Reconocimiento de infracción en materia de venta ambulante
Objeto
El presente trámite permite al interesado, en cualquier momento anterior a su resolución, reconocer de manera voluntaria su responsabilidad derivada de la incoación de un procedimiento sancionador por la comisión de una infracción administrativa en materia de venta ambulante, lo que da opción a una reducción del 20% en la sanción propuesta.
Destinatarios
Interesados en un procedimiento sancionador en materia de venta ambulante en calidad de infractores.
Plazo
Este trámite está disponible todo el año.
Documentación a presentar
- Formulario debidamente cumplimentado
Unidad responsable
Comercio y Mercados
- Oviedo, C/ San Pedro Mestallón, 1, bajo
- 984 083 999
- comercioymercados@oviedo.es
- Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
Modo de presentación: presencial y electrónico (a través de una instancia general)
Presencial
Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).
La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.
Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h
Asimismo, en los registros de otras Administraciones Públicas o en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Electrónica
Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.
La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante del Ayuntamiento de Oviedo
- Ordenanza Municipal Reguladora de las Ocupaciones de Espacios Públicos del Ayuntamiento de Oviedo
Objeto
El presente trámite permite al interesado, en cualquier momento anterior a su resolución, reconocer de manera voluntaria su responsabilidad derivada de la incoación de un procedimiento sancionador por la comisión de una infracción administrativa en materia de venta ambulante, lo que da opción a una reducción del 20% en la sanción propuesta.
Destinatarios
Interesados en un procedimiento sancionador en materia de venta ambulante en calidad de infractores.
Plazo
Este trámite está disponible todo el año.
Documentación a presentar
- Formulario debidamente cumplimentado
Unidad responsable
Comercio y Mercados
- Oviedo, C/ San Pedro Mestallón, 1, bajo
- 984 083 999
- comercioymercados@oviedo.es
- Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
Modo de presentación: presencial y electrónico (a través de una instancia general)
Presencial
Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).
La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.
Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h
Asimismo, en los registros de otras Administraciones Públicas o en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Electrónica
Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.
La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante del Ayuntamiento de Oviedo
- Ordenanza Municipal Reguladora de las Ocupaciones de Espacios Públicos del Ayuntamiento de Oviedo