Objeto
Notificar a la administración el cambio de domicilio fiscal (la notificación es obligatoria).
El incumplimiento de la obligación de comunicar el domicilio fiscal o el cambio del mismo constituirá una infracción tributaria leve de conformidad con el artículo 198.5 de la LGT.
Destinatarios
Tanto personas físicas como personas jurídicas.
Documentación a presentar
Formulario debidamente cumplimentado.
Plazos
- Para personas físicas la comunicación del cambio de domicilio se deberá efectuar en el plazo de tres meses desde que se produzca dicho cambio.
- Para las personas jurídicas y demás entidades, la comunicación del cambio de domicilio fiscal se deberá efectuar en el plazo de un mes.
Normativa relacionada
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.