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Ordenanza 400. IBI - Bonificación por pago anticipado del IBI

Bonificación por pago anticipado del IBI

Objeto

Solicitud para acogerse al sistema especial de pago del IBI que supone el anticipo del 60% del importe total, mediante su abono por domiciliación bancaria entre el 6 y el 20 de junio de cada año natural; y el pago del resto de la deuda tributaria por el mismo sistema, entre los días 6 y 20 de noviembre del año, aplicando en este segundo pago una bonificación del 3% del importe del pago anticipado (el 1,8% del total de la deuda tributaria), con un límite de 40 euros de bonificación en cada liquidación.

Destinatarios

  • Personas físicas o jurídicas y entidades que son sujetos pasivos del impuesto y que soliciten expresamente esta modalidad de pago.
  • En los supuestos de cotitularidad, la solicitud se podrá presentar  por cualquier cotitular que aparezca como tal en el padrón del Impuesto.

Documentación a presentar

Modelo de solicitud del sistema especial de pago, debidamente cumplimentado y firmado.

Plazos

  • Debe presentarse la solicitud hasta el 1 de abril para que tenga efectos en el año natural. En caso contrario, tendrá efectos en el ejercicio del IBI siguiente.
  • El primer pago (60% de la cuota líquida del impuesto: pago a cuenta) debe realizarse entre los días 6 y el 20 de junio para obtener el derecho a la bonificación.
  • El importe restante, debe realizarse entre los días 6 y 20 de noviembre para no perder la bonificación.

Normativa relacionada

Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (art.9.1)

Tras

Ordenanza 400. IBI

 Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Oficina Municipal de Recaudación
Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
Registro Auxiliar de La Corredoria
  • Oviedo, C/ Corredoria Alta, 82
  • 984 083 797
  • Lunes a viernes laborables, de 9:00 a 14:00 h.