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Reconocimiento voluntario de responsabilidad de infracción en procedimiento sancionador en materia de venta ambulante

Objeto

El presente trámite permite al interesado, en cualquier momento anterior a su resolución, reconocer de manera voluntaria su  responsabilidad derivada de la incoación de un procedimiento sancionador por la comisión de una infracción administrativa en materia de venta ambulante, lo que da opción a una reducción del 20% en la sanción propuesta.

Destinatarios

Interesados en un procedimiento sancionador en materia de venta ambulante en calidad de infractores. 

Plazo

Este trámite está disponible todo el año.

Documentación a presentar

  • Formulario debidamente cumplimentado 

Unidad responsable

Comercio y Mercados

Modo de presentación: presencial y electrónico (a través de una instancia general)

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872

Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
 

registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Asimismo, en los registros de otras Administraciones Públicas o en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud presencial (PDF)

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)

  • Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 
  • Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante del Ayuntamiento de Oviedo
  • Ordenanza Municipal Reguladora de las Ocupaciones de Espacios Públicos del Ayuntamiento de Oviedo

Objeto

El presente trámite permite al interesado, en cualquier momento anterior a su resolución, reconocer de manera voluntaria su  responsabilidad derivada de la incoación de un procedimiento sancionador por la comisión de una infracción administrativa en materia de venta ambulante, lo que da opción a una reducción del 20% en la sanción propuesta.

Destinatarios

Interesados en un procedimiento sancionador en materia de venta ambulante en calidad de infractores. 

Plazo

Este trámite está disponible todo el año.

Documentación a presentar

  • Formulario debidamente cumplimentado 

Unidad responsable

Comercio y Mercados

Modo de presentación: presencial y electrónico (a través de una instancia general)

Presencial

Modalidad permitida a personas físicas que no hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14 de la Ley 39/2015).

La presentación se podrá realizar en los siguientes lugares, aportando DNI u otro medio de identificación válido en derecho, así como acreditación de la representación en caso de ser necesaria.

Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
C/ Quintana, 6 bajo. 33009 Oviedo
Tel. 985 981 872

Registro Auxiliar de La Corredoria
C/ Corredoria Alta, 82. 33011 Oviedo
Tel. 984 083 797
 

registrogeneral@oviedo.es
Horario: lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 h

Asimismo, en los registros de otras Administraciones Públicas o en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud presencial (PDF)

Electrónica

Modalidad obligatoria para personas jurídicas y demás entidades indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y voluntaria para las personas físicas que hayan optado por relacionarse electrónicamente con la Administración.

La presentación se podrá realizar a través del Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo en el siguiente enlace, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitud electrónica (Portal del ciudadano)

  • Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 
  • Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante del Ayuntamiento de Oviedo
  • Ordenanza Municipal Reguladora de las Ocupaciones de Espacios Públicos del Ayuntamiento de Oviedo