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Información pública

Plan de Acción contra el Ruido de Oviedo.

1·08·2024
D. IGNACIO CUESTA ARECES, SECRETARIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OVIEDO.
CERTIFICA: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 18 de julio de 2024, fuera del Orden del Día y declarado previamente urgente por unanimidad, adoptó el siguiente acuerdo:
3.- REVISIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN CONTRA EL RUIDO. SOMETIMIENTO A INFORMACIÓN PÚBLICA. (Expte.: 1600-0005 2024/2)
Se da cuenta de la propuesta del Concejal de Gobierno de Planeamiento y Gestión Urbanística, Medio Ambiente, Infraestructuras y Proyectos Estratégicos, de fecha 17 de julio, que es del siguiente tenor:
==“1.- La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 9 de octubre de 2014, acordó aprobar definitivamente el Plan de Acción contra el Ruido de Oviedo.
2.- De acuerdo con la normativa vigente, referida más adelante, dicho Plan fue sometido a la correspondiente revisión en el año 2020, revisión que fue aprobada definitivamente por la Junta de Gobierno Local por acuerdo de 11 de marzo de 2021.
3.- Con fecha 10 de julio de 2024 CECOR, S.L, adjudicataria de la asistencia técnica para la elaboración de la nueva revisión del Plan de Acción, presenta la documentación que la conforma para su tramitación.
4.- El 10 de julio el documento es informado favorablemente por la Jefa de la Sección de Medio Ambiente y Movilidad.
 
I.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 37/2003, del Ruido, habrán de elaborarse y aprobarse, previo trámite de información pública por un período mínimo de un mes, planes de acción en materia de contaminación acústica.
II.- De conformidad con el artículo 24 de la misma Ley los planes habrán de revisarse y, en su caso, modificarse previo trámite de información pública por un período mínimo de un mes, siempre que se produzca un cambio importante de la situación existente en materia de contaminación acústica y, en todo caso, cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación.
III.- Considerando que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de septiembre de 2022 se aprobó el Mapa Estratégico de Ruido, que se constituye como la base del Plan de Acción, es necesario proceder a la revisión de éste, ya que el actualmente en vigor encuentra su fundamento en el Mapa Estratégico aprobado por la Junta de Gobierno Local de 29 de septiembre de 2017, que ya ha sido superado.
IV.- Los artículos 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, 4.2 del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, 3, 5 7 y 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, prevén la publicación de los planes de acción contra el ruido para garantizar la participación de los ciudadanos en su elaboración.
Por ello se propone:
- PRIMERO.- Someter a información pública por el plazo de un mes la revisión del Plan de Acción contra el Ruido presentada el 10 de julio de 2024.
- SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el BOPA, en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, debiendo publicarse en ésta última un ejemplar del Plan de Acción Contra el Ruido.
- TERCERO.- Remitir el Plan a Seguridad Ciudadana, Infraestructuras y Servicios Básicos.”== 
La propuesta es aprobada por unanimidad.
Y para que así conste, expide la presente certificación, en Oviedo, a jueves, 18 de julio de 2024, haciendo constar que este certificado se emite a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente,aún no recaída. (Art. 206 del ROF, R.D. 2568/86).