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Dietas e Indemnizaciones a Concejales - Tablón

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Dietas e Indemnizaciones a Concejales

10·07·2023

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el pasado 4 de julio adoptó el siguiente acuerdo sobre dietas e indemnizaciones a Concejales:

==”1º.- Indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados.

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial tendrán derecho a una indemnización por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados municipales conforme a las siguientes cuantías:

Sesiones de Pleno: 500 euros. Limitando las retribuciones percibidas por asistencia a Plenos de los/as Concejales, a la cantidad mensual equivalente a la correspondiente para un único Pleno, con independencia del número de Plenos extraordinarios que pudieran tener lugar en dicho mes, exceptuando los plenos de aprobación de presupuestos, plan general y ordenanzas.

Sesiones de Junta de Gobierno, Comisiones Plenarias, Junta de Portavoces, Consejos Sectoriales, Mesas de Contratación u otros órganos colegiados municipales: 400 euros.

Respecto a las cantidades devengadas se aplicará como límite máximo 2.500 euros/mes.

Este régimen de indemnizaciones se aplicará con efectos desde la constitución de la actual Corporación.

2º.-Indemnizaciones por desplazamientos.

Los miembros de la Corporación serán indemnizados por los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención en igual cuantía que la correspondiente a los funcionarios del grupo A1 del Ayuntamiento de Oviedo.

Este régimen de indemnizaciones se aplicará con efectos desde la constitución de la actual Corporación.

3º.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo Municipal y página web municipal.”==

Oviedo a 10 de julio de 2023. El Secretario. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.