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Solicitud de puestos de venta en el Mercado de Navidad de Oviedo (2024-25)

Solicitud de puestos de venta en el Mercado de Navidad de Oviedo (2023-24)

Mercado de Navidad 23/24

Objeto

El Ayuntamiento de Oviedo a través de la Concejalía de Economía, Transformación Digital y Políticas Sociales, convoca las Bases para la regulación del funcionamiento y del otorgamiento de las preceptivas autorizaciones para el ejercicio de la actividad de venta, con motivo del “Mercado de Navidad de Oviedo 2024/2025”, durante el periodo comprendido entre el  29 de noviembre de 2024 a 6 de enero de 2025. La autorización de venta, de acuerdo con lo establecido en las Bases, no prejuzga cualquier otra autorización o licencia que sea preceptiva.

 

 

Contacto e Información

Sección de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Oviedo:
Email: mercadonavidad@oviedo.es
Teléfono: 984 083 999

Instalaciones

El Mercado de Navidad ofertará a la venta un total de 104 casetas (102 destinadas a la venta de artesanía y otros productos, y 2 casetas a actividades de hostelería).

Cada puesto estará dotado de mostrador, rótulo identificativo con el nombre comercial del adjudicatario del puesto e iluminación independiente.

La actividad se desarrollará en la Plaza Porlier, Calle Eusebio González Abascal, Plaza Alfonso II “El Casto” y Calle Mendizábal.

Las instalaciones de suministro de electricidad, agua y saneamiento, serán por parte del Ayuntamiento de Oviedo. 

El Mercado contará con azafatas, servicio de seguridad nocturna y distintas animaciones.

Espacios del Mercado

El Mercado estará distribuido en dos espacios:

  • Categoría 1: Casetas destinadas a puestos de artesanía para adjudicatarios que estén dados de alta en los correspondientes registros oficiales de artesanos. (Se destinarán 49 casetas a esta categoría)
  • Categoría 2: Casetas destinadas a artículos típicos de Navidad, dulces navideños, artículos de regalo y otros. (Se destinarán 53 casetas a esta categoría, de las que 9 se reservan a productos alimentarios típicos navideños (dulces navideños y otros productos de confitería relacionados) elaborados artesanalmente, (según art.3.2. d) de las Bases de la convocatoria).
  • Hostelería: Casetas destinadas a hostelería/oferta gastronómica. (se destinarán 2 casetas). La prestación del servicio de hostelería incluirá conjunto de mesas y bancos de madera plegables en número de 6, para el puesto de hostelería de la Plaza Alfonso II, y de 3 para el puesto de la Plaza Porlier. Las mesas y bancos serán facilitadas por el Ayuntamiento; siendo el adjudicatario en cada caso, responsable de su gestión, orden y limpieza.

Los empresarios deberán estar dados de alta en el Impuesto de actividades económicas IAE, actividad de hostelería epígrafe 671 (restaurantes), 672 (cafeterías) y 673 (cafés y bares con o sin comida).

Solicitudes plazos y presentación

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá durante 10 días hábiles, del 1 de julio hasta el viernes día 12 de julio ambos incluidos.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, a través de los medios telemáticos habilitados en el portal web https://sede.oviedo.es/ o a través del registro oficial de cualquier otra administración. En este último caso, el solicitante deberá comunicar mediante correo electrónico a la dirección mercadonavidad@oviedo.es, la presentación de la solicitud presentada, en la misma fecha en la que presente la solicitud.

Documentación a presentar

  1. Cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I).
  2. Declaración responsable (Anexo II) relativo a: 
  1. Que no incurre en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
  2. Que asume la responsabilidad por los posibles daños que se pudieran ocasionar con motivo de la ocupación, incluida la que se pudiera derivar de cualquier producto que se expenda. 
  3. Que en caso de resultar adjudicatario se compromete a mantener póliza de seguro de responsabilidad civil con las coberturas y condiciones exigidas en esta convocatoria. 
  4. Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tanto estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.
  5. Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Oviedo.
  6. Que autoriza al Ayuntamiento de Oviedo para efectuar consulta de sus obligaciones tributarias, tanto estatales y autonómicas, Seguridad Social y el propio Ayuntamiento.
  7. Que autoriza al Ayuntamiento de Oviedo para efectuar consulta de alta a la TGSS, en caso de resultar adjudicatario. 
    El alta en la TGSS del interesado se comprobará por el Ayuntamiento en el plazo de la solicitud de participación. En caso de resultar adjudicatario se compromete al mantenimiento de alta durante toda la duración del mercado. En caso de que el adjudicatario contrate personal para la realización del Mercado de Navidad deberá acreditar igualmente el alta de los empleados al momento de inicio del mercado conforme al art. 7 de las bases reguladoras. 
  8. Que autoriza al Ayuntamiento para la consulta de DNI/NIE/TIE/Certificado comunitario-UE del solicitante en caso de personas físicas y, CIF del solicitante en caso de personas jurídicas. 
  9. Que autoriza al Ayuntamiento para la consulta de estar dado de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y epígrafe correspondiente. 

3. Los Artesanos que ocupen la Categoría 1 del Mercado, deberán estar inscritos en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias, requisito que debe ser acreditado por el solicitante, sin perjuicio de que sea comprobado por el Ayuntamiento de Oviedo. Las solicitudes de las empresas y talleres cuya inscripción en el Registro se encuentren aún en fase de trámite se aceptarán siempre que se acrediten y se declare la veracidad de esta circunstancia. Podrán participar artesanos de otras Comunidades Autónomas u otros países de la Unión Europea que cumplan los requisitos establecidos en materia de artesanía en su Comunidad o Estado Miembro correspondiente, en las mismas condiciones descritas en los párrafos anteriores. 

4. Para casetas de dulces navideños y otros productos de confitería relacionados, elaborados artesanalmente:

  1. Acreditación de manipuladores de alimentos de las personas que estarán en las casetas. En caso de tener que contratar personal, se aportará una vez sea adjudicada la caseta según art. 7 de las bases. Los cursos sobre manipulación de alimentos realizados por las personas que elaboren o expendan productos alimentarios deben estar actualizados. 
  2. Deberá presentar la información correspondiente de los alérgenos e intolerancias. En el caso de resultar adjudicatarios deberán exponerlo en cartel obligatorio.
  3. Copia del registro sanitario alimentario.

5. Para las casetas destinadas a Hostelería: 

  1. Acreditación de manipuladores de alimentos de las personas que estarán en las casetas. En caso de tener que contratar personal, se aportará una vez sea adjudicada la caseta. Los cursos sobre manipulación de alimentos realizados por las personas que elaboren o expendan productos alimentarios deben estar actualizados. 
  2. Deberá ofrecer información de los alérgenos e intolerancias. En el caso de resultar adjudicatarios deberán exponerlo en cartel obligatorio.
  3. Deberá realizar actividades de hostelería con carácter habitual, a acreditar mediante el correspondiente alta en IAE y epígrafe correspondiente.
  4. Justificante oficial de inscripción en el Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias (RPAEA) en la categoría de Establecimientos de comidas preparadas con finalidad comercial, o en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, en su caso.  
  1. Memoria lo más detallada posible, de los productos objeto de venta, describiendo en su caso el origen de los procedimientos de elaboración, en el caso de productos artesanales y dulces típicos navideños. A la descripción de los productos, deberán añadirse obligatoriamente fotografías recientes y variadas de las piezas/productos a exponer en las que quede suficientemente claro el tipo de artículos que se pondrán a la venta. Igualmente aportarán fotografías de las casetas montadas en otras ferias/mercados Navideños (si procede). La no descripción detallada de los productos, junto a la escasez o poca claridad en la aportación de fotografías, dará lugar a la exclusión para participar en el Mercado de Navidad. Los productos que no estén reflejados en las fotografías, no podrán ponerse a la venta. En caso de no presentar esta documentación en el momento de la solicitud, NO será objeto de requerimiento posterior ni de valoración en el proceso de admisión y de ponderación
  2. Justificante de haber participado en otros Mercados de Navidad en los últimos cinco años. En caso de haber participado en alguna de las convocatorias anteriores del Mercado de Navidad de Oviedo (entre la edición 2019-2020 hasta 2023-2024), deberá indicar en la solicitud tal circunstancia y el año de participación. A efectos de ponderación de la solicitud, de acuerdo con los criterios recogidos en este punto, certificados que acrediten la participación en otros mercados o ferias. En caso de no presentar esta documentación en el momento de la solicitud, NO será objeto de requerimiento posterior ni de valoración en el proceso de admisión y de ponderación.
  3. Certificado justificante de una póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor, que cubra las posibles reclamaciones derivadas de la actividad desarrollada, incluyendo la responsabilidad derivada de productos para el período autorizado y justificante de pago. El seguro se presentará con la solicitud y deberá estar en vigor durante la totalidad de la actividad, incluidos los días de montaje y desmontaje de la caseta por los adjudicatarios. El RSC contendrá los siguientes límites de cobertura: Límite general de indemnización: 300.000€ por siniestro y período de seguro (sublímite por víctima para todas las garantías. Mínimo 150.000 €) Franquicia máxima admitida de 600€.  

Sin perjuicio de lo anterior, la Organización podrá reclamar del solicitante cualquier información o documentación adicional que considere necesario, a fin de verificar los datos aportados para la correcta valoración de la solicitud y el correcto funcionamiento del mercado.

Pago y fianza

Antes de proceder a recoger la autorización para la venta, los adjudicatarios deberán:

  1. Prestar fianza por importe de 500,00€ para responder de posibles incumplimientos de las obligaciones establecidas en estas bases, previo informe favorable del responsable municipal competente.
  2. Realizar el pago del precio de la tasa de ocupación de los puestos según lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 121 del Ayuntamiento de Oviedo, reguladora de las tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con fines lucrativos, conforme a la dimensión de cada uno de los puestos. (Art.11 Epígrafe segundo Apartado E) Mercadillo de Navidad: por m2 , fracción y día 1,50€.  

El importe total de tasas a pagar, conforme la ordenanza es el siguiente: 

  • Categorías 1 y 2 de venta: 351,00€ 
  • Hostelería: 702,00€
  1. Adicionalmente cada uno de los adjudicatarios abonará un importe de 500,00€ relativo a los gastos generados por el desarrollo del mercado, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 121 (Art. 11 Epígrafe 2º de la Ordenanza Fiscal nº 121).

La forma y plazos para realizar el pago de la fianza, de las tasas de ocupación y de los gastos generados por el desarrollo del Mercado, se indicará en la Resolución de adjudicación de los puestos. La devolución de la fianza se efectuará en el número de cuenta indicado en el certificado bancario aportado por los adjudicatarios, según artículo 7 de las Bases, una vez finalizado el Mercado y verificado por el área de Comercio y Mercados que no ha habido incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Reguladoras.   

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