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Otorgamiento de representación por comparecencia (apud acta)

Descripción

Trámite que permite a cualquier persona, física o jurídica, designar a un representante para que actúe en su nombre ante el Ayuntamiento de Oviedo. Podrán actuar como representantes personas físicas con capacidad de obrar y personas jurídicas siempre que ello esté previsto en sus Estatutos.

Destinatarios

Interesados, ya sean personas físicas o jurídicas, con capacidad de obrar, que deseen actuar por medio de representante. 

Requisitos

Las personas físicas podrán presentar la solicitud presencial que consta en este trámite, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, o bien mediante la solicitud electrónica a través del trámite existente en el Portal del Ciudadano.
Si se trata de personas jurídicas o entidades obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015), la representación se otorgará siempre a través del Portal del Ciudadano y requerirá acreditar las facultades del poderdante, mediante certificación registral electrónica o indicando el código seguro u otro sistema de acceso y verificación del documento electrónico (art. 35 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo).
Sin perjuicio de lo anterior, la representación de las personas jurídicas podrá acreditarse también mediante certificado electrónico cualificado de representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

  •  Para la atribución de poderes de carácter general: 

Abogacía Consistorial 
Casa Consistorial, 1ª planta. 33009 Oviedo
Tel. 984 083800
abogacia@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 9.00 a 14.00 h.

  • Para atribución de poderes limitada a un determinado trámite en expedientes abiertos:

Será responsable la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente.

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

  • Apoderamiento de carácter general, para la tramitación de cualquier procedimiento:

En las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, ante funcionario/a habilitado/a a estos efectos, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho. Deberá acudir también el representante.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00

Solicitud presencial - Apoderamiento de carácter general, para la tramitación de cualquier procedimiento (PDF)

  • Apoderamiento limitado a un determinado trámite en expedientes abiertos:

En las oficinas municipales donde se tramite el expediente concreto al que se refiere, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho. Deberá acudir también el representante.

Solicitud presencial - Apoderamiento limitado a un determinado trámite en expedientes abiertos (PDF)

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

A través del trámite electrónico existente en el Portal del Ciudadano, accesible directamente en el siguiente enlace, previa identificación con certificado digital.

Solicitud electrónica - Apoderamiento de carácter general, para la tramitación de cualquier procedimiento (Portal del Ciudadano)

Solicitud electrónica - Apoderamiento limitado a un determinado trámite en expedientes abiertos (Portal del Ciudadano)

  • Artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En base al art. 5.7, el Ayuntamiento de Oviedo ha formalizado convenios con los colegios profesionales que se relacionan a continuación. Las actuaciones electrónicas realizadas conforme a esta habilitación no requieren ningún trámite adicional, ya que se genera automáticamente, en el expediente de que se trate, una justificación acreditativa de concurrir un supuesto de representación presunta.
    • Colegio de Abogados de Oviedo.
    • Colegio de Abogados de Gijón.
    • Colegio de Procuradores de Oviedo.
    • Colegio de Graduados Sociales de Asturias.
    • Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Asturias.
    • Colegio de Gestores Administrativos de Asturias.
    • Colegio de Arquitectos de Asturias.
    • Colegio de Economistas de Asturias.
    • Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Asturias.
    • Colegio de Graduados en Ingeniería Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de Asturias.
    • Colegio de Ingenieros Navales y Oceánicos.

El alcance de las previsiones de dichos convenios lo es para la representación en cada trámite concreto, no constituyendo la misma un apoderamiento general a favor del colegiado.

Descripción

Trámite que permite a cualquier persona, física o jurídica, designar a un representante para que actúe en su nombre ante el Ayuntamiento de Oviedo. Podrán actuar como representantes personas físicas con capacidad de obrar y personas jurídicas siempre que ello esté previsto en sus Estatutos.

Destinatarios

Interesados, ya sean personas físicas o jurídicas, con capacidad de obrar, que deseen actuar por medio de representante. 

Requisitos

Las personas físicas podrán presentar la solicitud presencial que consta en este trámite, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, o bien mediante la solicitud electrónica a través del trámite existente en el Portal del Ciudadano.
Si se trata de personas jurídicas o entidades obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015), la representación se otorgará siempre a través del Portal del Ciudadano y requerirá acreditar las facultades del poderdante, mediante certificación registral electrónica o indicando el código seguro u otro sistema de acceso y verificación del documento electrónico (art. 35 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo).
Sin perjuicio de lo anterior, la representación de las personas jurídicas podrá acreditarse también mediante certificado electrónico cualificado de representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

Plazos

Este trámite está abierto todo el año.

Unidad responsable

  •  Para la atribución de poderes de carácter general: 

Abogacía Consistorial 
Casa Consistorial, 1ª planta. 33009 Oviedo
Tel. 984 083800
abogacia@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 9.00 a 14.00 h.

  • Para atribución de poderes limitada a un determinado trámite en expedientes abiertos:

Será responsable la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente.

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

  • Apoderamiento de carácter general, para la tramitación de cualquier procedimiento:

En las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, ante funcionario/a habilitado/a a estos efectos, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho. Deberá acudir también el representante.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872
registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00

Solicitud presencial - Apoderamiento de carácter general, para la tramitación de cualquier procedimiento (PDF)

  • Apoderamiento limitado a un determinado trámite en expedientes abiertos:

En las oficinas municipales donde se tramite el expediente concreto al que se refiere, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho. Deberá acudir también el representante.

Solicitud presencial - Apoderamiento limitado a un determinado trámite en expedientes abiertos (PDF)

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

A través del trámite electrónico existente en el Portal del Ciudadano, accesible directamente en el siguiente enlace, previa identificación con certificado digital.

Solicitud electrónica - Apoderamiento de carácter general, para la tramitación de cualquier procedimiento (Portal del Ciudadano)

Solicitud electrónica - Apoderamiento limitado a un determinado trámite en expedientes abiertos (Portal del Ciudadano)

  • Artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En base al art. 5.7, el Ayuntamiento de Oviedo ha formalizado convenios con los colegios profesionales que se relacionan a continuación. Las actuaciones electrónicas realizadas conforme a esta habilitación no requieren ningún trámite adicional, ya que se genera automáticamente, en el expediente de que se trate, una justificación acreditativa de concurrir un supuesto de representación presunta.
    • Colegio de Abogados de Oviedo.
    • Colegio de Abogados de Gijón.
    • Colegio de Procuradores de Oviedo.
    • Colegio de Graduados Sociales de Asturias.
    • Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Asturias.
    • Colegio de Gestores Administrativos de Asturias.
    • Colegio de Arquitectos de Asturias.
    • Colegio de Economistas de Asturias.
    • Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Asturias.
    • Colegio de Graduados en Ingeniería Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de Asturias.
    • Colegio de Ingenieros Navales y Oceánicos.

El alcance de las previsiones de dichos convenios lo es para la representación en cada trámite concreto, no constituyendo la misma un apoderamiento general a favor del colegiado.