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Quejas y sugerencias Oficina Municipal Información al Consumidor (OMIC)

Objeto

El trámite permite presentar reclamaciones en temas relacionados con el consumo de bienes, suministros o servicios.

Destinatarios

Personas físicas que compren o utilicen como destinatarios finales, bienes, productos, servicios, y actividades que se comercialicen o presten en el concejo de Oviedo, o cuyo domicilio se encuentre en el concejo de Oviedo.

Documentación a presentar

  • Hoja de reclamaciones modelo oficial de la Administración Autonómica, que todo establecimiento comercial o prestador de servicios debe facilitar a los consumidores. 
  • Instancia en impreso oficial cubierta por la persona interesada. 
  • Documentación justificativa, facturas, contratos, albaranes, fotografías, correos electrónicos…debe ser documentación original, se digitalizara y se devolverá a la persona que reclama, en el momento de su registro.

Plazo

Hoja de Reclamaciones, debe presentarse en el plazo de un mes desde que se ha cumplimentado en el establecimiento al que se reclama

Reclamaciones no debe de haber transcurrido el plazo de tres meses desde que se han producido los hechos o circunstancias que justifican la presentación de la reclamación.

Unidad responsable

Consumo (OMIC)

  • C/ San Pedro Mestallón nº1 sótano
  • 984 083 998 Omic
  • omic@oviedo.es
  • Horario: de lunes a viernes en horario de 9 a 14 h.

 

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872

Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
 

registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Asimismo, en los registros de otras Administraciones Públicas o en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud presencial (PDF)

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE núm. 287 páginas 49181 a 49215, de 30 de noviembre de 2007)
  • Ley 11/2002, de 2 de diciembre, de los Consumidores y Usuarios (BOPA 13-XII-2002), modificada por la Ley 11/2006, de 27 de diciembre.
  • Ordenanza Reguladora de los Servicios Locales de Consumo del Ayuntamiento de Oviedo, aprobada por el Pleno el 6 de abril de 2004 (BOPA 22-V-2004, páginas 7521 a 7525).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236 2-X-2015)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236 2-X-2015).

Objeto

El trámite permite presentar reclamaciones en temas relacionados con el consumo de bienes, suministros o servicios.

Destinatarios

Personas físicas que compren o utilicen como destinatarios finales, bienes, productos, servicios, y actividades que se comercialicen o presten en el concejo de Oviedo, o cuyo domicilio se encuentre en el concejo de Oviedo.

Documentación a presentar

  • Hoja de reclamaciones modelo oficial de la Administración Autonómica, que todo establecimiento comercial o prestador de servicios debe facilitar a los consumidores. 
  • Instancia en impreso oficial cubierta por la persona interesada. 
  • Documentación justificativa, facturas, contratos, albaranes, fotografías, correos electrónicos…debe ser documentación original, se digitalizara y se devolverá a la persona que reclama, en el momento de su registro.

Plazo

Hoja de Reclamaciones, debe presentarse en el plazo de un mes desde que se ha cumplimentado en el establecimiento al que se reclama

Reclamaciones no debe de haber transcurrido el plazo de tres meses desde que se han producido los hechos o circunstancias que justifican la presentación de la reclamación.

Unidad responsable

Consumo (OMIC)

  • C/ San Pedro Mestallón nº1 sótano
  • 984 083 998 Omic
  • omic@oviedo.es
  • Horario: de lunes a viernes en horario de 9 a 14 h.

 

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872

Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
 

registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Asimismo, en los registros de otras Administraciones Públicas o en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud presencial (PDF)

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE núm. 287 páginas 49181 a 49215, de 30 de noviembre de 2007)
  • Ley 11/2002, de 2 de diciembre, de los Consumidores y Usuarios (BOPA 13-XII-2002), modificada por la Ley 11/2006, de 27 de diciembre.
  • Ordenanza Reguladora de los Servicios Locales de Consumo del Ayuntamiento de Oviedo, aprobada por el Pleno el 6 de abril de 2004 (BOPA 22-V-2004, páginas 7521 a 7525).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236 2-X-2015)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236 2-X-2015).