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Ordenanzas de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario - Tablón

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Ordenanzas de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario

11·10·2018

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de octubre de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Suprimir las siguientes tasas y derogar sus correspondientes Ordenanzas Fiscales:

  • 106, servicio de Cementerio Municipal
  • 107, prestación de servicios de alcantarillado, y por vertidos directos de aguas residuales
  • 109, prestación del servicio de suministro de agua potable

Segundo.- Aprobar provisionalmente el establecimiento  de las Prestaciones Patrimoniales de carácter público no tributario y sus correspondientes Ordenanzas reguladoras: 

  • 501, por  el servicio de cementerio municipal;
  • 502, por los servicios de alcantarillado y por vertidos directos de aguas residuales;
  • 503, por el servicio de suministro de agua potable.

Tercero.- Aprobar provisionalmente el establecimiento  del “Precio Público por la prestación del servicio de aparcamiento en rotación en los parkings subterráneos municipales”, así como su correspondiente Ordenanza (nº 315)
Cuarto.- Aprobar provisionalmente las modificaciones de las Ordenanzas de Tributos y Precios Públicos para el año 2019, que se indican a continuación:

  • Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Ingresos de Derecho Público Locales.

TASAS:

POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMPETENCIA LOCAL

  • Ordenanza Fiscal nº 100 - Tasa por expedición de documentos administrativos.
  • Ordenanza Fiscal nº 103 - Tasa por licencias urbanísticas y otros procedimientos de intervención.
  • Ordenanza Fiscal nº 104 - Tasa por procedimientos de intervención en instalaciones y/o actividades.
  • Ordenanza Fiscal nº 105 - Tasa por servicios municipales de derribos, salvamentos y ejecución de resoluciones municipales.

POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL

  • Ordenanza Fiscal nº 120 - Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del suelo, vuelo o subsuelo del dominio público local.
  • Ordenanza Fiscal nº 121 - Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con fines lucrativos
  • Ordenanza Fiscal nº 122 - Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos y carga y descarga de mercancías.
  • Ordenanza Fiscal nº 123 - Tasas por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas municipales.

PRECIOS PÚBLICOS:

  • Ordenanza nº 300 - Precio Público por la prestación de servicios en las instalaciones culturales.
  • Ordenanza nº 302 - Precio Público por la prestación del servicio de comidas en colegios públicos.
  • Ordenanza nº 304 - Precio Público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria.
  • Ordenanza nº 306 - Precio Público por la prestación de servicios dependientes de la Concejalía de Educación y de Centros Sociales.
  • Ordenanza nº 307 - Precio Público por la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y de recreo municipales.
  • Ordenanza nº 309 - Precio Público por la prestación de servicios educativos en las escuelas infantiles de primer ciclo (0-3 años).
  • Ordenanza nº 311 - Precio Público por servicios prestados en el Palacio de Exposiciones y Congresos.

IMPUESTOS:

  • Ordenanza Fiscal nº 400 - Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • Ordenanza Fiscal nº 401 - Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Ordenanza Fiscal nº 403 - Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
  • Ordenanza Fiscal nº 404 - Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Clasificación de Vías Públicas por categorías a efectos de Tributos y Precios Públicos Municipales

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que, durante el plazo de treinta días a partir de la publicación de este anuncio en el BOPA, puedan los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas (art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo y artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local).

El expediente mencionado se encuentra de manifiesto en el Servicio de Oficina Presupuestaria y en la web municipal http://www.oviedo.es/ durante el plazo señalado para ser examinado. 

Oviedo, 5 de octubre de 2018. El Concejal de Gobierno de Economía y Empleo. Fdo. Rubén Rosón Fernández


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