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Cambio de domicilio en el Padrón municipal dentro del municipio

Descripción

Este trámite está dirigido a las personas que realicen un cambio de domicilio dentro del Municipio.

Destinatarios/as

Este trámite está destinado a las personas inscritas en el Padrón Municipal, cuando efectúen un cambio de domicilio dentro del Municipio.

Si el cambio fuera debido a una incorrecta mecanización en el aplicativo del Padrón, por un cambio de nombre o renumeración de la vía por parte del Ayuntamiento, el trámite de rectificación de los datos a modificar se realizará de oficio.

Requisitos

Documentación a presentar:

  1. Solicitud.
  2. Documentos de identidad.
  3. Documentos a presentar en el caso de menores de edad.
  4. Documentos a presentar en el caso de cambio de domicilio a una vivienda colectiva.
  5. Documentos que acreditan la ocupación de la vivienda.
  6. Autorización de gestiones padronales.

1. “Solicitud de cambio de domicilio” debidamente cumplimentada. Deberá estar firmada por todos los mayores de 16 años, y, en su caso, también por la persona, ya empadronada, que autoriza la incorporación de nuevos miembros a la unidad familiar. En el caso de que se realice el cambio de domicilio de toda la unidad familiar, será suficiente la firma de la persona mayor de edad, titular de la vivienda.

2. Documentos de identidad originales y en vigor, de las personas que cambian de domicilio y, en su caso, del representante legal del menor o de la persona autorizada a realizar el trámite:

  • Personas con nacionalidad española:
    • Mayores de 14 años: DNI o pasaporte.
    • Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento.
  • Personas con nacionalidad extranjera:
    • Mayores de 14 años:
      • De Estados miembros de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: documento de identidad de su país de origen, NIE o pasaporte.
      • De otras nacionalidades: NIE o pasaporte.
      • En el caso de solicitantes de asilo y protección internacional: resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (será válido a partir del primer mes de la fecha de solicitud) y documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional.
    • Menores de 14 años: libro de familia, certificado de nacimiento, NIE o pasaporte.

Si este documento de identidad figura redactado en idioma distinto al castellano, deberá presentarse con su correspondiente traducción jurada oficial.

3. Documentos a presentar en el caso de menores de edad (menores de 16 años)

Los padres o progenitores que mantienen la patria potestad tienen la representación legal de sus hijos menores no emancipados.

Cualquier gestión padronal referida a un menor deberá ser autorizada por sus representantes legales.

  • Menores que se cambian de domicilio con ambos progenitores: certificado de nacimiento o libro de familia y “Solicitud” firmada por ambos.
  • Menores que se cambian de domicilio con uno solo de los progenitores: certificado de nacimiento o libro de familia, acompañado de alguno de estos documentos:
    • Cuando hay consentimiento de ambos progenitores: “Solicitud” firmada por ambos y, en el caso de separación o divorcio, resolución judicial de la misma, acompañada en su caso de convenio regulador, con el fin de acreditar la representación de los menores a efectos padronales.
    • Cuando no hay consentimiento de ambos progenitores:
      • Si no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia: “Anexo I. Declaración responsable para cambio de domicilio de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos y no existe resolución judicial sobre la guarda y custodia”.
      • Si existe resolución judicial sobre la guarda y custodia: “Anexo II. Declaración responsable para cambio de domicilio de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos y existe resolución judicial en la que el solicitante tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva”.
  • Menores en el caso de tutela, acogimiento, o guarda: certificado de nacimiento o libro de familia, acompañado de resolución judicial de la tutela, acogimiento o guarda de menores, siendo este documento suficiente para efectuar el cambio de domicilio si a través del mismo se acredita la identidad del/de la menor y la designación de las personas mayores de edad con las que va a residir. Cuando se trate de menores extranjeros, las personas adoptantes deberán aportar el pasaporte u otro documento análogo original con el que se ha producido su entrada en España.
  • Menores que se vayan a cambiar a un domicilio distinto al de sus progenitores: Certificado de nacimiento o Libro de Familia, acompañado de la “Declaración de residencia y autorización de empadronamiento para menores”, declarando que los/as menores no residen habitualmente en su domicilio y que autorizan a su empadronamiento en domicilio distinto y autorización de la persona titular de la vivienda que ya figure empadronada en el domicilio de destino.

4. Documentos a presentar en el caso de cambio de domicilio a una vivienda colectiva

Cuando el cambio de domicilio se vaya a realizar a una residencia de mayores, pensiones, colegios mayores, centros tutelados u otros, la “Solicitud de cambio de domicilio” también estará firmada y sellada por la dirección del establecimiento o persona responsable del mismo, que deberá aportar su documento de identidad, original y en vigor, junto con, si no hace el trámite la persona interesada, la “Autorización de gestiones padronales”, autorización que será válida para un único trámite y en la misma fecha de su emisión.

5. Documentos que acreditan la ocupación de la vivienda

  • Contrato de arrendamiento original o factura de consumo reciente expedida por la compañía suministradora.
  • En el caso de contratos de arrendamiento prorrogados o con una antigüedad superior a 6 meses, será necesario adjuntar recibo del último pago del alquiler.
  • Los contratos de arrendamiento por temporada deben tener una duración mínima de 6 meses.
  • No serán válidos:
    • Recibos bancarios ni escritura de compraventa, salvo que en esta última se identifique al comprador con el domicilio habitual en el que pretende realizar la inscripción.
    • Contratos de alojamiento en vivienda de uso turístico.
  • Será necesario presentar el modelo de “Acreditación de residencia por el titular de la vivienda”, cumplimentado y firmado por el titular de la vivienda, con la documentación que se solicita en el modelo (copia del DNI/NIE/pasaporte del titular de la vivienda, y de copia de escritura propiedad, y/o factura de consumo reciente expedida por la compañía suministradora del servicio, y/o contrato de arrendamiento acompañado de último recibo de pago del alquiler), en los siguientes casos:
    • Cuando se aporten contratos de arrendamiento de habitación, en los que deberán figurar todas las personas que se van a inscribir.
    • En aquellos casos en los que no figure nadie empadronado y no pueda acreditarse vínculo con la vivienda.
  • Si la vivienda en la que se va realizar el cambio de domicilio es una vivienda colectiva (residencias de mayores, pensiones, colegios mayores, centros tutelados u otros): la “Solicitud” deberá ir debidamente firmada y sellada por el/la responsable del centro o bien, se presentará un informe de que esa persona reside en ese centro que deberá ir firmado y sellado por el/la responsable del mismo.
  • La documentación que acredite la ocupación de la vivienda deberá aportarse también en el caso de incorporación de nuevos habitantes a un grupo familiar ya empadronado. En este caso será necesaria también la firma expresa en la “Solicitud” de la persona que figure empadronada como primera persona en el apartado destinado al efecto y aportar el documento identificativo original y en vigor.

6. “Autorización de gestiones padronales”. En el supuesto de que la persona que vaya a cambiar de domicilio dentro del municipio autorice a otra a presentar la “Solicitud de cambio de domicilio”, deberá aportar esta autorización debidamente cumplimentada y firmada. Es imprescindible, para la gestión del trámite, la presentación de los documentos de identidad originales y en vigor, tanto de la persona o personas que solicitan el cambio de domicilio como de la persona autorizada. Esta autorización será válida para un único trámite y en la misma fecha de su emisión.

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

Estadística y Padrón de habitantes

Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00h.

  • Oviedo, C/ Rosal, 23
  • Teléfono: 985 981 889
  • Correo electrónico: estadistica@oviedo.es

Presencial

La atención presencial para trámites del Padrón de Habitantes, se realizará en la Sección de Estadística, previa extracción del número en el gestor de colas que hay en dicha Sección, para el trámite que se precise.

Horario:

  • Horario para extracción de números: de 9:00 a 12:00 horas
  • Horario de atención al público: de 9:00 a 14:00 horas

Es imprescindible la extracción de número en el gestor de colas para que la persona demandante pueda ser atendida.

Solicitud de cambio de domicilio (PDF)

Acreditación de residencia por el titular de la vivienda (PDF)

Declaración responsable sin resolución (PDF)

Declaración responsable menores aportando resolución (PDF)

Declaración de residencia y autorización de empadronamiento para menores (PDF)

Autorización para gestiones padronales (PDF)

Electrónica

Se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se le remitirá la acreditación del empadronamiento al correo electrónico que indique.

Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)

Otras formas de presentación

  • Por correo electrónico a la dirección estadistica@oviedo.es
  • Por correo certificado/ordinario dirigido a la Sección de Estadística, C/ Rosal, 23, 33009 Oviedo.

Se le remitirá la acreditación del empadronamiento, firmada electrónicamente, al correo electrónico que se indique.

  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 3 de febrero de 2023 sobre Gestión del Padrón municipal BOE-A-2023-3291.

Descripción

Este trámite está dirigido a las personas que realicen un cambio de domicilio dentro del Municipio.

Destinatarios/as

Este trámite está destinado a las personas inscritas en el Padrón Municipal, cuando efectúen un cambio de domicilio dentro del Municipio.

Si el cambio fuera debido a una incorrecta mecanización en el aplicativo del Padrón, por un cambio de nombre o renumeración de la vía por parte del Ayuntamiento, el trámite de rectificación de los datos a modificar se realizará de oficio.

Requisitos

Documentación a presentar:

  1. Solicitud.
  2. Documentos de identidad.
  3. Documentos a presentar en el caso de menores de edad.
  4. Documentos a presentar en el caso de cambio de domicilio a una vivienda colectiva.
  5. Documentos que acreditan la ocupación de la vivienda.
  6. Autorización de gestiones padronales.

1. “Solicitud de cambio de domicilio” debidamente cumplimentada. Deberá estar firmada por todos los mayores de 16 años, y, en su caso, también por la persona, ya empadronada, que autoriza la incorporación de nuevos miembros a la unidad familiar. En el caso de que se realice el cambio de domicilio de toda la unidad familiar, será suficiente la firma de la persona mayor de edad, titular de la vivienda.

2. Documentos de identidad originales y en vigor, de las personas que cambian de domicilio y, en su caso, del representante legal del menor o de la persona autorizada a realizar el trámite:

  • Personas con nacionalidad española:
    • Mayores de 14 años: DNI o pasaporte.
    • Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento.
  • Personas con nacionalidad extranjera:
    • Mayores de 14 años:
      • De Estados miembros de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: documento de identidad de su país de origen, NIE o pasaporte.
      • De otras nacionalidades: NIE o pasaporte.
      • En el caso de solicitantes de asilo y protección internacional: resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (será válido a partir del primer mes de la fecha de solicitud) y documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional.
    • Menores de 14 años: libro de familia, certificado de nacimiento, NIE o pasaporte.

Si este documento de identidad figura redactado en idioma distinto al castellano, deberá presentarse con su correspondiente traducción jurada oficial.

3. Documentos a presentar en el caso de menores de edad (menores de 16 años)

Los padres o progenitores que mantienen la patria potestad tienen la representación legal de sus hijos menores no emancipados.

Cualquier gestión padronal referida a un menor deberá ser autorizada por sus representantes legales.

  • Menores que se cambian de domicilio con ambos progenitores: certificado de nacimiento o libro de familia y “Solicitud” firmada por ambos.
  • Menores que se cambian de domicilio con uno solo de los progenitores: certificado de nacimiento o libro de familia, acompañado de alguno de estos documentos:
    • Cuando hay consentimiento de ambos progenitores: “Solicitud” firmada por ambos y, en el caso de separación o divorcio, resolución judicial de la misma, acompañada en su caso de convenio regulador, con el fin de acreditar la representación de los menores a efectos padronales.
    • Cuando no hay consentimiento de ambos progenitores:
      • Si no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia: “Anexo I. Declaración responsable para cambio de domicilio de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos y no existe resolución judicial sobre la guarda y custodia”.
      • Si existe resolución judicial sobre la guarda y custodia: “Anexo II. Declaración responsable para cambio de domicilio de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos y existe resolución judicial en la que el solicitante tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva”.
  • Menores en el caso de tutela, acogimiento, o guarda: certificado de nacimiento o libro de familia, acompañado de resolución judicial de la tutela, acogimiento o guarda de menores, siendo este documento suficiente para efectuar el cambio de domicilio si a través del mismo se acredita la identidad del/de la menor y la designación de las personas mayores de edad con las que va a residir. Cuando se trate de menores extranjeros, las personas adoptantes deberán aportar el pasaporte u otro documento análogo original con el que se ha producido su entrada en España.
  • Menores que se vayan a cambiar a un domicilio distinto al de sus progenitores: Certificado de nacimiento o Libro de Familia, acompañado de la “Declaración de residencia y autorización de empadronamiento para menores”, declarando que los/as menores no residen habitualmente en su domicilio y que autorizan a su empadronamiento en domicilio distinto y autorización de la persona titular de la vivienda que ya figure empadronada en el domicilio de destino.

4. Documentos a presentar en el caso de cambio de domicilio a una vivienda colectiva

Cuando el cambio de domicilio se vaya a realizar a una residencia de mayores, pensiones, colegios mayores, centros tutelados u otros, la “Solicitud de cambio de domicilio” también estará firmada y sellada por la dirección del establecimiento o persona responsable del mismo, que deberá aportar su documento de identidad, original y en vigor, junto con, si no hace el trámite la persona interesada, la “Autorización de gestiones padronales”, autorización que será válida para un único trámite y en la misma fecha de su emisión.

5. Documentos que acreditan la ocupación de la vivienda

  • Contrato de arrendamiento original o factura de consumo reciente expedida por la compañía suministradora.
  • En el caso de contratos de arrendamiento prorrogados o con una antigüedad superior a 6 meses, será necesario adjuntar recibo del último pago del alquiler.
  • Los contratos de arrendamiento por temporada deben tener una duración mínima de 6 meses.
  • No serán válidos:
    • Recibos bancarios ni escritura de compraventa, salvo que en esta última se identifique al comprador con el domicilio habitual en el que pretende realizar la inscripción.
    • Contratos de alojamiento en vivienda de uso turístico.
  • Será necesario presentar el modelo de “Acreditación de residencia por el titular de la vivienda”, cumplimentado y firmado por el titular de la vivienda, con la documentación que se solicita en el modelo (copia del DNI/NIE/pasaporte del titular de la vivienda, y de copia de escritura propiedad, y/o factura de consumo reciente expedida por la compañía suministradora del servicio, y/o contrato de arrendamiento acompañado de último recibo de pago del alquiler), en los siguientes casos:
    • Cuando se aporten contratos de arrendamiento de habitación, en los que deberán figurar todas las personas que se van a inscribir.
    • En aquellos casos en los que no figure nadie empadronado y no pueda acreditarse vínculo con la vivienda.
  • Si la vivienda en la que se va realizar el cambio de domicilio es una vivienda colectiva (residencias de mayores, pensiones, colegios mayores, centros tutelados u otros): la “Solicitud” deberá ir debidamente firmada y sellada por el/la responsable del centro o bien, se presentará un informe de que esa persona reside en ese centro que deberá ir firmado y sellado por el/la responsable del mismo.
  • La documentación que acredite la ocupación de la vivienda deberá aportarse también en el caso de incorporación de nuevos habitantes a un grupo familiar ya empadronado. En este caso será necesaria también la firma expresa en la “Solicitud” de la persona que figure empadronada como primera persona en el apartado destinado al efecto y aportar el documento identificativo original y en vigor.

6. “Autorización de gestiones padronales”. En el supuesto de que la persona que vaya a cambiar de domicilio dentro del municipio autorice a otra a presentar la “Solicitud de cambio de domicilio”, deberá aportar esta autorización debidamente cumplimentada y firmada. Es imprescindible, para la gestión del trámite, la presentación de los documentos de identidad originales y en vigor, tanto de la persona o personas que solicitan el cambio de domicilio como de la persona autorizada. Esta autorización será válida para un único trámite y en la misma fecha de su emisión.

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

Estadística y Padrón de habitantes

Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00h.

  • Oviedo, C/ Rosal, 23
  • Teléfono: 985 981 889
  • Correo electrónico: estadistica@oviedo.es

Presencial

La atención presencial para trámites del Padrón de Habitantes, se realizará en la Sección de Estadística, previa extracción del número en el gestor de colas que hay en dicha Sección, para el trámite que se precise.

Horario:

  • Horario para extracción de números: de 9:00 a 12:00 horas
  • Horario de atención al público: de 9:00 a 14:00 horas

Es imprescindible la extracción de número en el gestor de colas para que la persona demandante pueda ser atendida.

Solicitud de cambio de domicilio (PDF)

Acreditación de residencia por el titular de la vivienda (PDF)

Declaración responsable sin resolución (PDF)

Declaración responsable menores aportando resolución (PDF)

Declaración de residencia y autorización de empadronamiento para menores (PDF)

Autorización para gestiones padronales (PDF)

Electrónica

Se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se le remitirá la acreditación del empadronamiento al correo electrónico que indique.

Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)

Otras formas de presentación

  • Por correo electrónico a la dirección estadistica@oviedo.es
  • Por correo certificado/ordinario dirigido a la Sección de Estadística, C/ Rosal, 23, 33009 Oviedo.

Se le remitirá la acreditación del empadronamiento, firmada electrónicamente, al correo electrónico que se indique.

  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 3 de febrero de 2023 sobre Gestión del Padrón municipal BOE-A-2023-3291.