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Contratos en prácticas en Ayuntamientos. Convocatoria 2023

PROGRAMA CONTRATO FORMATIVO PARA LA ADQUISICIÓN DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL ADECUADA AL NIVEL DE ESTUDIOS. CONVOCATORIA 2023 DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO (puestos vacantes)

Las contrataciones realizadas al amparo de esta convocatoria están cofinanciadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por el Principado de Asturias, a través del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA), por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, y por el Ayuntamiento de Oviedo.

Objetivo

Proporcionar experiencia laboral a personas jóvenes formadas mediante contrato formativo para la adquisición de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios por período de un año.

Puestos ofertados

2 Técnicos/as Medios/as en Gestión Administrativa 
3 Técnicos/as Superiores en Administración y Finanzas o Técnicos/as Superiores en Secretariado o Técnicos/as Superiores en Asistencia a la Dirección 
3 Certificado de profesionalidad familia Administración y Gestión 
1 Grado en Administración y dirección de empresas

Destinatarios

Los/as jóvenes beneficiarios/as del Programa, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato formativo para la adquisición de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios según la normativa vigente, deberán de cumplir los siguientes requisitos:

  • a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. También podrán participar quienes, no siendo españoles o nacionales de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titular de un documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, conforme a lo establecido en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación. 
    Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.
  • b) Tener 16 años cumplidos, y ser menor de 30 años a fecha de inicio del contrato.
  • c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y, por tanto, no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
  • d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a para empleo o cargo público por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las del puesto convocado, salvo prescripción de las sanciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • e) No hallarse incurso/ a en causa de incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
  • f) Estar inscrito/a como beneficiario/a en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a fecha de inicio del contrato.
  • g) Estar inscrito/a como demandante de empleo no ocupado en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA) a fecha de inicio del contrato.
  • h) Estar en posesión de la titulación académica exigida en las presentes Bases para el puesto solicitado (Base Segunda).
  • i) Formalizar, en el momento de su contratación, el compromiso de participar en un programa de atención personalizada por parte del Servicio Público de Empleo que mejore sus habilidades personales y/o laborales facilitándoles una rápida inserción en el mercado de trabajo.

Organismo responsable

Concejalía de Economía, Transformación digital y Políticas sociales del Ayuntamiento de Oviedo

Plazo

Del 26 de abril al 3 de mayo de 2024

Observaciones

Las bases reguladoras, en cuanto a las contrataciones a realizar, el proceso selectivo que se realizará mediante tramitación y difusión de la oferta de empleo a través del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (Trabajastur) y la página web municipal; así como la base séptima de las reguladoras: proceso selectivo, únicamente para las personas que opten al programa a través de un certificado de profesionalidad.  A estos, al no ser viable su selección a través de nota media, ya que en los certificados de profesionalidad no figura nota media, se les seleccionará a través de una prueba escrita de carácter eliminatorio.  El orden de prelación se establecerá conforme a la puntuación alcanzada, de mayor a menor.

  • Modelo de solicitud.  Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo, en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases, se presentarán en modelo normalizado según Anexo I, que se encuentra disponible en la página web www.oviedo.es, así como en el Registro General y Auxiliar del Ayuntamiento de Oviedo; y en el plazo de 5 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación de la oferta de Empleo en Trabajastur y en la página web municipal.

Lugar de presentación

Las personas interesadas deberán de presentar la solicitud (Anexo I), y la documentación que se relaciona en esta Base, en el Registro General o Auxiliar del Ayuntamiento de Oviedo o a través del Portal Ciudadano https://portal.oviedo.es, así como por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando las solicitudes se presenten en lugar distinto al Registro General o Auxiliar del Ayuntamiento de Oviedo o al Portal Ciudadano https://portal.oviedo.es, el/a aspirante deberá de justificar la fecha de imposición del envío y comunicar por correo electrónico a la dirección centroformacion@oviedo.es el medio utilizado para la remisión de la solicitud antes de la fecha de expiración del plazo de presentación de las mismas. Sin la concurrencia de estos dos requisitos no será admitida la instancia si es recibida con posterioridad a la fecha de expiración de dicho plazo.

Garantía Juvenil   + información:
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/encontrar-trabajo/Garantia-Juvenil.html

Responsable
Oviedo Emplea