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Designación de miembros de la Junta de Gobierno Local, régimen de sesiones y Secretario titular y suplentes de dicho Órgano Colegiado 21·06·2023

La Alcaldía por resolución nª 2023/9518 de 10-06 dispuso lo siguiente:

==”1º.- Designar inicialmente como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes Concejales/as:

  • D. Mario Arias Navia.
  • D. Ignacio Cuesta Areces.
  • Dña. María Concepción Méndez Suárez.
  • Doña Leticia González Álvarez.
  • D. Alfredo García Quintana.
  • D. José Ramón Prado Pérez.
  • Dña. Covadonga Díaz Álvarez.
  • D. José Ramón Pando Álvarez.
  • D. David Álvarez Menéndez.

Se designa como Secretario de la Junta de Gobierno Local:

  • Titular: D. Ignacio Cuesta Areces 
  • Primer suplente: Dña. María Concepción Méndez Suárez.
  • Segundo suplente: Dña. Covadonga Díaz Álvarez.


2º.- Régimen de sesiones ordinarias: una sesión ordinaria semanal a celebrar inicialmente los jueves a las 10:00 horas. La Alcaldía, en caso de festivo o por razones de agenda para procurar la mayor asistencia, podrá modificar el día y la hora de la celebración de la sesión ordinaria semanal.

3º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==

Oviedo a 21 de junio de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Convocatoria complementaria para la selección de representantes de la administración en los próximos procesos electorales. 7·06·2023

Con el fin de completar la lista conformada para las elecciones municipales y autonómicas del pasado 28 de mayo y poder trasladar a la Delegación del Gobierno una propuesta de nombramiento de REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN para que desarrollen sus funciones en las Mesas Electorales del Municipio de Oviedo en los próximos procesos electorales previstos para 2023 (elecciones generales) se abre un periodo complementario para que los interesados soliciten su inclusión en la misma.

Puesto que se trata de completar la bolsa de representantes conformada para las elecciones del 28 de mayo de 2023 NO DEBERÁN FORMULAR NUEVA SOLICITUD LAS PERSONAS QUE YA FORMAN PARTE DE LA MISMA. ESTAS PERSONAS UNICAMENTE DEBERÁN CONFIRMAR SU DISPONIBILIDAD PARA PARTICIPAR EN LAS TAREAS VINCULADAS A LA ELECCIONES GENERALES DEL 23 DE JULIO 2023. LA CONFIRMACIÓN SE REALIZARÁ CUBRIENDO EL FORMULARIO SIGUIENTE: Confirmación representantes

Los nuevos interesados que, cumpliendo los requisitos, deseen incorporarse a la bolsa de representantes de la administración deben presentar su solicitud conforme a las Instrucciones del presente documento y cumplimentando el siguiente formulario: Inscripción nuevos representantes

Presentación de solicitudes: Pueden presentar solicitudes el personal municipal del Ayuntamiento de Oviedo para ellos y/o para sus familiares. También podrá presentar solicitud emplead@s públic@s de otras Administraciones.

Para presentar las solicitudes

A. Personal municipal del Ayuntamiento de Oviedo. Pueden utilizar tres cauces:

  1. Rellenando el formulario “Solicitud Representantes del Ayuntamiento de Oviedo” desde el siguiente enlace: https://forms.gle/D9jQUYXcQ3x7crSY6  y pulsando el botón ENVIAR al final del mismo.
  2. Desde la página web https://elecciones.oviedo.es entrando en la pestaña FORMULARIOS y escogiendo “Formulario Solicitud Nuevos Representantes”. (NOTA: ACCEDER A LA PÁGINA DESDE FUERA DE LA RED MUNICIPAL)
  3. Desde el Portal del Empleado en el apartado PROCESOS ELECTORALES”.

B. Emplead@s públic@s de otras Administraciones:

Desde la página web https://elecciones.oviedo.es entrando en la pestaña FORMULARIOS y escogiendo “Solicitud Representantes de otras Administraciones”.

Plazo de presentación: hasta el día 16 de junio de 2023.

Criterios de selección: Se tendrá en cuenta en primer lugar, el número de veces que los solicitantes hayan realizado de manera satisfactoria las tareas de representante de la administración en los últimos trece procesos electorales (de los que se tiene constancia en las bases de datos de elecciones del Ayuntamiento), por el siguiente orden:

1º) Representantes que hayan participado como transmisor con dispositivo electrónico.

2º) Representantes que hayan participado sin dispositivo electrónico.

3º) Personal municipal y emplead@s públic@s de otras Administraciones sin experiencia.

4º) Familiares de personal municipal, sin experiencia, siguiendo el grado de parentesco con el solicitante a través del cual participan.

En las solicitudes presentadas por emplead@s públic@s de otras Administraciones deberá acreditarse tal condición mediante el correspondiente certificado.

Los servicios realizados anteriormente como representante en el Ayuntamiento de Oviedo se computarán de oficio. Los servicios prestados en otros ayuntamientos deberán acreditarse mediante certificado expedido por la entidad en la se realizaron las tareas a computar.

Requisitos necesarios en todos los casos:

A) El/la Representante de la Administración seleccionado deberá estar disponible para las sesiones de formación y recogida de material en las previas a la votación.

B) El/la Representante de la Administración seleccionado deberá estar libre de servicio el día de las elecciones desde la apertura de los colegios electorales y hasta que entregue la documentación y el material electoral en el Ayuntamiento.

C) No podrá encontrarse en situación de baja laboral o en suspensión de funciones.

D) Cada representante deberá disponer de teléfono móvil en el que: recibirá información sobre el proceso electoral; podrá ser requerido para recoger documentación de las Mesas y, especialmente deberá estar operativo desde la víspera de las elecciones hasta que entregue la documentación en el Ayuntamiento de Oviedo una vez finalizado el proceso electoral.

E) No podrán ser representantes de la Administración quienes formen parte de una candidatura en las elecciones o desempeñen el cargo de Interventor en las mesas electorales ese mismo día.

F) Los representantes de la Administración seleccionados que no atiendan los requerimientos para realizar sus funciones, quedarán excluidos automáticamente.

G) En el Portal del Empleado (“Procesos electorales”) y principalmente en la web https://elecciones.oviedo.es se facilitará información relacionada con las tareas asignadas a los representantes. (NOTA: ACCEDER A LA PÁGINA DESDE FUERA DE LA RED MUNICIPAL)

Nombramiento de Concejal en régimen de dedicación exclusiva 12·05·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/7038 del 11 de mayo dispuso lo  siguiente:

1º.- Nombrar Concejal en régimen de dedicación exclusiva a Don Luis Pacho  Ferreras, a propuesta del Grupo municipal de Ciudadanos siendo además Portavoz de dicho Grupo municipal, así como integrante de Comisiones Plenarias. Todo ello con efectos del día 19 de abril de 2023 y con una retribución de 46.000 euros brutos/año (correspondiente a la dedicación en jornada completa de los Concejales de los Grupos de la oposición).

2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 12 de mayo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Cuarta modificación del régimen de dedicación de concejales/as /Grupos oposición 12·05·2023

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 10 de mayo 2023, adoptó el siguiente acuerdo sobre régimen de dedicación y retributivo de Concejales:

== “El Pleno mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 3 de julio 2019, modificado por acuerdos de 30 de julio y del 30 de septiembre de 2019, y de 2 de marzo de 2021 estableció el siguiente régimen de dedicación y retributivo de los concejales/as:

  • Ocho Concejales/as de Gobierno con dedicación exclusiva. Retribución de 52.000 euros brutos/año.
  • Cuatro concejales/as delegados/as con dedicación exclusiva. Retribución de 48.000 euros brutos/año.
  • Cinco concejales/as de los grupos municipales de la oposición con dedicación exclusiva y dos concejales/as a 75% de la jornada, con la siguiente distribución:

a) Grupo Municipal Socialista: cuatro concejales/as.
b) Grupo Municipal Somos Oviedo: dos concejales/as a 75% de la jornada.
c) Grupo Municipal Vox: un/a concejal/a.

Retribución de 46.000 euros brutos/año jornada completa y 23.000 euros brutos/año media jornada.

El Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos, don Luis Pacho Ferreras, con fecha 18 de abril (nº de anotación 34458), presenta una solicitud para modificar el acuerdo plenario sobre el régimen de dedicación y retributivo de los concejales de la Corporación, habilitando un puesto para un concejal del Grupo Municipal Ciudadanos con dedicación exclusiva y con unas retribuciones equivalentes a la de los concejales de los grupos de la oposición en la misma situación.

Mediante Providencia del Concejal de Gobierno de Interior de 28/.4/2023 se dispuso la tramitación del correspondiente expediente y en cumplimiento de la misma se han emitido de la Sección de Personal, Oficina Presupuestaria e Intervención.

En base a todo ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 7/1985 se propone que el Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

1º.-Modificar el régimen de dedicación y retributivo de los concejales/as suprimiendo un puesto de concejal delegado con dedicación exclusiva y creando un puesto de concejal con dedicación exclusiva del Grupo Municipal Ciudadanos con efectos desde el 19-04-2023.

2º.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo Municipal y página web.”==

Oviedo a 12 de mayo de 2023. El Secretario General del Pleno. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.

Aprobación de modelo de certificaciones de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación 11·05·2023

La Junta de Gobierno Local de fecha 11 de mayo de 2023 adoptó el siguiente acuerdo:

El Anexo XI del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, recoge el modelo de Certificación ordinaria, anticipada o final, que conforme a la disposición final primera de la citada norma no tiene carácter básico.

La ausencia de un modelo aprobado de certificación de obras de obligada aplicación para los contratos de obra tramitados en este Ayuntamiento, determina la falta de homogeneidad de las certificaciones de obra emitidas por los directores de obra de los contratos municipales.

Por otro lado, la reciente doctrina de la Dirección General de Tributos y de la Intervención General de la Administración del Estado en relación al tratamiento fiscal, presupuestario y contable de las penalidades por demora e incumplimiento recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público, aconseja clarificar el modo de incluir las mismas en las certificaciones de obra emitidas por este Ayuntamiento.

Visto que el artículo 22.6 de las vigentes Bases de Ejecución del Presupuesto general establece que “En los contratos de obra, la aprobación de cada certificación de obra expedida por el director de la misma implica el reconocimiento de la obligación. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá acompañar la factura.”

Visto que el artículo 21 de las Bases de Ejecución del Presupuesto establece que el reconocimiento de obligaciones es competencia del Alcalde y por delegación de este del Concejal de Gobierno que ostente las competencias en materia de Hacienda.

Considerando que la disposición adicional segunda de la Ley de Contratos del Sector Público otorga a la Junta de Gobierno Local las competencias en materia de contratación en este Ayuntamiento,

Esta Concejalía de Gobierno de Economía y Transformación Digital PROPONE: 

PRIMERO.- Aprobar el modelo de certificación de obra ordinaria, anticipada, final o de liquidación, que se recoge como Anexo a este  acuerdo.

SEGUNDO.- Las certificaciones de obra emitidas por los directores de los contratos de obra adjudicados por el Ayuntamiento de Oviedo se ajustarán al modelo del anexo I que será de uso obligatorio.

TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BIM.

CUARTO.- En los contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo, el modelo del Anexo I tendrá carácter potestativo

 

Modificación de la Presidencia de la Comisión de Plenaria de Urbanismo, Infraestructuras, Servicios Básicos y Participación 5·05·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/6617 de 4 de mayo dispuso lo siguiente:

  • Nombrar como Presidente de la Comisión Plenaria de Urbanismo, Infraestructuras, Servicios Básicos y Participación a don Luis Pacho Ferreras y como vicepresidente a don Gerardo Antuña Peñalosa.
  • Publicar esta Resolución en el Boletín de Información Municipal y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. 

Oviedo a 5 de mayo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Modificación de la composición de la Junta de Portavoces 25·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5985 de 24-04 dispuso lo siguiente:

1º.- Modificar la composición de la Junta de Portavoces en lo referente al Grupo Municipal Ciudadanos-Oviedo en los siguientes términos:

Portavoz: don Luis Pacho Ferreras.

Portavoz suplente: don Alfonso Pereira Conde

2º.- Dar cuenta de esta modificación al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre y publicarlo en el BIM y web municipal.

Oviedo a 25 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Decreto de Alcaldía sobre cese de Concejal Delegado 20·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5631 del 18 de abril, dispuso lo siguiente:
1. Tomar razón y aceptar la renuncia presentada, disponiendo la revocación de las delegaciones y con ello el cese de don Alfonso Manuel Pereira Conde, como Concejal Delegado de Vías urbanas y rurales así como Alumbrado urbano y rural. Todo ello con efectos del día siguiente a la de la firma de la presente Resolución.
2. Dar traslado de este acuerdo a los Servicios de Vías y Alumbrado, así como al de TIC; todo ello a efectos de la supresión de los trámites así como de los circuitos de firma correspondientes.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web Municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre. 
Oviedo a 20 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Cantenil Fernández.

Decreto de Alcaldía sobre cese de Concejal Delegado así como en el desempeño del cargo en régimen de dedicación exclusiva 20·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5630 del 18 de abril, dispuso lo siguiente:
1. Tomar razón y aceptar la renuncia presentada, disponiendo la revocación de las delegaciones y con ello el cese de Don Luis Pacho Ferreras, como Concejal Delegado de Distritos, Edificios y Patrimonio, así como en la Presidencia de los Consejos de Distrito Urbano 3, Urbano 5 y Rural 1. Todo ello con efectos del día siguiente a la de la firma de la presente Resolución.
2. Disponer el cese de Don Luis Pacho Ferreras en el desempeño del cargo como Concejal en régimen de dedicación exclusiva, para el que había sido nombrado en su condición de Concejal Delegado a la que ha renunciado. Todo ello con efectos del día siguiente al de la firma de la presente Resolución.
3. Dar traslado de este acuerdo a los Servicios de Distritos, Edificios y Patrimonios, así como a los de Personal y TIC; todo ello a efectos de lo procedente en cuanta a liquidación de haberes y baja en la Seguridad Social, así como supresión de los trámites y circuitos de firma correspondientes.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web Municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre. 
Oviedo a 20 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Cantenil Fernández.

Comunicado sobre revisión anual ordinaria de vehículos auto-taxi 13·04·2023

Esta Sección de Transportes estima que la revisión anual de los Auto-Taxis, de conformidad con el art. 8 del Reglamento Municipal de los Automóviles Ligeros de Servicio Público, se podría llevar a cabo entre los días 8 de mayo y 1 de junio, ambos inclusive.

Asimismo, se propone efectuar dicha revisión en el ESTADIO CARLOS TARTIERE (puerta 12), en la franja horaria comprendida entre las 16:00 horas y las 19:00 horas, y con el siguiente orden de licencias:

  • Día 8 mayo del 1 al 25
  • Día 9 mayo del 26 al 50
  • Día 10 mayo del 51 al 75 
  • Día 11 mayo del 76 al 100
  • Día 15 mayo del 101 al 125
  • Día 16 mayo del 126 al 150
  • Día 17 mayo del 151 al 175 
  • Día 18 mayo del 176 al 200
  • Día 22 mayo del 201 al 225
  • Día 23 mayo del 226 al 250
  • Día 24 mayo del 251 al 275
  • Día 25 mayo del 276 al 300
  • Día 29 mayo del 301 al 312
  • Día 01 junio Subsanación, revisiones con deficiencias

A la revisión de los vehículos se presentarán los titulares de las licencias, u otra persona portando baja médica de aquél, que justifique su ausencia, para lo cual deberán presentar la siguiente documentación:

  1. BOLETÍN DE CONTROL METROLÓGICO (Anexo II ORDEN ITC/3709/2006).
  2. HOJAS DE RECLAMACIONES.
  3. REGLAMENTO NACIONAL Y MUNICIPAL DE AUTO-TAXIS.
  4. TALONARIO-RECIBO (modelo oficial donde constará el número de licencia, DNI, numeración de talonario y desglose de la cantidad percibida, según tarifas vigentes).
  5. PERMISO DE CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO.
  6. TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA.
  7. CERTIFICADO DE SEGURO EN VIGOR (ÚLTIMO RECIBO, EN PAPEL).
  8. PERMISO DE CONDUCCIÓN (Del titular y Asalariados).
  9. PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR (Del titular y Asalariados, si los hubiese).
  10. CERTIFICADO de estar al corriente de pago en las COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, tres últimos recibos.
  11. CÁMARAS. Se acreditará el cumplimiento de la normativa en vigor (Ley 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales).
  12. Justificante de abono de las tasas recogidas en las Ordenanzas de Tributos y Precios Públicos:
    • Ordenanza Fiscal 101, art. 4-3º, apdo. 2º, (Revisión o reconocimiento), 19,14 €

    • Ordenanza Fiscal 122, art. 11-6º, apdo. 4º, (Reserva de espacio), 35,02 €

Se recuerda: 

  • Que los titulares de las licencias tienen la obligación de comunicar cualquier incidencia que impida presentar el vehículo a revisión. 
  • No se permitirá la instalación de publicidad que no esté autorizada, ni pegatinas ej. “pago con tarjeta”, “pidetaxi”, etc. 
  • Con carácter transitorio, en tanto se tramita la modificación del art. 9 del Reglamento, se permitirán las bandas traseras tal como están configuradas en la actualidad…
  • Las pegatinas que identificaban los días de descanso deben ser retiradas.
Nombramiento de Personal Eventual: Asesor/a del Grupo Municipal Popular 12·04·2023

La Alcaldía por resolución nº 2023/5278 de 11 de abril, dispuso lo siguiente:

1º.- Nombrar como Personal Eventual: asesora del Grupo Municipal Popular, en régimen del 50% de jornada, a Dª. Mª Trinidad Salomé Suárez Martínez, con efectos de 11 de abril de 2023.

2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 12 de abril de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Modificación del personal eventual: asesores/as del Grupo Municipal Popular 30·03·2023

La Junta de Gobierno Local mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 23 de marzo 2023, ha aprobado la octava modificación del régimen de personal eventual consistente en:

Modificar un puesto de asesor/a con dedicación completa del Grupo Municipal Popular sustituyéndolo por dos puestos con dedicación parcial al 50%.

En virtud del citado acuerdo, la Alcaldía por Resolución nº 2023/4539 de 24 de marzo de 2023, dispuso lo siguiente:

Nombrar como Personal Eventual: asesor/a del Grupo Municipal Popular, en régimen del 50% de jornada, a D. Antonio Salgado Gil, con efectos de 24 de marzo de 2023.


Oviedo a 30 de marzo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Convenio de colaboración entre el Excelentísimo Ayuntamiento de Oviedo y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón para el reconocimiento de... 10·03·2023

En Oviedo a 10 de marzo de 2023.

Comparecen, de una parte,
Don Alfredo Canteli Fernández, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Oviedo, en ejercicio de las facultades de representación que le confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
De otra.

  • Don Benigno Villarejo Alonso, con NIF.: 10.842.497-K, en nombre y representación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón, CIF Q3363004G, en su condición de Decano y conforme a las facultades que le confiere el artículo 78 del Estatuto colegial, y con domicilio en la plaza Decano Eduardo Ibaseta. Nº 1, planta 2ª, Gijón.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para la firma del presente convenio, lo que hacen en base a los siguientes;

ANTECEDENTES.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP, establece como principio inspirador la tramitación electrónica de los procedimientos. De conformidad con este principio las personas podrán elegir en todo momento si se comunican a través de medios electrónicos con la Administración para el ejercicio de sus derechos y obligaciones; no obstante, los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de esta Ley resultan obligados a relacionarse electrónicamente para cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Este nuevo marco legal de relación de los ciudadanos con la Administración ha supuesto que la figura del representante adquiera especial relevancia. El artículo 5.1 de la Ley 39/2015 prevé que los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación en contra del interesado. El apartado 7 de este mismo artículo 5, al objeto de facilitar el mecanismo de la representación, establece:
“Las Administraciones Públicas podrán habilitar con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Dicha habilitación deberá especificar las condiciones y obligaciones a las que se comprometen los que así adquieran la condición de representantes, y determinará la presunción de validez de la representación salvo que la normativa de aplicación prevea otra cosa. Las Administraciones Públicas podrán requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación. No obstante, siempre podrá comparecer el interesado por sí mismo en el procedimiento.”
Al amparo de este precepto las partes suscribieron con fecha 12 de marzo de 2019 un convenio de colaboración en virtud del cual el Ayuntamiento de Oviedo ha reconocido sin más trámites, según relación comunicada y actualizada por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón, la condición de representantes a los colegiados/as ejercientes que intervengan en procedimientos administrativos municipales en esa condición. El referido convenio de colaboración contempla en su cláusula sexta una vigencia inicial de cuatro años. Próximo su vencimiento y ante los sucesivos aplazamientos en la puesta en funcionamiento del Registro General de Apoderamientos previsto en el artículo 6 de la Ley 39/2015, se hace necesaria una renovación del mismo en la que, por razones de agilidad en la gestión y economía administrativa, se extenderán sus efectos a los trámites ante la Fundación Municipal de Cultura, se incluyen como beneficiarios además de los colegiados personas físicas a las sociedades profesionales constituidas al amparo de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, procediéndose igualmente a la actualización de las referencias al régimen de protección de datos personales.
En consecuencia, las partes firmantes
ACUERDAN:

Primero.- El Ayuntamiento de Oviedo, al amparo de lo previsto en el artículo 5.7, de la Ley 39/2015, reconoce a los/as abogados/as ejercientes que figuren en la relación comunicada por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón el carácter de representantes en los procedimientos administrativos, tanto del propio Ayuntamiento de Oviedo como de la Fundación Municipal de Cultura, en los que intervengan invocando tal condición.

El Ayuntamiento de Oviedo y la Fundación Municipal de Cultura reconocerán, igualmente, el carácter de representantes, en los términos y condiciones del presente convenio, a las sociedades profesionales constituidas al amparo de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, que figuren inscritas en el Registro de Sociedades Profesionales del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón.

Segundo.- El Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón comunicará, mediante certificación expedida por su secretario/a, al Ayuntamiento de Oviedo, dentro de los diez días siguientes a la firma del presente convenio, la relación de sus colegiados/as que se acogen a las previsiones del mismo, a estos efectos facilitará exclusivamente los datos de nombre, apellidos y número de identificación fiscal. En el caso de sociedades profesionales en la certificación comunicada por dicho Colegio se identificarán las personas que tengan legalmente atribuida la representación de las mismas.
El Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón se compromete a mantener actualizada la citada relación comunicando de inmediato las variaciones por altas o bajas que se produzcan en la misma.

Tercero.- Los datos personales de los representantes y, en su caso, de las personas empleadas del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón se tratarán por el Ayuntamiento de Oviedo - como responsable del tratamiento según lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y demás normativa complementaria. 
La finalidad del tratamiento de los datos personales es la realización de los trámites necesarios en el proceso de desarrollo del convenio, así como durante la ejecución del mismo, según lo establecido en el Convenio. La finalidad es el reconocimiento por parte del Ayuntamiento, según relación comunicada y actualizada por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón, de la condición de representantes de los colegiados/as que intervengan en procedimientos administrativos y trámites previstos en el Convenio.
El tratamiento de los datos personales se basa en el artículo 6.1 e) del RGPD el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento con base en el la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administrativo Públicas.
Los datos personales podrán ser cedidos en cumplimiento de una obligación legal. No se realizarán transferencias internacionales de los datos personales fuera de la Unión Europea.
El plazo de conservación de los datos personales responderá a los plazos de prescripción de las posibles reclamaciones o infracciones que pudieran derivarse de la ejecución del convenio. Una vez concluido el citado plazo, la conservación se atendrá a los plazos establecidos en los calendarios de conservación dictaminados por la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ayuntamiento publicados en la página web municipal.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión y aquellos otros previstos en la normativa de protección de datos personales como oposición, limitación, portabilidad podrán ejercitarse, cuando procedan, ante Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Oviedo - Plaza de la Constitución, 1 -  33071 OVIEDO (Asturias) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: sede.oviedo.es.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos – Dirección: C/Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID (Madrid) – Sede electrónica: sedeagpd.gob.es, con carácter previo a la presentación de una reclamación, ante la Agencia Española de Protección de Datos, podrá dirigirse con carácter previo y potestativo al Delegado de Protección de Datos a través de la dirección de correo electrónico: dpd@oviedo.es.


Cuarto.- En el momento en que un colegiado/a, incorporado a las previsiones de este convenio, comparezca en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Oviedo actuando como representante del interesado en un procedimiento administrativo, de forma automatizada se incorporará al correspondiente expediente testimonio de dicha condición para conocimiento y constancia de la unidad tramitadora; ello sin perjuicio de que se le pueda requerir en cualquier momento que acredite la representación conferida por el interesado.
En el caso de sociedades de profesionales la comparecencia en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oviedo debe realizarse utilizando certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica o sistemas basados en certificados cualificados de sello electrónico admitidos por las Administraciones Públicas para la identificación electrónica de personas jurídicas, todo ello en los términos del artículo 27.2) y 3) del RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
El alcance de las previsiones de este convenio lo es para la representación en cada asunto concreto, no constituyendo la misma un apoderamiento general a favor del colegiado que haga uso de esta facultad de representación. 

Quinto.- El incumplimiento por parte de un colegiado/a acogido a las previsiones de este convenio de la obligación de acreditar, a requerimiento de la correspondiente unidad tramitadora,  la representación en la que manifiesta actuar será causa de exclusión de la relación de beneficiarios del mismo. Dicha exclusión requerirá de la tramitación del oportuno expediente con audiencia al afectado y al Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón. Firme el acuerdo de exclusión se dará comunicación del mismo al Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón para que adopte las medidas disciplinarias que procedan conforme a su código deontológico, sin prejuzgar el trámite alcance de las mismas.

Sexto.- La vigencia de este convenio es de cuatro años a contar desde del día de su firma, y sin perjuicio de la posibilidad de su prórroga por acuerdo expreso de ambas partes adoptado antes de su vencimiento.
Cabe la denuncia anticipada por cualquiera de las partes manifestada con dos meses de antelación.
No obstante lo anterior el Ayuntamiento de Oviedo se reserva la facultad, previa audiencia al Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón de modificar aquellas previsiones de este convenio que puedan resultar afectadas por la puesta en funcionamiento del Registro General de Apoderamientos previsto en el artículo 6 de la Ley 39/2015.

Séptimo.- Para la resolución de las dudas de interpretación que surjan de la aplicación de este convenio se constituirá una comisión de seguimiento integrada por cuatro miembros, dos designados por cada parte.

Octavo.- El presente documento tiene naturaleza jurídica de convenio administrativo y para lo no previsto expresamente en el mismo se estará a lo dispuesto en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2016, de1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
La resolución de los conflictos derivados de este convenio corresponde, en última instancia a los juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.

En prueba de conformidad las partes firman el presente convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.

Oviedo a 10 de marzo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Delegación de competencias del consejo rector a favor del presidente de la Fundación Municipal de Cultura 9·03·2023

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de los estatutos de la Fundación Municipal de Cultura y con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público lo siguiente:

El Consejo Rector de la F.M.C., en sesión celebrada el 6 de marzo de 2023, acordó lo siguiente: 

==” La delegación de la competencia en materia de responsabilidad patrimonial a favor del Presidente de la Fundación Municipal de Cultura, en equiparación a la tramitación de dichos expedientes en el Ayuntamiento de Oviedo, permitiendo así una mayor agilidad y eficiencia en la actuación administrativa.”==

Oviedo a 9 de marzo de 2023. El Secretario de la F.M.C. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.

Delegación de competencias de la Comusión Delegada de la FMC en materia de contratación 8·03·2023

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de los estatutos de la Fundación Municipal de Cultura y con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público lo siguiente:

La Comisión Delegada de la F.M.C., en sesión celebrada el 6 de marzo de 2023, acordó lo siguiente: 

==” 1º La delegación de competencias de la Comisión Delegada, como órgano de contratación, a favor del Presidente de la Fundación Municipal de Cultura para el inicio del expediente de contratación.

2º La delegación de competencias de la Comisión Delegada, como órgano de contratación, a favor del Presidente de la Fundación Municipal de Cultura para la aprobación del expediente de contratación, Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliegos de Prescripciones Técnicas, disponer la apertura del procedimiento y la aprobación del gasto.”==

Oviedo a 8 de marzo de 2023. El Secretario de la F.M.C. Fdo.: Jesús Fernández de la Puente Pérez.

Decreto de modificacion de nombramiento de personal eventual: asesor/a del Grupo Mixto/VOX 8·03·2023

La Junta de Gobierno Local mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 1 de marzo 2023, modificado por acuerdos de 18 y 25 de julio de 2019, de 4 de febrero y  de 31 de marzo de 2021, de 10 de febrero de 2022, de 26 de enero y de 2 de marzo  de 2023, estableció el siguiente régimen de personal eventual;

““1º.-  Autorización  de  nombramiento  de  coordinadores  y  asesores  como  personal eventual de acuerdo con la siguiente distribución:

A) Cinco  coordinadores/as  (secretarios/as)  de  Grupos  Municipales.  Cada  Grupo Municipal propondrá su candidato/a. [….. ]

B) Asesores/as  de  Alcaldía,  equipo  de  gobierno  y  grupos  municipales,  con  la siguiente distribución:

  • Alcaldía: tres asesores/as a jornada completa.
    • Asesor de Alcaldía en materia de infraestructuras y proyectos, jornada completa [….. ].
    • Asesor de Alcaldía en materia de urbanismo y medio ambiente, jornada completa [….. ].
    • Asesor de Alcaldía en materia de comunicación, jornada completa. […. ].
  • Equipo de Gobierno: dos asesores a jornada completa y un asesor/a con dedicación parcial al 50%.
  • Grupo  Municipal  Popular:  un  asesor/a  a  jornada  completa  y  cuatro asesores/as con dedicación parcial al 75% cada uno.
  • Grupo Municipal Socialista: un asesor/a a jornada completa, un asesor/a con dedicación parcial al 75% de jornada y un asesor/a con dedicación parcial al 25% de jornada.
  • Grupo  Municipal  Ciudadanos:  un  asesor/a  a  jornada  completa  y  dos asesores/as con dedicación parcial al 50% de jornada cada uno.
  • Grupo Municipal Somos Oviedo: un asesor/a a jornada completa.
  • Grupo  Municipal  Vox:  un  asesor/a  a  jornada  completa  y  1  asesor/a  con dedicación parcial al 50%.”== 

La Portavoz del grupo Mixto/Vox presenta con fecha 10/02/2023 (número de la anotación 14385), solicitud para modificar el régimen de sus dos asesores/as con dedicación parcial al 25%, por un único puesto con dedicación parcial al 50%,  nombrando  para  el  mismo  a  Doña  María  Norma  Álvarez  Gutiérrez  y paralelamente cesando a Doña Berta García Rodríguez, lo cual se ha producido con efectos del 13-02-2023, todo ello sin alterar el puesto de asesor/a a jornada completa.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de 2 de marzo de 2023, se modifican los dos  puestos  de  asesor/a  con  dedicación  parcial  al  25%  del  Grupo  Mixto/Vox sustituyéndolos  por un único puesto con dedicación parcial al 50%.

Visto el expediente de gasto tramitado al efecto, 5100-0005-2023/112, en el que constan  los  informes  favorables  de  la  Sección  de  Personal,  Oficina Presupuestaria y Fiscalización.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 7/2007, de 12 de abril,  del  Estatuto  Básico  del  Empleado  Público  y  las  facultades  que  a  estos efectos  atribuye  al  Presidente  de  la  Corporación  el  artículo  104.2  de  la  Ley 7/1985, de 2 de abril.

Por ello RESUELVO:
 
1º.- Modificar el nombramiento como Personal Eventual: asesor/a del Grupo Municipal  Vox,  en  régimen  del  50%  de  jornada,  a  Dª.  María  Norma  Álvarez Gutiérrez con efectos del 2 de marzo de 2023.

2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín  Informativo  y  web  municipal,  así  como  dar  cuenta  al  Pleno  de  la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Modificación del personal eventual: asesores/as del Grupo Mixto/Vox 8·03·2023

La Junta de Gobierno Local mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 2 de marzo 2023, ha aprobado la séptima modificación del régimen de personal eventual consistente en:

Modificar los dos puestos de asesor/a con dedicación parcial al 25% del Grupo Mixto/Vox sustituyéndolos por un único puesto con dedicación parcial al 50%.

En virtud del citado acuerdo, la Alcaldía por Resolución nº 2023/3359 de 2 de marzo de 2023, dispuso lo siguiente:

Modificar el nombramiento como Personal Eventual: asesor/a del Grupo Municipal Vox, en régimen del 50% de jornada, a Dª. María Norma Álvarez Gutiérrez, con efectos del 2 de marzo de 2023.

Oviedo a 6 de marzo de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Nombramiento de instructor e instructor suplente de procedimientos sancionadores de tráfico y tratamiento residual de vehículos 21·02·2023

La resolución de la Alcaldía nº 2711/2023 de 20 de febrero, acordó:

=” De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, de 1 de octubre y 84 del Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL6/2015, de 30 de octubre), el Concejal de Gobierno de Seguridad Ciudadana, que incluye tráfico y sanciones de tráfico, por Resolución de la Alcaldía número 2019/9171 de fecha 20 de junio de 2019 (publicado en el BOPA nº 137 de 17 de julio de 2019), RESUELVE:

  • PRIMERO.- Dejar sin efecto el  nombramiento del Instructor y del Instructor suplente de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico en vías urbanas del término municipal de Oviedo y tratamiento residual de vehículos, aprobado por Resolución de la Alcaldía 2020/17064 de fecha 13 de noviembre.
  • SEGUNDO.- Nombrar instructor de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico en vías urbanas del término municipal de Oviedo y tratamiento residual de vehículos a D. Francisco Javier Lozano García, Comisario Principal de la Policía Local, con efecto desde el día de la firma de la presente resolución.
  • TERCERO.- Nombrar instructor suplente de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico en vías urbanas del término municipal de Oviedo y tratamiento residual de vehículos a D. Diego Rodríguez Cortina, Inspector de la Policía Local, en caso de ausencia, vacante o abstención del instructor D. Francisco Javier Lozano García, con efecto desde el día de la firma de la presente resolución.
  • CUARTO.- Publicar esta resolución en el BOPA y notificar a los interesados a los efectos de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, de 1 de octubre) y 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de 1 de octubre). “=

Oviedo, 21 de febrero de 2023 El concejal de Gobierno de Seguridad Ciudadana 

Cese de personal eventual: Asesora de Grupo Mixto/Vox 14·02·2023

Mediante Resolución de Alcaldía 2023/2446 del 14 de febrero se dispuso lo siguiente: 

  • Cesar con efectos del 13 de febrero de 2023, a Dª. Berta García Rodríguez, como Asesora del Grupo Mixto/Vox
  • Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 14 de febrero de 2023. El Alcade. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Propuesta para la sexta modificación del régimen económico del personal eventual: Incremento retributivo 27·01·2023

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el jueves, 26 de enero de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

==” La Junta de Gobierno Local mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 12 de julio 2019, modificado por acuerdos de 18 y 25 de julio de 2019, y de 4 de febrero y 31 de marzo de 2021 y 10 de febrero de 2022, estableció el siguiente régimen de personal eventual;

“1º.- Autorización de nombramiento de coordinadores y asesores como personal eventual de acuerdo con la siguiente distribución:

  • Cinco coordinadores/as (secretarios/as) de Grupos Municipales. Cada Grupo Municipal propondrá su candidato/a. Su régimen de dedicación será jornada completa y sus retribuciones de a 33.300 euros brutos/año con efectos, en su caso y a determinar en la Resolución de nombramiento, desde la constitución de la actual Corporación.
  • Asesores/as de Alcaldía, equipo de gobierno y grupos municipales, con la siguiente distribución:
  • Alcaldía: tres asesores/as a jornada completa.
    • Asesor de Alcaldía en materia de infraestructuras y proyectos, jornada completa y una retribución de 48.000 euros brutos/año.
    • Asesor de Alcaldía en materia de urbanismo y medio ambiente, jornada completa y una retribución de 48.000 euros brutos/año.
    • Asesor de Alcaldía en materia de comunicación, jornada completa y una retribución de 38.000 euros brutos/año.
  • Equipo de Gobierno: dos asesores a jornada completa y un asesor/a con dedicación parcial al 50%.
  • Grupo Municipal Popular: un asesor/a a jornada completa y cuatro asesores/as con dedicación parcial al 75% cada uno.
  • Grupo Municipal Socialista: un asesor/a a jornada completa, un asesor/a con dedicación parcial al 75% de jornada y un asesor/a con dedicación parcial al 25% de jornada.
  • Grupo Municipal Ciudadanos: un asesor/a a jornada completa y dos asesores/as con dedicación parcial al 50% de jornada cada uno.
  • Grupo Municipal Somos Oviedo: un asesor/a a jornada completa.
  • Grupo Municipal Vox: un asesor/as a jornada completa y dos asesores/as con dedicación parcial al 25%.”== 

Las retribuciones de los asesores/as están fijadas en 38.000 euros brutos/año, referidos a jornada completa, con efectos desde sus respectivos nombramientos (a excepción de dos de los tres asesores/as de la Alcaldía que cuentan con una retribución de 48.000 euros brutos/año, según se ha indicado).

Mediante Providencia del 2º teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno de Interior de 28/12/2022 se dispuso incoación del correspondiente expediente para el incremento retributivo del personal eventual, con efectos de 1 de enero de 2023, en la cuantía recogida en el artículo 19.dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.

Visto el expediente de gasto tramitado al efecto, 5100-0005 2023/9, en el que constan los informes favorables de la Sección de Personal, Oficina Presupuestaria y Fiscalización.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 127.1,h) de la Ley de Bases del Régimen Local se propone a la Junta de Gobierno Local una sexta modificación del régimen del personal eventual, sobre incremento retributivo, en los siguientes términos: 

1º.- Aprobar con efectos de 1 de enero de 2023 un incremento retributivo para el todo el personal eventual del Ayuntamiento de Oviedo en la cuantía del 2.5% recogida en el artículo 19.dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.

2º.- Este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Informativo Municipal. Se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.”==

Oviedo 27 de enero de 2023. El Secretario de la Junta de Gobierno Local. Fdo.: Ignacio Cuesta Areces.

Expedición de Certificado Electrónico 25·01·2023

Expedición de Certificado Electrónico Cualificado de Representante de Persona Jurídica para trámites con las Administraciones Públicas a favor del Servicio de Educación Deportes y Salud Publica.-

Por Resolución de Alcaldía nº 2023/1180, de 24 de enero de 2023 se dispuso:

“1º. Autorizar se expida Certificado Electrónico Cualificado de Representante de Persona Jurídica para trámites con las Administraciones Públicas a D. ª Idoia González Fernández, Jefa de Servicio de Educación Deportes y Salud Pública para la realización de trámites ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social relacionados con el Servicio de Educación, Deportes y Salud Pública.

2º. Comunicar la citada Resolución al Servicio TIC, a los efectos correspondientes.”

Oviedo, a 25 de enero de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Cese de personal eventual: asesor de Grupo Municipal PP 20·12·2022

Mediante Resolución de Alcaldía 2022/19783 del 16 de diciembre se dispuso lo siguiente: 

  • Cesar con efectos del 30 de diciembre de 2022, a D. Rafael Fernández-Nespral Alonso, como Asesor del Grupo Municipal P.P.
  • Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 19 de diciembre de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Prueba ordenanzas 16·12·2022

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 6 de octubre de 2022  adoptó el acuerdo de aprobar provisionalmente la modificación  de las Ordenanzas de Tributos, Precios Públicos y Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario para el año 2023 que se indican a continuación:

Tasas

POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMPETENCIA LOCAL

POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL

PRECIOS PÚBLICOS

 
PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO

Clasificación de vías públicas por categorías a efectos de Tributos y Precios Públicos municipales.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que puedan los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días a partir de la publicación de este anuncio (artículos 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local).

El expediente en extracto podrá ser consultado en la Tesorería municipal así como en la web municipal http://www.oviedo.es/ durante el plazo de treinta días de exposición pública señalado.

Oviedo, a 6 de octubre de 2022.

El Concejal de Gobierno de Economía y Transformación Digital.

(Delegación efectuada por Resolución de la Alcaldía nº 2019/9171 de 20 de junio y modificada por Resolución de la Alcaldía nº 2021/4604, de 30 de marzo).

Javier Cuesta Menéndez.

Expediente en extracto

  1. Informe alta o modificación vías para Tesorería municipal
  2. Categorización nuevas vías públicas
  3. Estudio Justificativo IBI 2023
  4. Informe Gestión Tributaria
  5. Estudios económicos 2023
  6. Informe de gestión de Tesorería y Secretaría 2023
  7. Dictamen Consejo
  8. Certificado sesión extraordinaria de pleno 6 de octubre de 2022
Resolución del Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos 24·11·2022

Resolución del Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos sobre autorización específica y excepcional para la utilización de aparatos reproductores de imágenes con sonido en las terrazas de hostelería durante la retransmisión de los partidos de la Copa Mundial de Fútbol 2022, exclusivamente para partidos de España, semifinales y final

El Primer Teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos por Resolución 2022/17902, de 21 de noviembre, dispuso lo siguiente: 

== “Vista solicitud de la entidad OTEA, Hostelería y Turismo de Asturias, de fecha 10/11/2022.

Visto informe de la Concejalía de Gobierno de Hostelería, Turismo y Congresos, de fecha 18/11/2022. 

Visto informe de la Dirección General de Urbanismo, de fecha 18/11/2022.

SE DISPONE:

PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 14.5 de la vigente Ordenanza Reguladora de la Instalación de Terrazas de Hostelería en la Vía Pública, AUTORIZAR, de manera específica y excepcional, la utilización de aparatos reproductores de imágenes con sonido en las terrazas de hostelería durante la retransmisión de los partidos de la copa mundial de fútbol 2022, exclusivamente para partidos de España, semifinales y final.

La autorización se somete a las siguientes condiciones, según lo dispuesto en el informe del Director General de Urbanismo de fecha 18/11/2022:

  • La autorización específica estará en vigor, exclusivamente, entre el domingo 20 de noviembre y el domingo 18 de diciembre de 2022, durante el tiempo de duración de los partidos en los que uno de los equipos que se enfrenten sea la selección española. También se concede autorización durante el tiempo de duración de los partidos de semifinales y final, aun cuando la selección española no sea uno de los equipos que los disputen. Tanto antes como después de los partidos los televisores se reproducirán sin sonido.
  • Solo podrán hacer uso de la citada autorización los titulares de licencias de terrazas válidamente concedidas y en vigor.
  • En todo caso, se cumplirá la normativa de ruido, y en concreto, lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, en relación con los valores límite de inmisión contemplados en la tabla B1 del Anexo III de dicha norma; así como la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones.

Esto implica que, de conformidad con la Zonificación Acústica aprobada por el Ayuntamiento de Oviedo en sesión de la Junta de Gobierno de 8 de julio de 2021, atendiendo al horario de tarde celebración del partido, los equipos de sonido no excederán los siguientes valores límite de inmisión del Real Decreto 1367/2007 de las 7 a las 23 horas:

  1. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 50 dB. 
  2. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 55 dB.
  3. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos: 63 dB. 
  4. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en c: 60 dB.
  5. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 65 dB. 

Así mismo, los equipos de sonido tampoco excederán los siguientes valores límite de inmisión* de la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones de las 7 a las 22 horas:

  1. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 45 dB. 
  2. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 55 dB.
  3. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del recreativo o de espectáculos: 65 dB.
  4. En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 70 dB.

* En las vías con tráfico rápido o muy intenso (según Anexo I de la Ordenanza), los límites citados de la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones se podrán aumentar en 5 dBA y en las de tráfico pesado y muy intenso (según Anexo I de la Ordenanza) en 15 dBA de las 7 a las 22 horas. 

Los titulares de las autorizaciones de terrazas que deseen hacer uso de la autorización específica deberán comprobar en el documento de Zonificación Acústica aprobado por el Ayuntamiento de Oviedo el límite máximo aplicable al lugar de ubicación de su terraza y dotarse de los medios técnicos necesarios para garantizar el cumplimiento de los valores máximos indicados. El incumplimiento de dichos valores máximos será sancionado conforme a lo establecido en la normativa de ruido.

El documento de la Zonificación Acústica definitivamente aprobado puede consultarse en:

https://transparencia.oviedo.es/documents/25053/1515329/T-20-289-02_ZONIFICACION_ACUSTICA-OVIEDO_COMPR.PDF_10562773_EXTRA.pdf/0089b999-4a8a-4636-a009-7b89f706a5b3).

  • Los agentes del Servicio de Policía Local comprobarán el cumplimiento de las condiciones expuestas y elevarán acta de denuncia en caso de observar cualquier desviación, para su posterior sanción por el Servicio de Licencias Urbanísticas.
  • No será posible la reproducción de aparatos de imágenes con sonido en el futuro sino es previa obtención de una nueva autorización excepcional con valoración técnica de las circunstancias concurrentes. 

SEGUNDO.- Ordenar la publicación de esta Resolución en la página web municipal y Boletín de Información Municipal (BIM), así como su comunicación al Servicio de Policía Local, al Servicio de Licencias Urbanísticas y a las Concejalía de Turismo, Hostelería y Congresos, y su difusión por parte de esta última a las asociaciones de hostelería del municipio para su conocimiento y difusión” ==

Oviedo, a 23 de noviembre de 2022. El Primer Teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos. Fdo.: Ignacio Cuesta Areces. 

Convocatoria de reunión del Consejo Sectorial de Medio Ambiente 23·11·2022

CONVOCATORIA CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del  Reglamento del Consejo Sectorial de Medio Ambiente se convoca a los miembros del mismo a la sesión que se celebrará el día 13 de diciembre a las 19.00 horas en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial).

ORDEN DEL DÍA

  1. Aprobación del acta de la sesión celebrada el 17 de marzo de 2022. 
  2. Ruegos y preguntas. 
Nombramiento de personal eventual: Asesora del equipo de Gobierno. 28·10·2022

La Alcaldía por resolución nº 2022/16135 de 25 de octubre, dispuso lo siguiente:

  1. Nombrar como Personal Eventual: asesora del equipo de gobierno, en régimen de dedicación parcial al 50%, a Dª Susana González Sancho, con efectos del 26 de octubre de 2022.
  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 28 de octubre de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

 

Resolución del Concejal de Gobierno de Economía y Transformación Digital sobre modificación de las reglas de acceso a expedientes y documentos... 24·10·2022

Por Resolución nº 2022/15735 del 20 de octubre de 2022 dispuso lo siguiente:

==“Por Resolución de Alcaldía nº 2021/7937, de 28/05/2021, modificada por Resolución de Alcaldía nº 2021/8673, de 11/06/2021, se establecieron reglas de acceso a expedientes y documentos electrónicos, que afectan, entre otros, a concejales y personal eventual.Habiéndose detectado algunas disfunciones al llevar a la práctica la mencionada Resolución, y tras recibir peticiones motivadas para corregir determinados extremos de la misma, se considera conveniente aprobar modificaciones puntuales en el régimen de acceso a expedientes y documentos electrónicos.

La competencia corresponde al Concejal de Gobierno de Transformación Digital, a propuesta del Servicio de TIC, según dispone la Resolución nº 2021/7937. En consecuencia,

RESUELVO

PRIMERO.- Conceder permiso al Asesor D. José Ramón Pando Álvarez, para acceso a los expedientes electrónicos de los siguientes tipos :

INFRAESTRUCTURAS. PATRIMONIO (CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS). CONTRATACIÓN.

SEGUNDO.- Publicar esta Resolución en la Sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Informativo Municipal, y comunicarla a los interesados y unidades administrativas que pudiesen verse afectadas por la misma.”==

Oviedo a 24 de octubre de 2022. El Concejal de Gobierno de Economía y Transformación Digital. Fdo.: Javier Cuesta Menéndez.

Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario por mantenimiento, conservación, limpieza y vigilancia de las instalaciones de... 9·10·2022

Edicto

Lista cobratoria- ejercicio 2022

Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario por mantenimiento, conservación, limpieza y vigilancia de las instalaciones de los cementerios municipales

Aprobada por Resolución de la Alcaldía la Lista Cobratoria de las Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario por los servicios de mantenimiento, conservación, limpieza y vigilancia de las instalaciones de los Cementerios Municipales (Tarifa Quinta del Artículo 5 de la Ordenanza 501) correspondiente al ejercicio de 2022, por medio del presente Edicto se notifican colectivamente las liquidaciones contenidas en la misma, conforme determina el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A tales efectos, se expone al público la referida Lista Cobratoria durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Oviedo (Calle Quintana, número 4 planta baja) y en las Oficinas del Cementerio de El Salvador, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas.

Contra los actos liquidatorios referidos podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública de la referida Lista Cobratoria, debiendo hacer constar el recurrente que no se ha impugnado el mismo acto en la vía económico-administrativa.

El recurso de reposición se entenderá presuntamente desestimado cuando transcurrido un mes a contar desde el día siguiente a su presentación, no haya recaído resolución expresa. Contra la resolución expresa o presunta del recurso de reposición no es posible interponer de nuevo dicho recurso, debiendo los interesados interponer para agotar la vía administrativa Reclamación Económico-Administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo Municipal mediante escrito dirigido a la Alcaldía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de aquella, si fuera expresa, o desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.

Contra los actos liquidatorios referidos podrán los interesados interponer directamente reclamación económica-administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo Municipal mediante escrito dirigido a la Alcaldía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago, si no se desea hacer uso del derecho a interponer previamente el recurso potestativo de reposición.

La reclamación económico-administrativa se entenderá presuntamente desestimada si no se resolviera en el plazo de seis meses desde su presentación. La resolución expresa o presunta de la reclamación económico-administrativa pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Oviedo, en los plazos indicados en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (artículos 108 de la Ley7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Disposición Adicional Cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Reglamento General de Desarrollo de la Ley General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de marzo y Reglamento Orgánico de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Consejo Económico-Administrativo Municipal de Oviedo).

Asimismo, se notifica que el plazo de ingreso en periodo voluntario de las deudas resultantes de las liquidaciones aludidas abarcará desde el 17 de octubre hasta el 19 de diciembre, ambos inclusive, pudiendo efectuarse el ingreso de las mismas directamente en las oficinas que Funerarias Reunidas S.A., empresa concesionaria del servicio, tiene abiertas en el CEMENTERIO DE EL SALVADOR, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas, o mediante su ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de Funerarias Reunidas número ES03/0081/5051/5300/0188/6990 en el BANCO SABADELL, o bien mediante domiciliación bancaria.

Las deudas no satisfechas en los plazos señalados se exigirán en vía ejecutiva incrementadas con el recargo de apremio, intereses de demora correspondientes y, en su caso, costas que se produzcan.

En Oviedo a 28 de septiembre de 2022
EL CONCEJAL DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
(Delegación efectuada por Resolución de la Alcaldía nº 2019/9171 de 20 de junio y modificada por Resolución de la Alcaldía nº 2021/4604, de 30 de marzo)

Fdo.- Javier Cuesta Menéndez

Notificación a posibles interesados en Procedimiento Abreviado nº 192/22 sobre aprobación de la Oferta de Empleo 2022 y Modificaciones de... 24·08·2022

En cumplimiento de lo ordenado por Oficio del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Oviedo de 27 de julio de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se notifica a cuantos pudieran resultar interesados, que en este Ayuntamiento de Oviedo consta la interposición de recurso contencioso-administrativo seguido por Procedimiento Abreviado nº 192/22, a instancia de D. Wenceslao López Martínez y otros (Grupo Municipal Socialista), sobre Acuerdo de aprobación de la Oferta de Empleo 2022 y Modificaciones de Ofertas de Empleo de Ejercicios 2017, 2019 y 2020, para que puedan comparecer y personarse en los citados autos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Oviedo (sito en c/ Llamaquique s/n), en el plazo de nueve días, si lo consideran procedente.

EL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE
Ignacio Cuesta Areces

Creación de Sello Electrónico de la Tesorería del Ayuntamiento de Oviedo, para su aplicación a Actuaciones Administrativas Automatizadas 23·08·2022

El  Concejal de Gobierno de Economía y Transformación Digital del Ayuntamiento de Oviedo por Resolución de fecha 19 de Agosto de 2022, resolvió: 
 
HECHOS 
Primero. —La entrada en vigor de las Leyes 39 y 40 de 2015, del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen jurídico del sector Público, conlleva la necesaria realización de actuaciones encaminadas a la implantación del procedimiento administrativo tramitado por medios electrónicos. 
Una de las actuaciones necesarias a llevar a cabo es el despliegue de la firma electrónica para su aplicación en los actos y documentos enmarcados en el procedimiento administrativo, utilizando como mecanismo de firma los certificados electrónicos de empleado público o sellos de órgano en el caso de actuación administrativa automatizada. 
En numerosos supuestos, la actuación administrativa automatizada supone una clara mejora del servicio prestado a los ciudadanos en la medida en que estos obtienen una respuesta administrativa inmediata que permite atender mejor sus necesidades. 
Segundo. — La actuación administrativa automatizada se encuentra regulada en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, que la define como cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público. 
El art. 42 de la ley 40/2015 prevé como opción de sistema de firma para la actuación administrativa automatizada el sello electrónico de Administración Pública, órgano u organismo público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica y también los señalados en el artículo 40 de la Ley 40/2015. 
En concreto, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector Público (LRJSP), regula en su artículo 40 los sistemas de identificación y firma de las Administraciones Públicas, estableciendo que podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. 
El apartado 2 del artículo 41 recoge que en caso de actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, indicando el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación. 
Asimismo, en el artículo 42 de la Ley 40/2015 se establece que, en el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización, como sistema de firma, del sello electrónico basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. Por su parte el artículo 20 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos señala que en la tramitación administrativa autorizada de los procedimientos cada Administración Pública podrá determinar cómo sistema de firma electrónica el sello electrónico de órgano. 
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, promueve el uso de las tecnologías informáticas y telemáticas por la administración tributaria en sus procedimientos y actuaciones en aras a la consecución de los principios de eficiencia, eficacia y seguridad. En particular, el artículo 96 establece que, los procedimientos y actuaciones en que se utilicen técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos garantizarán la identificación de la administración actuante y el ejercicio de su competencia; estableciendo los requisitos de la actuación automatizada que posteriormente se desarrollan reglamentariamente. 
Por otra parte, la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento De Oviedo ( BOPA nº 242 de 19/X/2011), en su artículo 9.4 dispone que en los sistemas automatizados que no precisen intervención personal y directa del titular del órgano administrativo, se utilizarán certificados electrónicos de sello, que incluirán la información sobre la identificación del órgano responsable del trámite. 
Tercero.—El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que “A los efectos del ejercicio en soporte electrónico de las funciones reservadas a los funcionarios regulados en el presente Real Decreto, los puestos a ellos reservados tendrán la consideración de órganos, sin perjuicio de lo dispuesto en el título x de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local”.  
 El presente decreto tiene por objeto la creación y regulación del sello electrónico de órgano de la Tesorería del Ayuntamiento de Oviedo como sistema de firma electrónica para la identificación y autentificación del ejercicio de la competencia de este órgano en la actuación administrativa automatizada y la regulación del código seguro de verificación (CSV) como sistema de firma electrónica en el ejercicio de la citada competencia. 
La titularidad y responsabilidad de la utilización del sello de órgano corresponde a la Tesorería del Ayuntamiento. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO 
 I.- De conformidad con lo establecido en los artículos 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 10.2 y 14 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Oviedo, se procede a designar en los concejales de Gobierno las funciones que permitan agilizar la gestión municipal. En la materia que nos ocupa, dicha competencia ha sido delegada en el Concejal de Gobierno de Economía, Transformación Digital y Comunicación, por resolución de la Alcaldía 2019/9171 de 20 de junio. 
 
II.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público; Real decreto 203/2021 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos; la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria; el Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; el art 56. 3 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Oviedo (BOPA nº 17, 22-I-2005), así como la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento De Oviedo ( BOPA nº 242 de 19/X/2011). 
 
RESUELVO 

Primero: Creación del sello electrónico de la Tesorería del Ayuntamiento de Oviedo como sistema de firma electrónica para la identificación y autenticación del ejercicio de su competencia en la actuación administrativa automatizada. 

Segundo: Aprobar las siguientes actuaciones administrativas automatizadas en la Tesorería del Ayuntamiento de Oviedo en el ámbito de los sistemas de tratamiento electrónico cuya competencia funcional corresponde al Ayuntamiento: 
• Justificantes y duplicados de pago. 
• Informes de deuda. 
• Notificación de providencias de apremio. 
• Notificación de diligencias y mandamientos de embargo 
• Notificación de Levantamientos de embargo 
• Notificación de las resoluciones de solicitudes de aplazamiento y fraccionamientos.  
• Notificación de Resoluciones de Compensaciones y Devoluciones de Ingresos Indebidos.  
• Notificación de las liquidaciones de Gestión e Inspección Tributaria. 
• Notificación de Requerimientos de pago, información o presentación de documentación, designación de bienes para embargo y en general cualquier requerimiento a practicar a deudores o terceros en el procedimiento de recaudación. 
• Notificación de actuaciones en procedimientos de derivación de responsabilidad. 
• Solicitudes masivas de información patrimonial, generación de ficheros y listados. 
• Solicitudes de Petición de Precinto de Vehículos 
• Notificación de resoluciones dictadas en procedimientos tributarios. 
• Notificación de actos de trámite dictados en procedimientos tributarios (audiencias, requerimientos, información tributaria), 
• Con carácter general, cuantas actuaciones y procedimientos se encuentren incorporados en cada momento con carácter automatizado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Oviedo y sean competencia de la Tesorería Municipal. 
 

Tercero: Órgano responsable. 
El sello electrónico de órgano de Tesorería podrá ser utilizado en las actuaciones administrativas automatizadas antes relacionadas. El órgano titular del sello electrónico que se crea por la presente resolución y será responsable, a efectos de su utilización, será la persona responsable de la Tesorería Municipal. 

Cuarto: Definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad 
El órgano responsable de la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente será el Servicio de Tecnología de la Información y Comunicación del Ayuntamiento de Oviedo (TIC), correspondiendo a la Concejalía de Gobierno de Economía la resolución de los recursos que pudieran interponerse en la materia. 
El certificado de sello será certificado cualificado, conforme a lo dispuesto en la sección 5 del capítulo III del Reglamento (UE) número 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE, expedido por un prestador que cumpla las obligaciones establecidas en la sección 3 del capítulo III del Reglamento (UE) número 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, para los Servicios de Confianza Cualificados, y válido para la actividad administrativa automatizada de acuerdo con lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además de ello, debiendo emitirse conforme a los criterios establecidos en la normativa técnica aplicable, tanto al prestador de servicios de certificación, como a la generación de los datos de verificación de firma (clave pública) y al contenido del propio certificado, definida en el Esquema Nacional de Seguridad. 
En todo caso, la relación de los sistemas de obtención de sello electrónico, incluyendo las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden, serán publica y accesible en la sede electrónica de este Ayuntamiento. 
 
Quinto: Validación del certificado y código Seguro de Verificación (CSV) en actuaciones automatizadas. 
Para la identificación y la autentificación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, se utilizará con carácter general un sistema de CSV vinculado al documento. El sistema generará el CSV mediante un algoritmo aleatorio y lo vincula al documento electrónico en que se materialice la actuación automatizada y a la aplicación firmante del mismo. El CSV solo podrá ser utilizado para autenticar aquellas actuaciones automatizadas que se hayan publicado en la sede electrónica municipal. El sello electrónico garantizará la autenticidad y la integración del documento emitido. A cuyo efecto contendrá un CSV con que se haya firmado, que podrá consultarse en la siguiente dirección: https://sede.oviedo.es/ 
 

Sexto: Publicación. 
Publicar la presente resolución en la Sede Electrónica Municipal, así como en el BOPA. 
  
 Oviedo, a 23 de agosto de 2022. El Concejal de Gobierno de Economía y Transformación Digital. Fdo.- Javier Cuesta Menéndez

Sustitución temporal de la delegación efectuada en el Concejal de Gobierno D. Gerardo Antuña Peñalosa 18·08·2022

La Alcaldía, por resolución 2022/12.263, de 18 de agosto, dispuso la sustitución temporal de las funciones del Concejal de Gobierno de Contratación y Servicios Básicos, D. GERARDO ANTUÑA PEÑALOSA, en la Concejala de Gobierno Dª. CONCEPCIÓN MÉNDEZ SUÁREZ, del 18 al 26 de agosto de 2022, ambos inclusive. 


Oviedo, 18 de agosto de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández

Sustitución temporal de la delegación efectuada en la Concejala delegada Dª Leticia González Álvarez 12·08·2022

La Alcaldía, por resolución nº 2022/12.064 de 10 de agosto, dispuso la sustitución temporal de las funciones de la Concejala Delegada de políticas sociales, migración, promoción de la igualdad, cooperación al desarrollo, familia e infancia, mayores, discapacidad y dependencia, Dª Leticia González Álvarez, en la Concejala de Gobierno Dª Concepción Méndez Suárez del 16 al 31 de agosto de 2022, ambos inclusive. 

Oviedo, a 12 de agosto de 2022. El Alcalde en funciones.

Sustitución temporal, por ausencia, de las funciones del Alcalde 2·08·2022

La Alcaldía, por resolución 2022/11675, de 29 de julio, encomendó, por sustitución, el ejercicio de las funciones de Alcalde al Primer Teniente de Alcalde, D. IGNACIO CUESTA ARECES, durante los días 1 a 12 de agosto de 2022, ambas fechas inclusive.

Oviedo, 1 de agosto de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández

Nombramiento de personal eventual: coordinadora del grupo municipal Ciudadanos 26·07·2022

La Alcaldía, por Resolución nº 2022/11361 de 25 de julio, dispuso lo siguiente:

  1. Nombrar como Personal Eventual: coordinadora del Grupo Municipal Ciudadanos, en régimen de jornada completa, a Dª. Patricia Díaz de Abajo con efectos del 25 de julio de 2022.
  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Oviedo a 26 de julio de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Sustitución temporal de la delegación efectuada en la Concejal de Gobierno Dª. Covadonga Díaz Álvarez 18·07·2022

La Alcaldía, por resolución 2022/11037 de 15 de julio, dispuso la sustitución temporal de las funciones de la Concejal de Gobierno del Área de Juventud y Festejos que incluye: juventud, centros de estudio y festejos, incluyendo respecto a esta última tanto las fiestas municipales como la autorización y apoyo de fiestas populares, Dª. Covadonga Díaz Álvarez, en el Concejal de Gobierno, Dª. Mª Concepción Méndez Suárez, del 22 al 26 de julio de 2022, ambos inclusive.  

Oviedo a 18 de julio de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Sustitución temporal de la delegación efectuada en el Concejal de Gobierno D. Mario Arias Navia 18·07·2022

La Alcaldía, por resolución 2022/11040 de 15 de julio, dispuso la sustitución temporal de las funciones del Concejal de Gobierno del Área de Interior, Relaciones Institucionales y Atención Ciudadana, D. Mario Arias Navia, en la Concejal de Gobierno, Dª. Mª Covadonga Díaz Álvarez del 18 al 21 de julio de 2022, ambos inclusive.  


Oviedo a 18 de julio de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Resolución de la Alcaldía de concesión de permiso para acceso a los expedientes electrónicos 15·07·2022

La Alcaldía por Resolución nº 2022/10950 del 12/07/2022, dispuso lo siguiente:

PRIMERO.- Conceder permiso al Asesor D. José Ramón Pando Álvarez, para acceso a los expedientes electrónicos de los siguientes tipos: 

Policía y Conservación Urbana. Urbanismo (Servicios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbanístico, y de Licencias Urbanísticas) 

SEGUNDO.- Publicar esta Resolución en la Sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Informativo Municipal, y comunicarla a los interesados y unidades administrativas que pudiesen verse afectadas por la misma.

Oviedo a 14 de julio de 2022. El Concejal de Gobierno de Economía y Transformación Digital. Fdo.: Javier Cuesta Menéndez.

Cese de personal eventual: cordinadora del grupo municipal Ciudadanos 4·07·2022

Mediante Resolución de Alcaldía 2022/10.221del 29 de junio se dispuso lo siguiente: 

  1. Cesar con efectos del 30 de junio de 2022, a Dª. Cecilia Guinea Cuervo, como Coordinadora del Grupo Municipal Ciudadanos.
  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. 

Oviedo a 30 de junio del 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Sustitución temporal de la delegación efectuada en el Concejal de Gobierno D. Javier Cuesta Menéndez 9·06·2022

La Alcaldía, mediante resolución 2022/9098 de 8 junio, dispuso la sustitución temporal de las funciones del Concejal de Gobierno del Área de Economía y Transformación Digital, D. Javier Cuesta Menéndez, en el Concejal de Gobierno D. Gerardo Antuña Peñalosa, del 9 al 20 de junio de 2022, ambos inclusive. 

Oviedo a 9 de junio de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.

Información pública de la Matrícula Censal IAE 2022 31·05·2022

La Matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio de 2022 correspondiente al Municipio de Oviedo, comprensiva de los sujetos obligados al pago, cuotas municipales, provinciales y nacionales, permanecerá expuesta al público durante el período comprendido entre el 1 y el 15 de junio de 2022.

Durante dicho plazo podrá ser consultada mediante atención personalizada, y previa acreditación de la condición de interesado por tratarse de datos reservados y protegidos, en las dependencias del Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Oviedo (c/ Quintana nº 4, planta baja) en horas de 9 a 14 de lunes a viernes.

Asimismo, podrá ser consultada, mediante atención personalizada y acceso electrónico, en las oficinas de los Servicios Tributarios del Principado de Asturias mediante cita previa que se podrá obtener llamando al 985 66 87 00, a través de la dirección de correo electrónico citaprevia@tributas.es, o a través de la sede electrónica https://sede.tributasenasturias.es), debiendo los interesados acreditar tal condición, a efectos de facilitarles el acceso a la información.

La publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en los diarios de mayor difusión se realizará el 31 de mayo de 2022.

 

Oviedo, a 31 de mayo de 2022

EL CONCEJAL DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

(Delegación efectuada por Resolución de la Alcaldía nº 2019/9171 de 20 de junio y modificada por Resolución de la Alcaldía nº 2021/4604, de 30 de marzo).

Fdo.: Javier Cuesta Menéndez

Plan Estrátegico de Subvenciones del Servicio de Participación, Transparencia y Atención Ciudadana 25·05·2022

Se hace público que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Oviedo, el 19 de mayo de  2022 aprobó el siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.

 

Cuenta General 2021 11·05·2022

La Comisión Especial de Cuentas, en sesión de 11 de mayo de 2022, dictaminó favorablemente la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2021.

La referida Cuenta queda expuesta al público por espacio de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Durante este plazo los interesados podrán presentar las reclamaciones, reparos y observaciones que consideren oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La cuenta y sus justificantes se encuentran de manifiesto en este Ayuntamiento (Dirección de Contabilidad) y en la web municipal https://transparencia.oviedo.es/normativa-e-informes/documentos-en-tramite-de-informacion-publica durante el plazo señalado para ser examinadas.

Oviedo a 11 de mayo de 2022. EL CONCEJAL DE GOBIERNO DE ECONOMÍA. Fdo.: Javier Cuesta Menéndez.

Delegación de representación del Ayuntamiento en Comisión deslinde término Municipal. EXPTE 1100-0088-2021-2 26·04·2022
La Alcaldía mediante Resolución 2022/5905, de fecha 12 de abril, dictó el Decreto que a continuación se transcribe:
1º.- Delegar en el primer Teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos la representación atribuida al Alcalde en la Comisión para el deslinde entre el término municipal de Oviedo y los municipios limítrofes.
2º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y Boletín Informativo Municipal así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
 
Oviedo, 26 de abril de 2022.El Concejal de Gobierno de Urbanismo. Fdo: Ignacio Cuesta Areces.
Notificación a posibles interesados en procedimiento ordinario nº 218/22 sobre acuerdo de aprobación definitiva de las ordenanzas de tributos 7·04·2022

Notificación a posibles interesados en procedimiento ordinario nº 218/22  sobre acuerdo de aprobación definitiva de las ordenanzas de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter  no tributario del año 2022, entre ellas, la ordenanza fiscal nº 100, reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos

 

En cumplimiento de lo ordenado por Oficio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 18 de marzo  de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se notifica a cuantos pudieran resultar interesados,  que en este Ayuntamiento de Oviedo consta la interposición de recurso contencioso-administrativo seguido por Procedimiento Ordinario nº 218/22, a instancia del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, sobre acuerdo de aprobación definitiva de las ordenanzas de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter no tributario del año 2022, entre ellas, la Ordenanza Fiscal nº 100, reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos,  para que puedan comparecer y personarse en los citados autos ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del T.S.J.A. (sito en c/ San Juan s/n), en el plazo de nueve días, si lo consideran procedente. 


EL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE
Ignacio Cuesta Areces

Nombramiento de personal eventual: Asesor del Grupo Municipal Socialista 8·03·2022

La Alcaldía, por Resolución nº 2022/3715, de 8 de marzo, dispuso lo siguiente:

Nombrar como Personal Eventual: asesor del Grupo Municipal Socialista, en régimen de jornada completa, a D. Gonzalo Díaz-Rubín Albornoz, con efectos del 8 de marzo de 2022.

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

 

Sesión constitutiva del Consejo sectorial de Accesibilidad e Inclusión 28·02·2022

El artículo 8 del Reglamento del Consejo Sectorial de Accesibilidad Universal (BOPA 2-11-2018) establece, en su último inciso, que “Se publicarán, en la página web del Ayuntamiento, las fechas, previstas o definitivas, de reunión del consejo, con el fin de que la ciudadanía pueda presentar solicitudes y propuestas para ser tratadas en el seno de la misma”.

En cumplimiento de tal disposición se comunica que la sesión constitutiva del mismo se ha convocado, por su Presidente, para el próximo 10 de marzo. Las propuestas o solicitudes deberán presentarse presencial o telemáticamente, de conformidad con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo, y se dirigirán a la Sección de Medio Ambiente y Planeamiento Urbanístico (expte. 1188-190010).

La Secretaria del Consejo sectorial de Accesibilidad e Inclusión

Nombramiento de personal eventual en el grupo municipal VOX: nombramiento de dos asesores/as 23·02·2022
La Alcaldía, por Resolución nº 2022/2732, de 21 de febrero, dispuso lo siguiente:
 
1º.- Nombrar como Personal Eventual: dos asesores/as del Grupo Municipal Vox, en régimen del 25% de jornada cada uno, a Dª Berta García Rodríguez y a Dª. María Norma Álvarez Gutiérrez con efectos del 21 de febrero de 2022.
 
2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.
 
Oviedo a 21 de febrero de 2022. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.
Cese de personal eventual. Asesora del grupo municipal PSOE 22·02·2022

La Alcaldía, por Resolución nº 2022/2.500, de 16 de febrero, dispuso lo siguiente:

  1. Cesar con efectos de 15 de febrero de 2022 a Dª Nidia Fernández Alonso como Asesora del Grupo Municipal PSOE.
  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.


Oviedo, a 16 de febrero de 2022. El Alcalde. Fdo. Alfredo Canteli Fernández.

Modificación del régimen de personal eventual asesores Grupo Vox 11·02·2022

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el jueves, 10 de febrero de 2022, fuera del Orden del Día y declarado previamente urgente por unanimidad, adoptó el siguiente acuerdo:

==“ La Junta de Gobierno Local mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 12 de julio 2019, modificado por acuerdos de 18 y 25 de julio de 2019, y de 4 de febrero y 31 de marzo de 2021, estableció el siguiente régimen de personal eventual;

“1º.- Autorización de nombramiento de coordinadores y asesores como personal eventual de acuerdo con la siguiente distribución:

A) Cinco coordinadores/as (secretarios/as) de Grupos Municipales. Cada Grupo Municipal propondrá su candidato/a. Su régimen de dedicación será jornada completa y sus retribuciones de a 33.300 euros brutos/año con efectos, en su caso y a determinar en la Resolución de nombramiento, desde la constitución de la actual Corporación.

B) Asesores/as de Alcaldía, equipo de gobierno y grupos municipales, con la siguiente distribución:

  • Alcaldía: tres asesores/as a jornada completa.
  • Asesor de Alcaldía en materia de infraestructuras y proyectos, jornada completa y una retribución de 48.000 euros brutos/año.
  • Asesor de Alcaldía en materia de urbanismo y medio ambiente, jornada completa y una retribución de 48.000 euros brutos/año.
  • Asesor de Alcaldía en materia de comunicación, jornada completa y una retribución de 38.000 euros brutos/año.

Equipo de Gobierno: dos asesores a jornada completa y un asesor/a con dedicación parcial al 50%.

  • Grupo Municipal Popular: un asesor/a a jornada completa y cuatro asesores/as con dedicación parcial al 75% cada uno.
  • Grupo Municipal Socialista: un asesor/a a jornada completa, un asesor/a con dedicación parcial al 75% de jornada y un asesor/a con dedicación parcial al 25% de jornada.
  • Grupo Municipal Ciudadanos: un asesor/a a jornada completa y dos asesores/as con dedicación parcial al 50% de jornada cada uno.
  • Grupo Municipal Somos Oviedo: un asesor/a a jornada completa.
  • Grupo Municipal Vox: un asesor/as a jornada completa y un asesor/a con dedicación parcial al 50%.”==

Las retribuciones de los asesores/as serán de 38.000 euros brutos/año, referidos a jornada completa, con efectos desde sus respectivos nombramientos (a excepción de dos de los tres asesores/as de la Alcaldía que cuentan con una retribución de 48.000 euros brutos/año, según se ha indicado).

La Portavoz del Grupo Municipal de Vox presenta con fecha 17/01/2022 (número de la anotación 3277), solicitud para modificar el régimen de sus asesores, pasando a tener tres asesores/as con la siguiente dedicación: un asesor/a a jornada completa y dos asesores/as con dedicación parcial al 25% (se adjunta la solicitud de la portavoz del grupo municipal Vox).

Visto el expediente de gasto tramitado al efecto, 5100-0005 2022/43, en el que constan los informes favorables de la Sección de Personal, Oficina Presupuestaria y Fiscalización.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 127.1,h) de la Ley de Bases del Régimen Local, se propone a la Junta de Gobierno Local una quinta modificación del régimen del personal eventual, en lo relativo a los asesores del grupo municipal Vox, en los siguientes términos:

1º.- Corresponde al grupo municipal Vox tres asesores con la siguiente dedicación: un asesor con dedicación a jornada completa y dos asesores con dedicación parcial al 25% de jornada cada uno.

2º.- Este acuerdo, así como los nombramientos que en ejecución del mismo se realicen, se publicarán en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Informativo Municipal. Se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.”==

Oviedo a 10 de febrero de 2022. El Secretario de la Junta de Gobierno. Fdo.: Ignacio Cuesta Areces.