Justificación de Subvenciones de Servicios Sociales y Promoción Social
Objeto
Este trámite tiene por objeto que Asociaciones o Entidades Ciudadanas puedan justificar la recepción de una subvencion por parte del Ayuntamiento de Oviedo.
Destinatarios
Asociaciones o Entidades Ciudadanas
Plazos
Hay dos tipos de justificación de los Proyectos de iniciativas Sociales de interés público:
Convocatoria anual (2023):
La justificación se realizará ante el ente concedente, dentro del plazo de un mes a contar desde el día del cobro de la subvención o de la fecha en que finalizó la actividad o programa que dio lugar a la misma, sin que dicho plazo pueda exceder de un mes, a su vez, de la finalización del ejercicio económico al que corresponda. Del 2 al 1 de febrero de 2024.
Los documentos a publicar son los siguientes:
- ANEXO III COFINANCIACION ANUAL 2023
- ANEXO IV MEMORIA JUSTIFICACION ANUAL 2023
- CONVOCATORIA ANUAL 2023 (PDF)
- ANEXO V JUSTIFICACION ANUAL 2023 NORMAS
- ANEXO V JUSTIFICACION ANUAL 2023 (EXCEL Protegido)
- ANEXO VI ANUAL 2023
Convocatoria Plurianual (2020-2023):
La justificación del abono de las cantidades parciales que comprende la subvención correspondiente a cada ejercicio se presentará en el plazo de dos meses, contado desde la fecha- de finalización del mismo. Del 1 de julio al 31 de agosto de 2024.
Los documentos a publicar son los siguientes:
- ANEXO III CERTIFICACION PLURIANUAL 2020-2023 (2023)(Word)
- NUEVO ANEXO IV MEMORIA (2023) (Word)
- ANEXO V NORMAS JUSTIFICACIÓN PLURIANUAL 2020-2023 (PDF)
- ANEXOS V JUSTIFICACION PLURIANUAL (EXCEL Protegido)
- CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
Para la ampliación del plazo de justificación estará previsto en el art 25.2 de la Ordenanza.
Electrónica
Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.
La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)
Objeto
Este trámite tiene por objeto que Asociaciones o Entidades Ciudadanas puedan justificar la recepción de una subvencion por parte del Ayuntamiento de Oviedo.
Destinatarios
Asociaciones o Entidades Ciudadanas
Plazos
Hay dos tipos de justificación de los Proyectos de iniciativas Sociales de interés público:
Convocatoria anual (2023):
La justificación se realizará ante el ente concedente, dentro del plazo de un mes a contar desde el día del cobro de la subvención o de la fecha en que finalizó la actividad o programa que dio lugar a la misma, sin que dicho plazo pueda exceder de un mes, a su vez, de la finalización del ejercicio económico al que corresponda. Del 2 al 1 de febrero de 2024.
Los documentos a publicar son los siguientes:
- ANEXO III COFINANCIACION ANUAL 2023
- ANEXO IV MEMORIA JUSTIFICACION ANUAL 2023
- CONVOCATORIA ANUAL 2023 (PDF)
- ANEXO V JUSTIFICACION ANUAL 2023 NORMAS
- ANEXO V JUSTIFICACION ANUAL 2023 (EXCEL Protegido)
- ANEXO VI ANUAL 2023
Convocatoria Plurianual (2020-2023):
La justificación del abono de las cantidades parciales que comprende la subvención correspondiente a cada ejercicio se presentará en el plazo de dos meses, contado desde la fecha- de finalización del mismo. Del 1 de julio al 31 de agosto de 2024.
Los documentos a publicar son los siguientes:
- ANEXO III CERTIFICACION PLURIANUAL 2020-2023 (2023)(Word)
- NUEVO ANEXO IV MEMORIA (2023) (Word)
- ANEXO V NORMAS JUSTIFICACIÓN PLURIANUAL 2020-2023 (PDF)
- ANEXOS V JUSTIFICACION PLURIANUAL (EXCEL Protegido)
- CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
Para la ampliación del plazo de justificación estará previsto en el art 25.2 de la Ordenanza.
Electrónica
Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.
La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)