Objeto
El trámite permite solicitar la bonificación del 50% de la cuota íntegra del IBI para propietarios o usufructuarios de viviendas calificadas como Viviendas de Protección Oficial o Viviendas de Protección Autonómica.
Destinatarios
Personas propietarias de viviendas calificadas de Protección Oficial (VPO) o de Protección Autonómica (VPA).
Documentación a presentar
- Solicitud debidamente cumplimentada
- Calificación definitiva de la vivienda como VPO o VPA, salvo que en el Ayuntamiento ya conste dicha calificación, por haber sido presentada en otra solicitud referida al mismo edificio
Plazos
Se podrá solicitar durante los 3 periodos impositivos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva de la Protección. El interesado puede solicitarlo, mediante petición previa a la terminación de los tres periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efecto desde el periodo impositivo siguiente al que la solicite.
El plazo para resolver es de 6 meses, teniendo el silencio administrativo carácter desestimatorio.
Organismo Responsable
Área de Gestión Económica
Servicio de Gestión Tributaria (Sección IBI e IAE)
- C/ Quintana, 6
- 33009 Oviedo
- Teléfono: 985981833
Normativa
- Ordenanza Fiscal nº400 (Ordenanzas fiscales)
- Artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en vigor desde el 10 de marzo de 2004
- Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria