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¿Cómo solicitar un poder para presentar trámites en representación de otras personas?

Las personas físicas y jurídicas, pueden actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas.

Para poder hacerlo es necesario disponer de un “poder”. Se establecen dos tipos de apoderamiento:

  1. Atribución de poderes de carácter general. Abierto a la tramitación de cualquier procedimiento

    Si el representado es una persona física no obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración (Art. 14.2 de la Ley 39/2015) podrá otorgarlo:

    1. Presencialmente, solicitando cita previa en las oficinas municipales de Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, sitas en la calle Quintana nº 6
    2. A través del portal del ciudadano portal.oviedo.es               

    Si se trata de personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica o personas físicas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración se otorgará  siempre a través del portal del ciudadano y requerirá acreditar las facultades del poderdante, pudiendo aportar para ello certificación registral electrónica o indicar el código seguro u otro sistema de acceso y verificación del documento electrónico, en los términos del artículo 35 del RD 203/2021 .

    Puede solicitarlo en sede.oviedo.es

  2. Atribución de poderes limitada a un determinado trámite de expedientes abiertos

    Si el representado es una persona física no obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración (Art. 14.2 de la Ley 39/2015) podrá otorgarlo:

    1. Presencialmente, solicitándolo presencialmente en las oficinas de la entidad donde se tramite el procedimiento en cada caso
    2. A través del portal del ciudadano portal.oviedo.es

    Si se trata de personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica o personas físicas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración se otorgará  siempre a través del portal del ciudadano y requerirá acreditar las facultades del poderdante, pudiendo aportar para ello certificación registral electrónica o indicar el código seguro u otro sistema de acceso y verificación del documento electrónico, en los términos del artículo 35 del RD 203/2021 .

    Puede solicitarlo en sede.oviedo.es

Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores se recomienda, por resultar válido para actuar  ante cualquier Administración, que la representación de las personas jurídicas se acredite mediante certificado electrónico cualificado de representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34.1 del RD 203/2021.