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Justificación de Subvenciones de Servicios Sociales y Promoción Social

Objeto

Este trámite tiene por objeto que Asociaciones o Entidades Ciudadanas puedan justificar  la recepción de una subvencion por parte del Ayuntamiento de Oviedo.

Destinatarios

Asociaciones o Entidades Ciudadanas

Plazos

Hay dos tipos de justificación de los Proyectos de iniciativas Sociales de interés público:

Convocatoria anual (2023):

La justificación se realizará ante el ente concedente, dentro del plazo de un mes a contar desde el día del cobro de la subvención o de la fecha en que finalizó la actividad o programa que dio lugar a la misma, sin que dicho plazo pueda exceder de un mes, a su vez, de la finalización del ejercicio económico al que corresponda. Del 2 al 1 de febrero de 2024.

Los documentos a publicar son los siguientes:

Convocatoria Plurianual (2020-2023):

La justificación del abono de las cantidades parciales que comprende la subvención correspondiente a cada ejercicio se presentará en el plazo de dos meses, contado desde la fecha- de finalización del mismo. Del 1 de julio al 31 de agosto de 2024.

Los documentos a publicar son los siguientes:

Para la ampliación del plazo de justificación estará previsto en el art 25.2 de la Ordenanza.

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)

Objeto

Este trámite tiene por objeto que Asociaciones o Entidades Ciudadanas puedan justificar  la recepción de una subvencion por parte del Ayuntamiento de Oviedo.

Destinatarios

Asociaciones o Entidades Ciudadanas

Plazos

Hay dos tipos de justificación de los Proyectos de iniciativas Sociales de interés público:

Convocatoria anual (2023):

La justificación se realizará ante el ente concedente, dentro del plazo de un mes a contar desde el día del cobro de la subvención o de la fecha en que finalizó la actividad o programa que dio lugar a la misma, sin que dicho plazo pueda exceder de un mes, a su vez, de la finalización del ejercicio económico al que corresponda. Del 2 al 1 de febrero de 2024.

Los documentos a publicar son los siguientes:

Convocatoria Plurianual (2020-2023):

La justificación del abono de las cantidades parciales que comprende la subvención correspondiente a cada ejercicio se presentará en el plazo de dos meses, contado desde la fecha- de finalización del mismo. Del 1 de julio al 31 de agosto de 2024.

Los documentos a publicar son los siguientes:

Para la ampliación del plazo de justificación estará previsto en el art 25.2 de la Ordenanza.

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)