptó el siguiente acuerdo sobre régimen de dedicación y retributivo de Concejales:

== “El Pleno mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 3 de julio 2019, modificado por acuerdos de 30 de julio y del 30 de septiembre de 2019, y de 2 de marzo de 2021 estableció el siguiente régimen de dedicación y retributivo de los concejales/as:

  • Ocho Concejales/as de Gobierno con dedicación exclusiva. Retribución de 52.000 euros brutos/año.
  • Cuatro concejales/as delegados/as con dedicación exclusiva. Retribución de 48.000 euros brutos/año.
  • Cinco concejales/as de los grupos municipales de la oposición con dedicación exclusiva y dos concejales/as a 75% de la jornada, con la siguiente distribución:

a) Grupo Municipal Socialista: cuatro concejales/as.
b) Grupo Municipal Somos Oviedo: dos concejales/as a 75% de la jornada.
c) Grupo Municipal Vox: un/a concejal/a.

Retribución de 46.000 euros brutos/año jornada completa y 23.000 euros brutos/año media jornada.

El Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos, don Luis Pacho Ferreras, con fecha 18 de abril (nº de anotación 34458), presenta una solicitud para modificar el acuerdo plenario sobre el régimen de dedicación y retributivo de los concejales de la Corporación, habilitando un puesto para un concejal del Grupo Municipal Ciudadanos con dedicación exclusiva y con unas retribuciones equivalentes a la de los concejales de los grupos de la oposición en la misma situación.

Mediante Providencia del Concejal de Gobierno de Interior de 28/.4/2023 se dispuso la tramitación del correspondiente expediente y en cumplimiento de la misma se han emitido de la Sección de Personal, Oficina Presupuestaria e Intervención.

En base a todo ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 7/1985 se propone que el Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

1º.-Modificar el régimen de dedicación y retributivo de los concejales/as suprimiendo un puesto de concejal delegado con dedicación exclusiva y creando un puesto de concejal con dedicación exclusiva del Grupo Municipal Ciudadanos con efectos desde el 19-04-2023.

2º.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo Municipal y página web.”==

Oviedo a 12 de mayo de 2023. El Secretario General del Pleno. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.

Aprobación de modelo de certificaciones de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación 11·05·2023

La Junta de Gobierno Local de fecha 11 de mayo de 2023 adoptó el siguiente acuerdo:

El Anexo XI del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, recoge el modelo de Certificación ordinaria, anticipada o final, que conforme a la disposición final primera de la citada norma no tiene carácter básico.

La ausencia de un modelo aprobado de certificación de obras de obligada aplicación para los contratos de obra tramitados en este Ayuntamiento, determina la falta de homogeneidad de las certificaciones de obra emitidas por los directores de obra de los contratos municipales.

Por otro lado, la reciente doctrina de la Dirección General de Tributos y de la Intervención General de la Administración del Estado en relación al tratamiento fiscal, presupuestario y contable de las penalidades por demora e incumplimiento recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público, aconseja clarificar el modo de incluir las mismas en las certificaciones de obra emitidas por este Ayuntamiento.

Visto que el artículo 22.6 de las vigentes Bases de Ejecución del Presupuesto general establece que “En los contratos de obra, la aprobación de cada certificación de obra expedida por el director de la misma implica el reconocimiento de la obligación. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá acompañar la factura.”

Visto que el artículo 21 de las Bases de Ejecución del Presupuesto establece que el reconocimiento de obligaciones es competencia del Alcalde y por delegación de este del Concejal de Gobierno que ostente las competencias en materia de Hacienda.

Considerando que la disposición adicional segunda de la Ley de Contratos del Sector Público otorga a la Junta de Gobierno Local las competencias en materia de contratación en este Ayuntamiento,

Esta Concejalía de Gobierno de Economía y Transformación Digital PROPONE: 

PRIMERO.- Aprobar el modelo de certificación de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación, que se recoge como Anexo a este  acuerdo.

SEGUNDO.- Las certificaciones de obra emitidas por los directores de los contratos de obra adjudicados por el Ayuntamiento de Oviedo se ajustarán al modelo del anexo I que será de uso obligatorio.

TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BIM.

CUARTO.- En los contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo, el modelo del Anexo I tendrá carácter potestativo

 

Modificación de la Presidencia de la Comisión de Plenaria de Urbanismo, Infraestructuras, Servicios Básicos y Participación 5·05·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/6617 de 4 de mayo dispuso lo siguiente:

  • Nombrar como Presidente de la Comisión Plenaria de Urbanismo, Infraestructuras, Servicios Básicos y Participación a don Luis Pacho Ferreras y como vicepresidente a don Gerardo Antuña Peñalosa.
  • Publicar esta Resolución en el Boletín de Información Municipal y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. 

Oviedo a 5 de mayo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Modificación de la composición de la Junta de Portavoces 25·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5985 de 24-04 dispuso lo siguiente:

1º.- Modificar la composición de la Junta de Portavoces en lo referente al Grupo Municipal Ciudadanos-Oviedo en los siguientes términos:

Portavoz: don Luis Pacho Ferreras.

Portavoz suplente: don Alfonso Pereira Conde

2º.- Dar cuenta de esta modificación al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre y publicarlo en el BIM y web municipal.

Oviedo a 25 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Decreto de Alcaldía sobre cese de Concejal Delegado 20·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5631 del 18 de abril, dispuso lo siguiente:
1. Tomar razón y aceptar la renuncia presentada, disponiendo la revocación de las delegaciones y con ello el cese de don Alfonso Manuel Pereira Conde, como Concejal Delegado de Vías urbanas y rurales así como Alumbrado urbano y rural. Todo ello con efectos del día siguiente a la de la firma de la presente Resolución.
2. Dar traslado de este acuerdo a los Servicios de Vías y Alumbrado, así como al de TIC; todo ello a efectos de la supresión de los trámites así como de los circuitos de firma correspondientes.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web Municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre. 
Oviedo a 20 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Cantenil Fernández.

Decreto de Alcaldía sobre cese de Concejal Delegado así como en el desempeño del cargo en régimen de dedicación exclusiva 20·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5630 del 18 de abril, dispuso lo siguiente:
1. Tomar razón y aceptar la renuncia presentada, disponiendo la revocación de las delegaciones y con ello el cese de Don Luis Pacho Ferreras, como Concejal Delegado de Distritos, Edificios y Patrimonio, así como en la Presidencia de los Consejos de Distrito Urbano 3, Urbano 5 y Rural 1. Todo ello con efectos del día siguiente a la de la firma de la presente Resolución.
2. Disponer el cese de Don Luis Pacho Ferreras en el desempeño del cargo como Concejal en régimen de dedicación exclusiva, para el que había sido nombrado en su condición de Concejal Delegado a la que ha renunciado. Todo ello con efectos del día siguiente al de la firma de la presente Resolución.
3. Dar traslado de este acuerdo a los Servicios de Distritos, Edificios y Patrimonios, así como a los de Personal y TIC; todo ello a efectos de lo procedente en cuanta a liquidación de haberes y baja en la Seguridad Social, así como supresión de los trámites y circuitos de firma correspondientes.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web Municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre. 
Oviedo a 20 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Cantenil Fernández.

Nombramiento de Personal Eventual: Asesor/a del Grupo Municipal Popular 12·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5278 de 11 de abril, dispuso lo siguiente:

1º.- Nombrar como Personal Eventual: asesora del Grupo Municipal Popular, en régimen del 50% de jornada, a Dª. Mª Trinidad Salomé Suárez Martínez, con efectos de 11 de abril de 2023.

2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 12 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.