Modo de presentación: Presencial y Electrónica
Objeto
El trámite permite denunciar molestias producidas por animales domésticos en viviendas, establecimientos de compra-venta o en la vía pública.
Destinatarios
Cualquier ciudadano.
Documentación a presentar
Instancia general debidamente cumplimentanda, indicando los los datos precisos de la vivienda, establecimiento o vía pública donde se originan las molestias y explicando brevemente las molestias producidas.
Plazos
Este trámite estará abierto todo el año.
Observaciones
El propietario del animal es el responsable de mantenerlo en condiciones sanitarias adecuadas, controlando su agresividad, aseo y, en general, todo comportamiento que pueda suponer riesgo o molestias para las personas, tales como malos olores, ruidos, etc.
Los propietarios de animales domésticos denunciados por ocasionar éstos molestias a sus vecinos, deben tomar las medidas necesarias para evitarlas. Si una vez apercibidos, se mantienen o repiten las molestias denunciadas, el organismo competente del Ayuntamiento procederá a adoptar las medidas necesarias para interrumpirlas y a la instrucción del correspondiente expediente sancionador.
Normativa
- Ley 13/2002 de 23 de diciembre, del Principado de Asturias de Tenencia, Protección y Derechos de los animales.
- Artículo 53 de la LO 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad