Saltar al contenido

Cerrar Cerrar Botón

Entrada de vehículos a través de aceras (Vados y Badenes)

Objeto

El trámite permite solicitar una licencia para el uso restringido de la vía pública para entrada de vehículos privados a través de las aceras, lo que popularmente se conoce como vados o badenes.

Destinatarios

Aquellos ciudadanos que deseen utilizar de una manera restringida la vía pública para entrada de vehículos particulares a través de las aceras o calzadas.

Documentación a presentar

  • Solicitud debidamente cumplimentada
  • Licencia de apertura y/o ocupación o uso

Plazos

  • Devengo de la tasa: 1 de enero, salvo para las licencias o autorizaciones temporales.
  • Periodo impositivo de la tasa de vados y badenes: el año completo, cuando las licencias o autorizaciones tengan carácter continuado.

El escrito con los datos indicados se presentará en la forma y en los registros legalmente establecidos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14 y 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre.

Presencial

  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • En las Oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente.
  • En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el Extranjero
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Solicitud presencial (PDF)

Acceda a la opción Encuentra tu oficina del Punto de Acceso General

Telemática

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

Solicitud electrónica

Objeto

El trámite permite solicitar una licencia para el uso restringido de la vía pública para entrada de vehículos privados a través de las aceras, lo que popularmente se conoce como vados o badenes.

Destinatarios

Aquellos ciudadanos que deseen utilizar de una manera restringida la vía pública para entrada de vehículos particulares a través de las aceras o calzadas.

Documentación a presentar

  • Solicitud debidamente cumplimentada
  • Licencia de apertura y/o ocupación o uso

Plazos

  • Devengo de la tasa: 1 de enero, salvo para las licencias o autorizaciones temporales.
  • Periodo impositivo de la tasa de vados y badenes: el año completo, cuando las licencias o autorizaciones tengan carácter continuado.

El escrito con los datos indicados se presentará en la forma y en los registros legalmente establecidos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14 y 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre.

Presencial

  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • En las Oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente.
  • En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el Extranjero
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Solicitud presencial (PDF)

Acceda a la opción Encuentra tu oficina del Punto de Acceso General

Telemática

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

Solicitud electrónica