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Solicitud de acceso a la información pública

Objeto

El trámite permite obtener a cualquier persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad y municipio de residencia, los datos, contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Ayuntamiento de Oviedo y hayan sido elaborados o adquiridos por éste en el ejercicio de sus funciones.

Plazos

  • Presentación: el trámite está abierto todo el año.
  • Resolución y notificación: el plazo máximo para notificar la resolución que conceda o deniegue el acceso es de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente, pudiéndose ampliar otro mes previa notificación al solicitante. En caso de que no se resuelva en el plazo señalado, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada (silencio administrativo negativo).

Recursos contra la resolución

  1. Reclamación potestativa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de recepción de la notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
  2. Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Oviedo, de conformidad con lo establecido en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos para la interposición son los establecidos en esta ley, según se interponga directamente o previa reclamación potestativa.

A tener en cuenta

De conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 19/2013, la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original dará lugar a la liquidación de la correspondiente tasa por expedición de documentos, regulada en la Ordenanza Fiscal nº 100.

Información sobre las peticiones de acceso tramitadas

ENLACE AL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO

Unidad responsable

Sección de Transparencia

  • Plaza de la Constitución, 4, 2º, 33009, Oviedo
  • Teléfono: 985 981 800 (ext.2717)

transparencia@oviedo.es

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo

  • C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
  • Tel. 985 981 872

Registro Auxiliar de La Corredoria

  • C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
  • Tel. 984 083 797

registrogeneral@oviedo.es

Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Solicitud de acceso a la información pública

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

Solicitud electrónica (Portal del Ciudadano)

Información sobre las peticiones de acceso tramitadas

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Objeto

El trámite permite obtener a cualquier persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad y municipio de residencia, los datos, contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Ayuntamiento de Oviedo y hayan sido elaborados o adquiridos por éste en el ejercicio de sus funciones.

Plazos

  • Presentación: el trámite está abierto todo el año.
  • Resolución y notificación: el plazo máximo para notificar la resolución que conceda o deniegue el acceso es de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente, pudiéndose ampliar otro mes previa notificación al solicitante. En caso de que no se resuelva en el plazo señalado, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada (silencio administrativo negativo).

Recursos contra la resolución

  1. Reclamación potestativa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de recepción de la notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
  2. Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Oviedo, de conformidad con lo establecido en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos para la interposición son los establecidos en esta ley, según se interponga directamente o previa reclamación potestativa.

A tener en cuenta

De conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 19/2013, la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original dará lugar a la liquidación de la correspondiente tasa por expedición de documentos, regulada en la Ordenanza Fiscal nº 100.

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  • Plaza de la Constitución, 4, 2º, 33009, Oviedo
  • Teléfono: 985 981 800 (ext.2717)

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Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

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  • C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
  • Tel. 985 981 872

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  • C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
  • Tel. 984 083 797

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Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

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