Saut au contenu

Fin Fin Bouton

Certificado de empadronamiento

Descripción

Mediante este trámite se permite solicitar el certificado de empadronamiento (individual, colectivo o histórico), documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos, que acredita la residencia habitual de la persona interesada en el Municipio de Oviedo, así como la del resto de personas inscritas en el domicilio.

Certificado de empadronamiento individual: solo constan los datos de la persona solicitante y el número de las inscritas.

Certificado de empadronamiento colectivo: constan los datos de todas las personas empadronadas en el domicilio.

Certificado de empadronamiento histórico: acreditación fehaciente de la historia de empadronamiento de la persona solicitante, desde la última renovación padronal del 1 de mayo de 1996.

Los certificados históricos, anteriores a 1 de mayo de 1996, están sujetos a la tasa establecida en el Ordenanza Fiscal número 100 “Tasa por expedición de documentos administrativos” y deben solicitarse, de forma presencial o electrónica, adjuntando el justificante de abono de la tasa, a través del Registro General, sito en la calle Quintana, número 6 o en cualquier otro Registro de las Administraciones Públicas, tal como se establece en el artículo 16 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Observaciones

  • Para la mayoría de los trámites es suficiente y válido aportar el “Volante de empadronamiento” (enlace), ya que la información que contiene el certificado de empadronamiento y el volante, es la misma. Por ello, se insiste en la validez del volante de empadronamiento para múltiples trámites, quedando reservado el certificado de empadronamiento para los casos reseñados en el siguiente apartado.
  • El Certificado de Empadronamiento irá firmado electrónicamente y llevará un código de validación que acredita su autenticidad y validez, estará firmado por el Jefe de Sección de Estadística, por delegación del Secretario Técnico de la Junta de Gobierno Local, con el visto bueno del Concejal responsable de Estadística, por delegación del Sr. Alcalde.

Destinatarios/as

Las personas destinatarias de dicho documento pueden ser las siguientes:

  • Aquellas personas que necesiten acreditar fehacientemente en algún organismo del extranjero dónde y con quién residen.
  • Aquéllas a las que les sea requerido por un organismo oficial o un notario para determinados trámites o situaciones excepcionales.
  • Aquellas a las que se les pida expresamente.

Para obtener el Certificado, la persona solicitante debe figurar o haber figurado empadronada, en algún periodo, en el Municipio de Oviedo.

Requisitos

Documentación a presentar:

  1. Solicitud.
  2. Documento de identidad.
  3. Justificante de abono de la tasa (certificado histórico anterior al 1 de mayo de 1996).
  4. Autorización de gestiones padronales.

Solicitud

Deberá estar debidamente cumplimentada y firmada.

Menores de edad: Los padres o progenitores que mantienen la patria potestad tienen la representación legal de sus hijos/as menores no emancipados/as.

Cualquier gestión padronal referida a una persona menor de edad deberá ser autorizada por sus representantes legales.

Documento de identidad

De la persona que lo solicita y, en su caso, del representante legal de la persona menor o de la persona autorizada a realizar el trámite:

  • Personas con nacionalidad española:
    • Mayores de 14 años: DNI o pasaporte.
    • Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento.
  • Personas con nacionalidad extranjera:
    • Mayores de 14 años:
      • De Estados miembros de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: documento de identidad de su país de origen, NIE o pasaporte.
      • De otras nacionalidades: NIE o pasaporte.
      • En el caso de solicitantes de asilo y protección internacional: resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (será válido a partir del primer mes de la fecha de solicitud) y documentos acreditativos de la condición de persona solicitante, en tramitación, de protección internacional.
    • Menores de 14 años: Libro de Familia, Certificado de nacimiento, NIE o pasaporte, si disponen del mismo.

Si este documento de identidad figura redactado en idioma distinto al castellano, deberá presentarse con su correspondiente traducción jurada oficial.

Justificante de abono de la tasa

Sólo tienen que abonar la tasa, las personas que precisen un certificado histórico de empadronamiento anterior a la última renovación padronal de 1 de mayo de 1996. La “Tasa por expedición de documentos administrativos” viene establecida en la Ordenanza Fiscal nº 100 y su importe actual es de 27,88 euros. El pago de la misma se puede realizar:

  • En la Oficina Municipal de Recaudación del Ayuntamiento de Oviedo sita en la plaza de la Constitución, nº 1.
  • A través del siguiente enlace: Pago de tasa

Autorización de gestiones padronales

En el supuesto de que la persona que vaya a realizar el trámite autorice a otra a presentar la “Solicitud”, deberá aportar esta autorización debidamente cumplimentada y firmada. Es imprescindible, para la gestión del trámite, la presentación de los documentos de identidad originales y en vigor, tanto de la persona o personas que lo solicitan como de la persona autorizada. Esta autorización será válida para un único trámite y en la misma fecha de su emisión.

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

Sección de Estadística
C/ Rosal, 23. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 889
estadistica@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Presencial

La atención presencial para trámites del Padrón de Habitantes, se realizará en la Sección de Estadística, previa extracción del número en el gestor de colas que hay en dicha Sección, para el trámite que se precise.

Horario:

  • Horario para extracción de números: de 9:00 a 12:00 horas
  • Horario de atención al público: de 9:00 a 14:00 horas

Es imprescindible la extracción de número en el gestor de colas para que la persona demandante pueda ser atendida.

Instrucciones para cumplimentar la “Solicitud”: Deberá seleccionar en “tipo de certificado” la opción que desee, Individual, Colectivo o Histórico.

Solicitud presencial (PDF)

Autorización para gestiones padronales (PDF)

Electrónica

Se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se adjuntará a la “Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)” la “Solicitud (PDF)”, debidamente cumplimentada y el resto de documentación que se indica en los “Requisitos”.

Se le remitirá el certificado de empadronamiento, firmado electrónicamente, al correo electrónico que se indique.

Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)

  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 3 de febrero de 2023 sobre Gestión del Padrón municipal BOE-A-2023-3291.

Descripción

Mediante este trámite se permite solicitar el certificado de empadronamiento (individual, colectivo o histórico), documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos, que acredita la residencia habitual de la persona interesada en el Municipio de Oviedo, así como la del resto de personas inscritas en el domicilio.

Certificado de empadronamiento individual: solo constan los datos de la persona solicitante y el número de las inscritas.

Certificado de empadronamiento colectivo: constan los datos de todas las personas empadronadas en el domicilio.

Certificado de empadronamiento histórico: acreditación fehaciente de la historia de empadronamiento de la persona solicitante, desde la última renovación padronal del 1 de mayo de 1996.

Los certificados históricos, anteriores a 1 de mayo de 1996, están sujetos a la tasa establecida en el Ordenanza Fiscal número 100 “Tasa por expedición de documentos administrativos” y deben solicitarse, de forma presencial o electrónica, adjuntando el justificante de abono de la tasa, a través del Registro General, sito en la calle Quintana, número 6 o en cualquier otro Registro de las Administraciones Públicas, tal como se establece en el artículo 16 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Observaciones

  • Para la mayoría de los trámites es suficiente y válido aportar el “Volante de empadronamiento” (enlace), ya que la información que contiene el certificado de empadronamiento y el volante, es la misma. Por ello, se insiste en la validez del volante de empadronamiento para múltiples trámites, quedando reservado el certificado de empadronamiento para los casos reseñados en el siguiente apartado.
  • El Certificado de Empadronamiento irá firmado electrónicamente y llevará un código de validación que acredita su autenticidad y validez, estará firmado por el Jefe de Sección de Estadística, por delegación del Secretario Técnico de la Junta de Gobierno Local, con el visto bueno del Concejal responsable de Estadística, por delegación del Sr. Alcalde.

Destinatarios/as

Las personas destinatarias de dicho documento pueden ser las siguientes:

  • Aquellas personas que necesiten acreditar fehacientemente en algún organismo del extranjero dónde y con quién residen.
  • Aquéllas a las que les sea requerido por un organismo oficial o un notario para determinados trámites o situaciones excepcionales.
  • Aquellas a las que se les pida expresamente.

Para obtener el Certificado, la persona solicitante debe figurar o haber figurado empadronada, en algún periodo, en el Municipio de Oviedo.

Requisitos

Documentación a presentar:

  1. Solicitud.
  2. Documento de identidad.
  3. Justificante de abono de la tasa (certificado histórico anterior al 1 de mayo de 1996).
  4. Autorización de gestiones padronales.

Solicitud

Deberá estar debidamente cumplimentada y firmada.

Menores de edad: Los padres o progenitores que mantienen la patria potestad tienen la representación legal de sus hijos/as menores no emancipados/as.

Cualquier gestión padronal referida a una persona menor de edad deberá ser autorizada por sus representantes legales.

Documento de identidad

De la persona que lo solicita y, en su caso, del representante legal de la persona menor o de la persona autorizada a realizar el trámite:

  • Personas con nacionalidad española:
    • Mayores de 14 años: DNI o pasaporte.
    • Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento.
  • Personas con nacionalidad extranjera:
    • Mayores de 14 años:
      • De Estados miembros de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: documento de identidad de su país de origen, NIE o pasaporte.
      • De otras nacionalidades: NIE o pasaporte.
      • En el caso de solicitantes de asilo y protección internacional: resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (será válido a partir del primer mes de la fecha de solicitud) y documentos acreditativos de la condición de persona solicitante, en tramitación, de protección internacional.
    • Menores de 14 años: Libro de Familia, Certificado de nacimiento, NIE o pasaporte, si disponen del mismo.

Si este documento de identidad figura redactado en idioma distinto al castellano, deberá presentarse con su correspondiente traducción jurada oficial.

Justificante de abono de la tasa

Sólo tienen que abonar la tasa, las personas que precisen un certificado histórico de empadronamiento anterior a la última renovación padronal de 1 de mayo de 1996. La “Tasa por expedición de documentos administrativos” viene establecida en la Ordenanza Fiscal nº 100 y su importe actual es de 27,88 euros. El pago de la misma se puede realizar:

  • En la Oficina Municipal de Recaudación del Ayuntamiento de Oviedo sita en la plaza de la Constitución, nº 1.
  • A través del siguiente enlace: Pago de tasa

Autorización de gestiones padronales

En el supuesto de que la persona que vaya a realizar el trámite autorice a otra a presentar la “Solicitud”, deberá aportar esta autorización debidamente cumplimentada y firmada. Es imprescindible, para la gestión del trámite, la presentación de los documentos de identidad originales y en vigor, tanto de la persona o personas que lo solicitan como de la persona autorizada. Esta autorización será válida para un único trámite y en la misma fecha de su emisión.

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

Sección de Estadística
C/ Rosal, 23. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 889
estadistica@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Presencial

La atención presencial para trámites del Padrón de Habitantes, se realizará en la Sección de Estadística, previa extracción del número en el gestor de colas que hay en dicha Sección, para el trámite que se precise.

Horario:

  • Horario para extracción de números: de 9:00 a 12:00 horas
  • Horario de atención al público: de 9:00 a 14:00 horas

Es imprescindible la extracción de número en el gestor de colas para que la persona demandante pueda ser atendida.

Instrucciones para cumplimentar la “Solicitud”: Deberá seleccionar en “tipo de certificado” la opción que desee, Individual, Colectivo o Histórico.

Solicitud presencial (PDF)

Autorización para gestiones padronales (PDF)

Electrónica

Se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se adjuntará a la “Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)” la “Solicitud (PDF)”, debidamente cumplimentada y el resto de documentación que se indica en los “Requisitos”.

Se le remitirá el certificado de empadronamiento, firmado electrónicamente, al correo electrónico que se indique.

Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)

  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 3 de febrero de 2023 sobre Gestión del Padrón municipal BOE-A-2023-3291.